Visa Residente Temporal por carta invitación

Requisitos para solicitar visa de Residente Temporal por carta invitación de una organización o de una institución pública o privada

 

Preguntas frecuentes

 

La presentación de los documentos no garantiza la expedición de la visa. Para más información, consulta nuestro díptico informativo aquí.

La solicitud de visa genera el pago de derechos, en efectivo el día de su cita (consulte la Tabla de Derechos). En el caso de negativa de visa no se procederá con el reembolso del pago realizado, ya que el cobro se efectúa por la recepción y análisis de la solicitud. 

El solicitante deberá presentar el día de la cita:

  1. Llenar todos los campos de la solicitud de visa de forma legible.  La firma deberá ser igual a la del pasaporte (link para la descarga).
  2. Pasaporte vigente y copia de la hoja de datos biográficos.
  3. Original y copia del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa: “Permesso di soggiorno” (Permiso de Residencia).
  4. Una fotografía con fondo blanco y de frente, con el rostro visible y sin anteojos, a color, las medidas deberán ser de 32 milímetros x 26 milímetros o de 39 milímetros x 31 milímetros.
  5. Original y copia de la carta de invitación de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en México, en la que se especifique: 
  • Nombre completo del solicitante y nacionalidad; 
  • Denominación o razón social de la organización;
  • Número de registro oficial, según corresponda; 
  • Objeto de la organización o institución privada o pública; 
  • Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución; 
  • Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá ser relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
  • Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará; 
  • La manifestación de la responsabilidad solidaria para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
  • Fotocopia de una identificación oficial con firma de quien suscribe la carta aceptación. 
  1. Acreditar solvencia económica: 
  • La organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 2,489,300 pesos o 132,377.18 euros durante los últimos 12 meses. 
  • Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar la solvencia económica.
  1. Original y copia de los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado.

 

VISA NEGADA

Si la visa ha sido negada bajo la ley de migración, significa que la decisión es definitiva para su solicitud en esta ocasión; sin embargo esto NO es un rechazo permanente.  Podrá aplicar nuevamente siempre y cuando pueda proporcionar nueva información o si sus condiciones generales han cambiado significativamente. 

NOTA: Esta Representación cuenta con 10 días hábiles para darle una respuesta sobre su visado, conforme a los lineamientos generales para la expedición de visas.

La visa no garantiza la internación a territorio nacional. La internación a México está condicionada a la aprobación de la autoridad migratoria en el lugar destinado al tránsito internacional de personas.

 Si usted cuenta con toda la documentación para el trámite solicitado, imprima los requisitos e ingrese a MI CONSULADO para agendar una cita en el siguiente link: MI CONSULADO

La visa que se expide en la Sección Consular tiene una vigencia máxima de 180 días para una sola entrada. Una vez en México el titular de la visa debe tramitar ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los 30 días a su entrada al territorio la tarjeta de residente temporal.