Registro de Nacimiento

 

La Sección Consular de la Embajada de México en Irlanda podrá registrar como mexicanos por nacimiento a:

·         Nacido en el extranjero, hijo (a) de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre o madre mexicano (a)  nacido(a) en territorio nacional.

 

·         Nacido en el extranjero, hijo (a) de padres mexicanos por naturalización, de padre o madre mexicano (a) por naturalización.

 

Nota: De conformidad al Derecho Consuetudinario que prevalece en el ámbito jurídico de México, la estructura de los apellidos se establece tomando el apellido paterno de los progenitores, en el entendido de que el apellido paterno es el que se traslada para acreditar la filiación de los ascendientes, asentando el apellido paterno tanto del padre como de la madre y respetando la estructura, como lo dispone el artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal, en el que se señala que “deberá asentarse el nombre o nombres propios y los apellidos paterno y materno que le corresponden.”

 

REQUISITOS:

1. Solicitud de Registro de nacimiento.

2. Comprobante de nacionalidad mexicana de padre y/o madre. Uno de los siguientes:

·         Acta de nacimiento expedida conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables

·         Certificado de nacionalidad mexicana, el cual se expedirá a petición de parte, exclusivamente para los efectos de los artículos 16 y 17 de esta Ley

·         Pasaporte

·         Carta de naturalización

·         Cédula de identidad ciudadana

·         Matrícula consular

3. Acta de nacimiento irlandesa del menor (versión íntegra).

Nota: El Acta irlandesa original se integrará al expediente. Si el Acta no fue expedida por la autoridad irlandesa, deberá estar apostillada o legalizada en el país donde  haya sido expedida, con la traducción al español. 

4. Identificación del menor (pasaporte de otra nacionalidad o carta del pediatra indicando los datos del menor con fotografía cancelada con el sello del médico).

5. Identificación oficial vigente de los padres.

Identificaciones oficiales aceptadas:

·         Credencial de elector (IFE)

·         Certificado de estudios

·         Certificado escolar vigente, el cual deberá contener fotografía con sello oficial (el sello deberá incluir el número de incorporación a la SEP) de la institución emisora sobre la misma, firma y cargo de quien lo expide

·         Cédula profesional

·         Título profesional

·         Carta de pasante que contenga fotografía y sello oficial sobre la misma de la institución emisora, firma y cargo de quien la expide

·         Credencial del INAPAM (Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, antes INSEN)

·         Credencial para jubilados y pensionados

·         Carta de naturalización

·         Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento

·         Certificado de nacionalidad mexicana

·         Cédula de Identidad Ciudadana, emitida por SEGOB conforme al artículo 107 de la Ley General de Población

·         Matrícula consular

·         Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada

·         Pasaporte vigente 

 

Nota: En caso de que la identificación de la madre contenga el apellido de casada, deberá remitir el Acta de nacimiento y documento de identidad oficial en los que aparezca el nombre con los apellidos de soltera. 

 

6. Acta de matrimonio de los padres (en caso de estar casados).

7. Identificación oficial vigente de 2 testigos mayores de edad (pasaporte o credencial del IFE)

 

PROCEDIMIENTO:

Una vez que reúna la documentación completa, remitir un juego de copias fotostáticas a la Sección Consular por correo postal o por correo electrónico en archivo digitalizado (formato PDF) a la siguiente dirección: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. y presentar los documentos originales el día de la cita. 

1. Una vez recibida y verificada la documentación, favor de agendar su citta en Mi Consualdo.

2. El día que se marque la cita, procede lo siguiente:

·         Comparecencia del padre y la madre, quienes deberán presentar al menor.

·         Presencia de dos testigos.

·         Presentar todos los documentos originales

Nota: El registro de nacimiento es un trámite GRATUITO. Se entregará a los interesados un comprobante del registro.

 

EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DEL ACTA DE NACIMIENTO:

Si se desea obtener copias certificadas del Acta de nacimiento, podrá solicitarlas el mismo día en que se lleve a cabo el registro de nacimiento.  Cabe mencionar que la expedición de la primera copia certificada del acta de nacimiento es gratuita, en caso de requerir copias certificadas adicionales deberá pagar la tarifa correspondiente en efectivo el día de la cita.

 

Nota: Si desea hacer el trámite en México deberá realizar la “Inserción de Acta Extranjera”.

Para que los actos de Registro Civil realizados ante autoridad extranjera tengan validez en México, deberá tramitar la “Inserción de Acta Extranjera”.  Para realizar este trámite deberá apostillar o legalizar, según sea el caso, el Acta de nacimiento local (expedida por el Registro civil en Irlanda), y traducirla al español por un traductor certificado, con el propósito de que se lleve a cabo la inscripción en territorio mexicano ante la Oficina del Registro Civil correspondiente. 

 

CONTÁCTENOS

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