COTEJO DE DOCUMENTOS

El cotejo consular es una acción jurídica que implica que el funcionario ha tenido a la vista un documento original y lo ha comparado con su copia simple para certificar que se trata de una copia fiel.

El certificado de cotejo aplica únicamente para documentos públicos o privados mexicanos para que surtan efectos ante alguna autoridad mexicana o extranjera, que lo solicite en algún trámite. El certificado de cotejo no implica el otorgamiento de validez a su contenido ni acredita la autenticidad del documento presentado en original, sino verifica que el cotejo fue realizado por un funcionario público debidamente acreditado.

El certificado de cotejo no es una legalización de documento ni tampoco sustituye el certificado conocido como “apostilla”.

 REQUISITOS: 

  1. Llenar y firmar la solicitud correspondiente (descargar).
  2. Original y 2 copia del documento público o privado que se desea cotejar.
  3. Original y copia de identificación oficial vigente del interesado o un representante. Ver identificaciones vigentes
  4. Pago de los derechos consulares: 19 dolares EUA, en efectivo, cantidad fija que se paga en la Embajada. No se aceptan cheques personales, tarjetas de crédito o débito. 

PROCEDIMIENTO: Para este trámite el interesado deberá comparecer personalmente ante la oficina consular, previa cita gestionada a través de Mi Consulado.

Enviar en formato “pdf” al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. el formato de solicitud, copia del pasaporte y del documento que desea cotejar.

El certificado de cotejo del documento se entrega el mismo día de la cita, de no haber incidencia alguna.

NOTAS:

•           El funcionario que coteja tiene el deber de conocer, en la medida de lo posible, el tipo de documento que se le presenta para su cotejo y los fines que se pretenden dar al documento.

•           De conformidad con la legislación mexicana, un documento privado por el hecho de ser cotejado, no lo convierte en público. Esto significa que, en caso de controversia, el documento privado que es sujeto de cotejo, continuará siendo un documento privado.