Constancia de manifestación de voluntad de renuncia
a la nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización
Este documento se expide a las personas de nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalizadas que deseen renunciar de manera voluntaria a la nacionalidad mexicana.
Si usted reside en Austria, Eslovenia o Eslovaquia, podrá llevar a cabo este trámite ante la Sección Consular de esta Embajada de México en Austria.
REQUISITOS:
- Solicitud de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana en original y una copia. Debe llenarse en su totalidad con tinta negra y letra de molde legible;
- Escrito de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana firmado “bajo protesta de decir verdad” por parte de la persona interesada, en el que manifiesta que: “Es su voluntad renunciar expresamente a la nacionalidad mexicana (por nacimiento/por naturalización), así como a toda protección que las leyes y autoridades mexicanas otorgan a sus ciudadanos y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los nacionales mexicanos”.
Asimismo, en dicho escrito deberá manifestar la nacionalidad que ostenta y desde cuándo, de conformidad con el Acta de Nacimiento o Carta de Naturalización expedida por el país extranjero que lo reconoce como su connacional.
De la misma manera, en dicho escrito, deberá manifestar si ha adquirido bienes inmuebles dentro o fuera de la zona restringida u obtenido concesiones para la exploración y explotación de minas y aguas en territorio nacional, a efecto de proceder en términos de lo dispuesto por el artículo 23 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad, en relación con lo previsto por los artículos 27, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 10-A de la Ley de Inversión Extranjera;
Para los casos de menores, deberán presentar el Escrito de Renuncia de Nacionalidad Mexicana, firmado “bajo protesta de decir verdad” por parte de los que ejercen la patria potestad del menor, en el que manifiestan que: “Es su voluntad renunciar expresamente a la nacionalidad mexicana (por nacimiento/por naturalización), así como a toda protección que las leyes y autoridades mexicanas otorgan a sus ciudadanos y a todo derecho que los tratados o convenciones internacionales concedan a los nacionales mexicanos”. Este escrito deberá seguir las formalidades e información indicadas en los párrafos anteriores de este mismo punto.
- Dos fotografías a color tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cms.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, reciente y tomada con una anterioridad no mayor de treinta días;
- Original o Copia certificada del Acta de Nacimiento o de la Carta de Naturalización expedida en país extranjero, debidamente apostillada por la autoridad competente. En caso de que la Carta de Naturalización o el Acta de Nacimiento expedidas en el extranjero, se encuentren redactadas en un idioma distinto al español, deberá presentar su traducción al español por perito traductor;
Este documento deberá de ser entregado en original para la apertura de su expediente.
Compartimos la información oficial de traductores en Austria, Eslovenia y Eslovaquia.
- Copia certificada del Acta de Nacimiento Mexicanaexpedida por la oficina del Registro Civil Mexicano o Representación de México en el Exterior, o Carta de Naturalización, tratándose de mexicanos por naturalización;
Este documento deberá de ser entregado en original para la apertura de su expediente.
- Original y copia simple de identificación oficial con fotografía, nacional o extranjera, para su debido cotejo.
- Escrito libremediante el cual exprese las razones que motivan su decisión para renunciar a la nacionalidad mexicana.
- Copia de su Clave Única de Registro Poblacional(CURP). Usted puede obtenerla en el siguiente vínculo: https://www.gob.mx/curp/
PROCEDIMIENTO:
- ENVIAR LOS REQUISITOS PARA REVISIÓN DIGITAL
Una vez que tenga todos los requisitos, la persona interesada deberá escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., enviando los requisitos para la Renuncia a la Nacionalidad Mexicana en formato PDF, para una revisión preliminar.
Si todos los requisitos se aprecian correctamente, se le asignará una cita para que se presente a iniciar el trámite de manera personal.
- ACUDIR A SU CITA
La dirección de la Sección Consular de la Embajada de México en Austria es: Renngasse 5/6, Viena, 1010, Austria.
Durante su cita deberá presentar personalmente los requisitos en original. El personal llevará a cabo una revisión y verificación de sus documentos. En caso de que el trámite sea para menor de edad, éste deberá acudir acompañado de las personas que tengan su patria potestad.
La revisión final y minuciosa de toda la documentación se realiza el día de la cita. Revise detenidamente toda la información proporcionada respecto a su trámite para que no falte ningún documento, de acuerdo a lineamientos establecidos.
