Matrimonio

Para contraer matrimonio en la Embajada, ambos contrayentes deberán ser mexicanos.

Requisitos

1. Llenar los formularios respectivos que se entregan en la oficina consular. DESCARGAR AQUÍ.

2. Copias certificadas de las actas de nacimiento de los contrayentes.

3. Copia de los pasaportes de los contrayentes.

4. Presentar Capitulaciones para el matrimonio, ya sea por Sociedad Conyugal (DESCARGAR) o por Separación de bienes (DESCARGAR).

5. Certificado de salud expedido por un médico en el que asegure bajo protesta de decir verdad que los pretendientes no padecen sífilis, tuberculosis, ni enfermedad alguna crónica e incurable, que sea además contagiosa y hereditaria.

6. Presentar dos testigos con pasaporte vigente.

7. Pagar los derechos respectivos.

8. Si uno o ambos contrayentes es viudo, deberá presentar la copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido. Si es divorciado, presentar la copia certificada del acta de divorcio o de la sentencia ejecutoria que declare la disolución del vínculo matrimonial o nulidad del matrimonio, en su caso.

Una vez cumplidos los requisitos y plenamente llenados los formularios, la Embajada en acuerdo con los interesados, determinarán el día y la hora de celebración del matrimonio. El matrimonio efectuado en una oficina consular mexicana surte efectos inmediatos en México y no requiere de certificación alguna. Para tal efecto le agradeceremos enviarla para su revisión y acordar la cita correspondiente al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.