Constancia de datos registrales
Esta Sección Consular no está autorizada para expedir certificados de antecedentes no penales. Este trámite es una función de las Procuradurías Generales de Justicia o Secretarías de Seguridad Pública de las entidades federativas y del Distrito Federal en materia del fuero común; y de la Procuraduría General de la República (PGR), para el fuero federal. Únicamente en caso de necesitar Certificado de Antecedentes Registrales de la PGR, esta Sección Consular puede expedir un oficio gratuito al cual se anexan sus huellas digitales, copia de su pasaporte, Modelo Carta Poder firmada ante dos testigos en la cual autoriza a un tercero a realizar el trámite, identificación de los dos testigos, para que posteriormente algún familiar o amigo trámite el Certificado de Antecedentes Registrales ante la PGR en México, y los documentos mencionados abajo. En caso de necesitar Certificados de Antecedentes Penales de alguna entidad Federativa o del Distrito Federal, se recomienda contactar directamente a la autoridad competente de emitir el certificado para verificar los requisitos que se deben cumplir, ya que estos varían en cada Estado de la República y el Distrito Federal. Usted puede acceder a los sitios de Internet de los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal en el siguiente enlace Divisiones Administrativas. Busque en "trámites y servicios" información sobre el certificado de no antecedentes penales. Generalmente, las autoridades competentes permiten que el trámite lo realice un familiar en representación del interesado (a), siempre y cuando presente una carta poder, una identificación suya y del interesado (a). Usted puede descargar un formato de carta poder PRESIONE AQUÍ, que le podría servir para el trámite. Requisitos Para poder obtener el documento denominado "Constancia de Datos Registrales", es necesario que la persona cumpla con los siguientes. Presentar todos los documentos en original y copia legible 1. Carta de solicitud de la constancia de datos registrales, expedida por la embajada, consulado o dependencia de gobierno con vigencia no mayor a tres meses después de la fecha de expedición, dirigida al titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales, o al delegado estatal correspondiente de la Procuraduría General de la República. 2. Identificación oficial vigente con fotografía, pudiendo ser credencial de elector, cédula profesional o pasaporte vigente, en caso de ser extranjero presentar este último documento. 3. Comprobante de domicilio a nombre del interesado o de algún familiar directo como padres o hermanos que vivan en la misma ciudad que el interesado, con vigencia no mayor a tres meses (luz, agua, teléfono, banco, predial, gas). Si el comprobante está en otro idioma, deberá presentarse traducido al español por un perito certificado en la materia, en caso de que se trate de cónyuges, se puede presentar el mismo comprobante, anexando copia de acta de matrimonio En caso de que el interesado realice su trámite en una entidad federativa distinta a la de su residencia, no se aceptarán como comprobantes de domicilio los recibos de agua, predial o cualquier otro servicio que se preste localmente; sólo los que tienen cobertura nacional, como los de TELMEX; CFE; y estados de cuenta bancarios. 4. Cartilla, precartilla del servicio militar nacional, o en su caso, constancia de aplazamiento de la incorporación al activo (para varones mexicanos) en caso de residir en el extranjero y no tenerla, pueden tramitarla en el consulado mexicano más cercano a su localidad, se aceptara en este caso la constancia de inscripción. 5. Forma migratoria FM-2 ó FM-3 (únicamente para extranjeros). 6. Acta de nacimiento (legible), con no más de cinco años de haber sido expedida. En caso de ser naturalizado, presentar carta de naturalización. Si el acta de nacimiento se encuentra en otro idioma, deberá presentarse traducida al español por un perito certificado en la materia. 7. Cuatro fotografías a color sin retoque, tamaño pasaporte o filiación (tamaño 4.5 x 3.5 cm.), dos de frente y dos de perfil derecho, preferentemente que salga únicamente el rostro (fondo blanco, sin maquillaje, sin labios ni ojos pintados, sin lentes, sin aretes, sin piercing, sin barba, sin bigote, cabeza, frente y orejas descubiertos y sin portar prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días a la solicitud de la constancia). 9. Efectuar el pago de la constancia de datos registrales en las instituciones bancarias autorizadas, a través de medios electrónicos al esquema e5cinco, en caso de contar con el servicio de banca electrónica se puede hacer el pago vía Internet (Clave de referencia del DPA: 624001153, Cadena de la Dependencia: 00175100000000), o bien generando la hoja de ayuda para el pago en ventanilla bancaria. La cantidad a pagar en cualquier caso es de $146 (ciento cuarenta y seis pesos). Procedimiento: Para este trámite, el interesado deberá comparecer personalmente ante la oficina consular, previa cita gestionada a través de Mi Consulado. Una vez que reúna la documentación completa, remitir copias fotostáticas a la Sección Consular, por correo electrónico en archivo digitalizado (formato PDF) a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Si desea verificar que la documentación ha sido recibida, comunicarse al teléfono +40 21210 47 28/+40 21 210 45 77. En caso de que el interesado designe a una persona para recoger la Constancia, el designado deberá entregar poder notarial o carta poder simple en original, dirigida al titular de la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales o al delegado estatal correspondiente, ésta deberá contener no solo el nombre y firma del poderdante y del apoderado, sino también el nombre y firma de dos testigos, anexando copia simple y legible por ambos lados de las identificaciones oficiales vigentes de cada uno (a fin de cotejar las firmas); para personas que residen en el extranjero, el trámite se realiza a través de un representante con carta poder en los términos señalados. "IMPORTANTE" EL INTERESADO DEBERÁ SER MAYOR DE EDAD. El tiempo para la expedición de la constancia es de 10 días hábiles una vez que se cumplan todos los requisitos arriba señalados. LA CONSTANCIA TIENE UNA VIGENCIA DE 30 DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DE EXPEDICIÓN. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA SE EXPEDIRÁN CONSTANCIAS URGENTES, NI EN MENOR TIEMPO DEL ESTIPULADO. Para los interesados o personas de su confianza que habiten en el Distrito Federal, deberán acudir para el trámite a la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 235, 4º piso, Colonia Roma Norte entre Colima y Tabasco, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, México, D.F. (cerca de la glorieta de insurgentes) El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 hrs. Para los interesados o personas de su confianza con residencia en cualquier estado de la República Mexicana, deberán acudir a la delegación estatal de la Procuraduría General de la República más cercana a su domicilio, en un horario de 09:00 a 15:00 hrs. Para cualquier información adicional comunicarse al Centro de Denuncia y Atención Ciudadana (CEDAC), teléfono 01 800 00 85 400, 5346 0000 Ext. 8428, 8430 y 8427, vía correo electrónico escribanos a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. El costo de la Constancia de datos registrales se determina con base en lo dispuesto en la Ley Federal de derechos. Artículo 5 fracción VI DOF (30-XII-2014). Para mayor información presione aquí: https://www.gob.mx/fgr/acciones-y-programas/constancia-de-datos-registrales |