FE PÚBLICA

 


Para mayor información o consultas sobre actos notariales, favor de enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. antes de programar su cita.


ACTOS NOTARIALES

 

El Embajador de México está facultado para actuar en funciones de Notario Público en los siguientes actos notariales: 

  • Poderes notariales de persona física y persona moral.
  • Revocación de poderes.
  • Testamentos públicos abiertos 
  • Repudio de derechos hereditarios.

 

La función notarial consular está condicionada a la autorización de actos jurídicos que vayan a ser ejecutados o a tener efectos dentro del territorio nacional. Los actos notariales expedidos en las Oficinas Consulares de México en el exterior surten efectos inmediatos sin necesidad de legalización o protocolización alguna.


 

 PODER NOTARIAL

El procedimiento para otorgar poderes notariales se realiza en tres etapas:

  1. Contactar a la Sección Consular de la Embajada de México por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a fin de conversar sobre su solicitud, así como acordar una fecha mutuamente conveniente para la programación de su cita en la que el Titular de la Embajada estará presente para la firma del poder notarial.
  2. Completar la solicitud que será proporcionada por la Sección Consular y enviar por correo electrónico los documentos requeridos.   
  3. El día de su cita deberá presentar los documentos originales y realizar el pago correspondiente en efectivo ver tabla de costos.

 

REQUISITOS Y DOCUMENTOS

 

·         Pasaporte mexicano vigente del poderdante (persona que otorga el poder).

·         Si el estado civil del poderdante es “casado(a)”, original de acta de matrimonio. 

·         Comprobante de domicilio.

·         Copia de identificación vigente del apoderado (persona a quien se otorga el poder).

·         Texto de las cláusulas del poder a otorgar. Si se trata de un poder especial se recomienda al poderdante consultar las cláusulas con un Notario Público y/o abogado en México. 

Nota: El trámite de elaboración de poderes notariales de persona física y persona moral, revocación de poderes, testamentos públicos abiertos y repudio de derechos hereditarios, dura en promedio 2 horas. El solicitante deberá estar presente en la Sección Consular durante todo el procedimiento.


 

 TESTAMENTO 

 

Los testamentos que se otorgan en las Oficinas Consulares de México son testamentos públicos abiertos. 

 

El procedimiento para realizar testamentos públicos abiertos se realiza en tres etapas:

  1. Contactar a la Sección Consular de la Embajada de México por correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a fin de conversar sobre su solicitud, así como acordar una fecha mutuamente conveniente para la programación de su cita en la que el Titular de la Embajada estará presente para la firma del testamento.
  2. Descargar y completar la solicitud que será proporcionada por la Sección Consular y enviar por correo electrónico los documentos requeridos.   
  3. El día de su cita deberá presentar los documentos originales y realizar el pago correspondiente en efectivo ver tabla de costos.

REQUISITOS Y DOCUMENTOS

 

·         El solicitante deberá proporcionar los siguientes datos y presentar los siguientes documentos:  

 

a)   Nombre(s); apellidos paterno y materno

b)   Fecha y lugar de nacimiento

c)   Nacionalidad

d)   Estado civil y, en caso de ser casado, determinar bajo qué régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes)

e)   Ocupación

f)    Domicilio

 

·         Copia certificada de su acta de nacimiento 

·         Pasaporte mexicano. 

·         Proporcionar los nombres de los padres, cónyuge, e hijos (incluso si han fallecido), sus fechas y lugares de nacimiento,

·         Comunicar el nombre de la persona que designará como albacea.

 

Nota: El trámite de elaboración de poderes notariales de persona física y persona moral, revocación de poderes, testamentos públicos abiertos y repudio de derechos hereditarios, dura en promedio 2 horas. El solicitante deberá estar presente en la Sección Consular durante todo el procedimiento.