VISAS

Los ciudadanos rumanos que desean viajar a México como turistas o para asistir a seminarios, conferencias o participar en un proyecto o curso de capacitación (siempre y cuando no reciban ningún tipo de remuneración económica en México) no requieren de visa y pueden permanecer en México hasta un periodo máximo de 180 días.  

De conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Migración de México, disponible en internet y que se sugiere revisar, la autoridad migratoria mexicana AL MOMENTO DEL ARRIBO A MEXICO, podrá solicitar a los ciudadanos de otros países que comprueben el motivo de su viaje, dependiendo del caso, mediante alguno de los siguientes documentos:

a) Reservación de hotel, boletos de regreso (itinerario), boletos de tours (itinerario).

b) Carta mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera es empleada de ella y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de esta.

c) Copia del contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México.

d) Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva.

e) Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días.

Adicionalmente, durante el control migratorio EN EL AEROPUERTO MEXICANO, el Agente puede verificar lo siguiente:

  • Pasaporte. El pasaporte debe haber sido emitido por autoridad competente, debe tener una vigencia mayor a seis meses y encontrarse en buen estado, sin rayaduras ni enmendaduras.
  • Motivo del viaje. Si va a participar en algún evento como conferencia, reuniones internacionales se recomienda llevar la invitación y agenda correspondientes.
  • Lugar de residencia habitual o de procedencia. Pueden pedirle información o documentos que permitan verificar esa información;
  • Domicilio y tiempo de estancia en el territorio mexicano. Para ello se recomienda llevar la reserva de alojamiento válida y vigente (hotel, hostal air bnb, etc), por todo el tiempo que dure su estadía en México. Si viene por invitación de una persona moral/jurídica o física, deberá tener sus datos de contacto completos: nombres completos, celular, dirección, email, lugar de trabajo.
  • En su caso, nombre, denominación o razón social y domicilio de la persona física o moral que lo invita. En ese caso deberá tener los datos de contacto completos de la persona en México que lo invita: nombres completos, teléfono fijo, celular, dirección exacta, email, lugar de trabajo;
  • Actividades a las que se dedica en su país o lugar de procedencia y las que realizará en territorio mexicano. Pueden pedirle información al respecto.
  • Los medios de subsistencia durante su estancia en territorio mexicano. Esto puede ser dinero en efectivo, tarjetas de crédito, entre otros; y
  • Forma Migratoria Múltiple (FMM), formato con el que se documentará hasta por 180 días de estancia. El desprendible de la parte derecha de dicha forma se lo deberá devolver el funcionario de migración que efectúe su trámite de ingreso. Consérvelo pues deberá presentarlo al momento de su salida de México junto con su pasaporte.

Si el periodo de estancia en México excede 180 días y es menor a 4 años, el solicitante deberá solicitar una visa de larga duración.

  • El pago por cada solicitud de visa, independientemente de su expedición, se puede checar en el menú "TARIFAS". El cobro anticipado de este derecho es obligatorio y no habrá devolución en caso de rechazo de la visa.
  • Documentos que no sean mexicanos o rumanos, deberán ser legalizados/apostillados.
  • La cita deberá solicitarse exclusivamente a traves de la plataforma Mi Consulado. A final de cada mes, se abre calendario para el pròximo mes.

Dependiendo del propósito, la persona deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Visa de Residente Temporal por unidad familiar

Visa de Residente Temporal (Permiso INM- NUT) -unidad familiar

Visa de Residente Temporal (Permiso INM- NUT) -Trabajo

Visa de Residente Temporal - (Profesionales que reciben remuneración en el extranjero)

Visa Residente Temporal Estudiante (Estudios por más de 6 meses)

Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas -LARGA DURACIÓN

Otros tipos de visas

Si la estancia en México excede los 4 años o tiene un propósito diferente a los que se describen en la parte superior, lo invitamos a contactar a la Embajada, ya sea por teléfono o correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.