Considere lo siguiente:
- En algunos casos podría solicitarse documentación adicional.
- No se aceptan actas o documentos deteriorados (enmendados, rotos o tachados).
- En caso de errores u omisiones en los documentos presentados, la persona solicitante deberá solicitar primero la corrección ante las autoridades correspondientes.
- No es posible realizar trámites a través de terceras personas.
IMPORTANTE: Si requiere cancelar su cita, se agradecerá dar aviso oportuno por correo electrónico. No acudir a cita, sin previo aviso, aumenta los tiempos de espera en esta oficina para poder dar servicio a otras personas.
- PAGAR LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES
De acuerdo con la Ley Federal de Derechos, la tarifa de la Constancia de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana está fijada en dólares estadounidenses, por lo que el día primero de cada mes, se realiza la conversión de la cuota a euros al tipo de cambio determinado por Bank Austria. Durante su cita, el pago deberá ser efectuado en euros con tarjetas bancarias Visa, Maestro o MasterCard, de acuerdo a la tarifa mensual.
El costo fijado en dólares (tarifa en 2024) es de $64.00 USD. Si la cuota mensual ya está disponible puede ser consultada aquí.
DURANTE SU CITA:
- Llegar puntualmente a la hora de su cita (ni antes ni después). De no poder llegar a su cita puntualmente, se deberá solicitar la re-programación de la misma. No se atenderán citas fuera de su horario programado.
- Los acompañantes (menores o mayores de edad) no podrán entrar con usted a su cita, por lo que le agradeceremos tomar las debidas precauciones. Por temas de protección civil, los acompañantes no pueden esperarle al interior del edificio.
- Evite ingresar con bolsas, bultos o mochilas
- El pago de derechos del trámite se realizará al momento de la cita con tarjeta bancaria (Master Card, Visa o Maestro)
- Si usted cuenta con síntomas de gripe o tos le sugerimos consultar a su médico. ¡Su salud es importante para nosotros! Su cita es re-programable.
- Los Consulados y Secciones Consulares pueden reservarse el derecho de admisión a las instalaciones si las personas muestran síntomas de enfermedad, como tos o alta temperatura.
Lamentamos los inconvenientes que estas medidas puedan causarle, y le damos las gracias por su apoyo y comprensión.
- DESPUÉS DE SU CITA
Una vez que se reciba la documentación completa, ésta será enviada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) de la Secretaría de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México para su debida aprobación, y de ser el caso la expedición de la “Constancia de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana”.
Posteriormente, la Secretaría de Relaciones Exteriores hará llegar a esta Embajada dicha constancia a fin de que le sea entregada personalmente. En consecuencia, se establecerá comunicación con la persona solicitante a efecto de establecer una cita para la entrega del documento.
INFORMACIÓN ADICIONAL:
En observancia de las disposiciones internacionales adoptadas por México, como lo son la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, entre otras, desde el año 1998, la normativa en materia de nacionalidad mexicana reconoce la figura de la doble nacionalidad o múltiple nacionalidad. Año a partir del cual la disposición vigente del artículo 37, Apartado A) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad.
Considerando lo anterior, así como la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 15, el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 24, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 20, que reconocen que toda persona tiene derecho a la nacionalidad, haciendo distinción entre la garantía que goza toda persona a no ser privada arbitrariamente de su nacionalidad y el derecho que tiene todo ser humano a cambiarla, la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, expide la Constancia bajo las formalidades generales de una solicitud expresa voluntaria, en la que se manifieste que ésta se solicita por así convenir a sus intereses y acreditando fehacientemente que se cuenta con otra nacionalidad.
Siendo que, el efecto general de la expedición de la Constancia de Manifestación de Voluntad de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana es la supresión definitiva del derecho a la nacionalidad mexicana, dentro de los efectos generales e inmediatos se pueden citar:
- El Estado Mexicano dejará de tener cualquier vínculo con el titular de dicha constancia; por lo tanto, adquirirá la calidad de extranjero, establecida en el primer párrafo del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
- Una vez obtenida dicha Constancia, la persona solicitante deberá hacer entrega de los documentos señalados en el artículo 3° de la Ley de Nacionalidad, así como las identificaciones oficiales con las que cuente, toda vez que, dichos documentos amparan y hacen prueba plena del derecho a la nacionalidad mexicana, a fin de evitar que continúe ostentándose con la nacionalidad que ya no le asiste.