Visas para México

 

Se informa que el 5 de abril del presente, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo por el que se da a conocer la aplicación temporal de la visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas en pasaportes ordinarios de las personas nacionales de la República del Perú (Acuerdo), el cual entrará en vigor el 20 de abril de 2024.
 
El Acuerdo especifica que las personas de nacionalidad peruana que pretendan viajar a territorio nacional como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas deberán tramitar la visa correspondiente ante la oficina consular, conforme a los términos de los trámites 1  y 2 de los Lineamientos Generales para la expedición de visas que emiten las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores.
 
Se recuerda que, de conformidad con el artículo 22, fracción III, incisos d) y f), de la Ley Federal de Derechos, la recepción y estudio de una solicitud de visa ordinaria genera un cobro de derechos con independencia de su procedencia.