Listado general de visas a extranjeros
A partir del 9 de noviembre del 2012 entraron en vigor nuevas disposiciones en materia migratoria, con el objetivo de regular el ingreso y salida de mexicanos y extranjeros del territorio nacional, así como el tránsito y estancia de extranjeros en el mismo. Lo anterior, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, preservación de la soberanía y de la seguridad nacional.
De conformidad con la nueva Ley de Migración, las oficinas consulares tramitarán, autorizarán y expedirán los siguientes tipos de visados:
Visa en condición de Visitante
- Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días para nacionales extranjeros que sí requieren de visado para esta condición de estancia (TURISMO y otras)
- Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (larga duración)
- Visitante con permiso para realizar actividades remuneradas (por oferta de empleo) autorizada por el Instituto Nacional de Migración
- Visitante para trámites de adopción
Visa para condición de Residente temporal
- Residente temporal por solvencia económica
- Residente temporal estudiante
- Residente temporal por unidad familiar
- Residente temporal inversionista
- Residente temporal por adquisición de inmuebles
- Residente temporal invitado por institución u organización pública o privada
- Residente temporal autorizado por el Instituto Nacional de Migración, por oferta de empleo o por unidad familiar
Visa para condición de Residente permanente
- Residente permanente por unidad familiar
- Residente permanente pensionista o jubilado
- Visa por robo, extravío o destrucción de tarjeta de visitante o residente mexicana.
Para conocer los requisitos generales consulte el siguiente enlace: https://www.gob.mx/sre/acciones-y-programas/visas-para-extranjeros-8036
Para conocer los detalles para presentar los documentos probatorios en Portugal y solicitar una cita para la entrevista consular favor de escribir al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Importante
Toda documentación probatoria que no sea emitida en México o Portugal, deberá estar legalizada o apostillada. La visa no garantiza la internación a territorio nacional.
La internación a México está condicionada a la aprobación de la autoridad migratoria en el lugar destinado al tránsito internacional de personas.