SERVICIOS CONSULARES

REGISTRO NACIONAL DE VÍCTIMAS

 

El Sistema Nacional de Atención a Víctimas, tiene a su cargo aplicar las políticas públicas de apoyo a los familiares de personas afectadas por delitos del crimen organizado, tales como secuestro, extorsión y homicidios en los últimos años.

 

El sistema servirá para mejorar los esquemas de coordinación entre los gobiernos federal, estatal y municipal y las organizaciones de la sociedad civil.

 

Algunos de los objetivos del sistema son que las víctimas sean tratadas por las autoridades de manera respetuosa, sensible y humana, que reciban asistencia, atención y protección del Estado salvaguardando su integridad física y psicológica, que tengan acceso a la reparación integral del daño, conozcan "la verdad" sobre el delito que sufrieron y sean informados con precisión del proceso penal contra sus agresores.

  

La Ley General de Víctimas establece la creación de un Registro Nacional de Víctimas que almacenará los datos y permitirá definir quienes entran al sistema para recibir una compensación.

 

 

- De forma gratuita ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas o en sus oficinas estatales.

- Los mexicanos que radiquen en el extranjero deben solicitar la incorporación de sus datos en el Registro Nacional de Víctimas ante la Embajada o Consulado del país correspondiente.

- La información que acompaña a la incorporación de Datos al Registro Nacional se consignará en un formato único de declaración diseñado por la Comisión Ejecutiva.

- El registro de las víctimas no significa su ingreso al Sistema, para ello debe valorarse cada caso por la Comisión Ejecutiva.

- La Comisión Ejecutiva podrá solicitar información que considere necesaria a cualquiera de las entidades y éstas deberán entregarla en n plazo no mayor a 10 días.

- La víctima podrá conocer todas las actos que se realicen a lo largo del proceso de registro.



- Nombre completo, cargo y firma del funcionario que recibió la formato de Incorporación de Datos.

- La huella dactilar  y firma del solicitante

- Narración de modo, tiempo y lugar donde ocurrió el abuso. Ésta declaración será tomada de forma textual por un funcionario.

- Datos de contacto

- En caso de que no sea la víctima quien solicite el registro, brindar información del parentesco o relación afectiva con la víctima.

¿Cómo se alimentará el Registro Nacional de Víctimas?

- Mediante solicitudes hechas directamente por las víctimas del delito, a través de su representante legal o de algún familiar.

- Las solicitudes de ingreso que presenten las autoridades.

- Los registros de víctimas que existan en cualquier institución o entidad del ámbito federal estatal o municipal.

 

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