A los mexicanos que establecieron su residencia en el extranjero, al momento de su repatriación, la legislación les concede el derecho de importar por única vez su menaje de casa a México, libre de impuestos. Dicho menaje deberá estar compuesto por los artículos que normalmente conforman el ajuar de una familia y no deberá incluir equipos completos, herramientas industriales o laboratorios. Para hacer uso de este derecho se requiere:

  • Comprobar nacionalidad mexicana con alguno de los siguientes documentos: a) copia certificada del Acta de Nacimiento Mexicana; o b) Certificado de Nacionalidad; o c) Carta de Naturalización; o d) Declaración de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento 0 e) pasaporte vigente. Del documento presentado, se deberá aportar una fotocopia.
  • Una credencial oficial con fotografía y su respectiva fotocopia.
  • Presentar los documentos que prueben el período de residencia mínima de dos años en el extranjero; pudiendo ser la Tarjeta de Residencia o de Estudiante; los contratos de arrendamiento de vivienda, los recibos de servicios tales como agua, teléfono, luz, etc. Dichos documentos deberán estar expedidos a nombre del solicitante o de su cónyuge mexicano.
  • Presentar por cuadruplicado la lista de los bienes usados que forman el menaje, cuidando en especificar el modelo y el número de serie de los artículos electrónicos y electrodomésticos.
  • Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.