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Los mayores de edad con discapacidad o con interdicción mental, deberán ser asistidos por:

a) El tutor, quien deberá acreditar el ejercicio de la tutela mediante copia certificada de la resolución judicial que le confiere el cargo y del auto por el que causó ejecutoria o en el que se hizo constar la protesta y discernimiento del mismo, expedidos por autoridad competente y una identificación oficial vigente. Aplica en caso de interdicción mental.

b) Los padres del solicitante, quien acreditará el parentesco por medio de la copia certificada del acta de nacimiento de la persona con discapacidad expedida por una oficina del Registro Civil u Oficina Consular y una identificación oficial vigente.

c) El cónyuge del solicitante, quien acreditará el vínculo por medio de la copia certificada del acta de matrimonio expedida por una oficina del Registro Civil u Oficina Consular y una identificación oficial vigente.

d) Hijos mayores de edad de la persona con discapacidad, quienes acreditarán su parentesco por medio de la copia certificada de su acta de nacimiento expedida por una oficina del Registro Civil u Oficina Consular y una identificación oficial vigente.

Quien le asista y le acompañe deberá requisitar el formato OP8-A u OP8-B, según sea el caso. Este formato se llena el día de la cita.

Para consultar el resto de los requisitos, por favor seleccione el tipo de trámite que se requiere realizar:
Pasaporte por primera vez 
Canje/Renovación de pasaporte
Reposición de pasaporte (vencido o vigente) por robo, pérdida, destrucción, deterioro, alteración o mutilación