Información General
Un Testamento es un documento legal mediante el cual una persona, el testador, expresa sus deseos en cuanto a la distribución de sus bienes y derechos después de su muerte y designa a una persona, el albacea, para que se encargue del manejo de los bienes hasta su distribución final. Puede nombrarse a varias personas para que actúen conjuntamente como albacea o a solo una; uno de los herederos también puede ser albacea.
Importante: Los bienes incluidos en el testamento deben estar en territorio mexicano.
¿Quiénes tienen capacidad para hacer su testamento?
Tienen capacidad para testar las personas que cumplan con las siguientes condiciones:
- Ser mayor de 16 años de edad.
- Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
- Manifestar su voluntad claramente, sin ser presionado física o moralmente por terceros para que exprese su voluntad o deseos para la distribución de sus bienes después de su muerte.
Herederos, legatarios y albacea
La persona que hace el testamento se conoce como testador.
El testador puede disponer de la totalidad de sus bienes (a título universal) o en parte (a título particular).
Si deja todos los bienes a una sola persona, se trata de un heredero universal.
También puede repartir sus bienes de forma proporcional entre diferentes herederos, por ejemplo, partes iguales, 60% a una 20% a otra y 20% a una más, etc.
Finalmente, puede heredar un bien (o bienes) específicos a una o más personas, quienes se conocen como legatarios.
Una Albacea es la persona que se encargará de administrar todos los bienes del testador desde su fallecimiento hasta el momento de entregarlos a los herederos y legatarios. Puede nombrarse a varias personas para que actúen conjuntamente como albacea o una sola, uno de los herederos puede ser también albacea.
También se pueden designar herederos, legatarios y albaceas sustitutos, quienes actuarán en caso de quienes hayan sido designados originalmente no puedan hacerlo o decidan rechazar la herencia (en el caso de herederos y legatarios).
- Original y copia de su acta de nacimiento mexicana.
- Original y tres copias de su identificación oficial vigente, de preferencia el pasaporte mexicano vigente.
- Presentar una relación claramente de la distribución de los bienes que dejará, lo que recibirá cada heredero, y su ubicación.
- Original y copia de acta de matrimonio, defunción y/o divorcio (en caso de estar o haber estado casado).
- Certificado de naturalización o declaratoria de nacionalidad mexicana (de ser el caso).
- Completar la solicitud.
Si la persona no puede firmar, es sordo o sordomudo, ciego, no puede o no sabe leer deberá traer dos testigos instrumentales (personas no familiares). Los testigos deben presentar identificación oficial vigente.
Documentos que no fueron expedidos en México o en Australia deberán estar apostillados y/o legalizados, según el caso. Documentos no expedidos en México o Australia y que no se encuentren en español deberán contar con traducción certificada.
- Solicitar una cita a la cuenta de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o por teléfono al (02) 262 733 963. En el correo electrónico se deberá indicar las fechas en las que se podrá asistir a la embajada, así como datos de contacto (teléfono y correo electrónico).
- Recibirá un correo electrónico confirmando la cita en la embajada de México en Australia (14 Perth Ave., Yarralumla, Australian Capital Territory, 2600).
- El día de la cita, el testador manifestará claramente su voluntad ante el representante consular y presentará los documentos requeridos (originales y copia). También cubrirá el costo del testamento con monto exacto y en efectivo (no se aceptan pagos con tarjeta), de acuerdo con las tarifas consulares vigentes, que pueden consultar aquí.
- La escritura estará lista para revisión un día hábil después de la primera cita. Una vez que el testador la revise y esté de acuerdo con ella, deberá asentar su firma.
- El testamento se recogerá al siguiente día hábil de la firma de la escritura.
El día de la cita se deberá cubrir en efectivo y monto exacto los derechos consulares del testamento.
Las tarifas consulares se actualizan el primer día de cada mes, las tarifas actuales se encuentran disponibles en nuestra página de internet: Tarifas Consulares.
Importante
- El testamento es un acto personalísimo, por lo que no podrán testar dos o más personas en una misma escritura.
- El testamento es un acto revocable. Cuando se expide un nuevo testamento, se revoca el anterior y, el último otorgado será el válido.
- El testamento es un acto libre, el testador no debe estar presionado o coaccionado de ninguna forma.
- Los testamentos se tramitan personalmente ante la embajada de México en Canberra, ubicada en 14 Perth Avenue, Yarralumla, Australian Capital Territory 2600.
- Únicamente se podrán incorporar en el testamento bienes que se encuentren en territorio mexicano.
Contacto
Sección Consular
Embajada de México en Australia