El pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso.
El pasaporte además de permitirle viajar a otros países, es un medio aceptado universalmente como identificación y prueba de nacionalidad.
La expedición del pasaporte mexicano se rige por el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011.
El trámite de expedición de pasaportes se brinda únicamente con previa cita. Para programar su cita gratuita escriba al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 Toda persona de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización podrá obtener pasaporte, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  1. Comparecer personalmente ante la Embajada de México en Kenia con cita previamente agendada.
  2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:
    • Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea -ver sección al final de esta página).
    • Certificado de nacionalidad Mexicana.
    • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
    • Carta de naturalización.
  3. Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía cuyos datos deberán coincidir fielmente con los del documento con el que está acreditando su nacionalidad:
    • Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral vigente.
    • Cartilla de identidad del Servicio Militar Nacional.
    • Cédula profesional con foto.
    • Título profesional.
    • Certificado de nacionalidad mexicana.
    • Declaratoria de nacionalidad mexicana.
    • Carta de naturalización.
    • Licencia de conducir mexicana con altas medidas de seguridad.
    • Licencia de conducir de su país de residencia.
    • Identificación oficial emitida por autoridad de su país de residencia.
    • Certificado de Primaria o Secundaria con fotografía y sello oficial.
    • Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial.
    • Credencial del IMSS, del ISSSTE o de cualquier otra institución mexicana.
  4. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

    Pasaportes ordinarios al 100 %
Temporalidad Costo 2024 por la expedición de pasaporte ordinario en dólares estadounidenses Costo total del pasaporte de emergencia con el cobro adicional del 30%, en dólares estadounidenses
1 año* $ 41.00 $ 53.00
3 años $ 96.00 $ 125.00
6 años $ 130.00 $ 169.00
10 años $ 198.00 $ 257.00

 *Los pasaportes con vigencia de un año solo se expiden para niños o niñas de 0 a 3 años, o en casos de probada emergencia.

 

Temporalidad Costo 2024 con el 50% para personas mayores de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agrícolas, en dólares estadounidenses Costo total del pasaporte al 50% con el cobro adicional del 30% por ser de emergencia, en dólares estadounidenses.
1 año* $ 20.50 $ 26.50
3 años $ 48.00 $ 62.50
6 años $ 65.00 $ 84.50
10 años $ 99.00 $ 128.50

*Los pasaportes con vigencia de un año solo se expiden para niños o niñas de 0 a 3 años, o en casos de probada emergencia.
**Se comprobará la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la discapacidad de que se trate y el impedimento que ésta provoque de forma permanente e irreversible en el desarrollo normal de la vida de la persona.

VIGENCIA
En el extranjero los pasaportes mexicanos tienen una vigencia de uno, tres, seis o diez años (esta última solo para mayores de 18 años de edad).

A las personas menor de tres años se les podrá expedir pasaporte por un año o por tres años según sea el deseo de los padres.

A las personas mayores de 18 años únicamente se expedirá pasaporte con vigencia de un año en caso de probada emergencia.

TIEMPO DE ENTREGA
Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte se imprime en México y tarda aproximadamente entre dos y seis semanas en llegar a Nairobi. Mientras tanto puede conservar su pasaporte vigente, el cual se le cancelará hasta que se le entregue su nuevo pasaporte.

APELLIDO DEL CÓNYUGE
Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Asimismo, si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

En todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.

 


Para la renovación o canje de pasaporte, la persona interesada deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Comparecer personalmente ante la Embajada de México en Kenia con cita previamente agendada.
  2. Presentar pasaporte para renovar. Si el pasaporte tiene alguna restricción u observación, deberá cumplir con el requisito que se indique; si es NO CANJEABLE, deberá presentar la documentación completa como si se tratara por primera vez. Si el pasaporte no indica el municipio de nacimiento, deberá presentar el acta de nacimiento original (copia certificada) que indique dicha información.
  3. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derecho.

Pasaportes ordinarios al 100 %

Temporalidad Costo 2024 por la expedición de pasaporte ordinario en dólares estadounidenses. Costo total del pasaporte de emergencia con el cobro adicional del 30%, en dólares estadounidenses
1 año* $ 41.00 $ 53.00
3 años $ 96.00 $ 125.00
6 años $ 130.00 $ 169.00
10 años $ 198.00 $ 257.00

*Los pasaportes con vigencia de un año solo se expiden para niños o niñas de 0 a 3 años, o en casos de probada emergencia.
**Solo para personas mayores de 18 años.

Pasaportes Ordinarios al 50 % por adultos mayores de 60 años o personas con discapacidad comprobada.

Temporalidad Costo 2024 con el 50% para personas mayores de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agrícolas, en dólares estadounidenses. Costo total del pasaporte al 50% con el cobro adicional del 30% por ser de emergencia, en dólares estadounidenses
1 año $ 20.50 $ 26.50
3 años $ 48.00 $ 62.50
6 años $ 65.00 $ 84.50
10 años $ 99.00 $ 128.50

*Se comprobará la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la discapacidad de que se trate y el impedimento que ésta provoque de forma permanente e irreversible en el desarrollo normal de la vida de la persona.

¿Qué pasa si no encuentro mi pasaporte anterior o me lo robaron?
En estos casos deberá acudir al Departamento de Policía de la ciudad en donde radica y levantar un reporte de robo o pérdida de su pasaporte, que deberá presentar en la Oficina Consular con el resto de los requisitos como si se tratara de expedición por primera vez.

VIGENCIA
En el extranjero los pasaportes mexicanos tienen una vigencia de uno, tres, seis o diez años (esta última solo para mayores de 18 años de edad).

A las personas menor de tres años se les podrá expedir pasaporte por un año o por tres años según sea el deseo de los padres.

A las personas mayores de 18 años únicamente se expedirá pasaporte con vigencia de un año en caso de probada emergencia.

TIEMPO DE ENTREGA
Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte se imprime en México y tarda aproximadamente entre dos y seis semanas en llegar a Nairobi. Mientras tanto puede conservar su pasaporte vigente, el cual se le cancelará hasta que se le entregue su nuevo pasaporte.

APELLIDO DEL CÓNYUGE
Si en su comprobante de identidad aparece el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

Asimismo, si desea que en su pasaporte aparezca el apellido de su cónyuge, deberá presentar el original del acta de matrimonio.

En todo pasaporte mexicano se asienta el nombre o nombres, primer y segundo apellidos de los solicitantes. El apellido del cónyuge se incluye en un apartado especial del pasaporte.

 


Se entiende por menor de edad a la persona que aún no ha cumplido dieciocho años y que no ha contraído matrimonio. Para la expedición de pasaporte a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

  1. Comparecer personalmente en compañía de la persona menor de edad ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada.
  2. Acreditar la nacionalidad mexicana de la persona menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:
    • Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea – ver sección al final de esta página).
    • Certificado de nacionalidad mexicana.
    • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
    • Carta de naturalización.
    • Matrícula consular de alta seguridad.
  3. Acreditar la identidad de la persona menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:
    • Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana.
    • Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana.
    • Credencial de estudiante emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía de la persona menor.
    • Constancia de grado de estudios que cursa debidamente sellado por la institución educativa y con fotografía del menor. La constancia debe presentarse en hoja membretada de la escuela (incluyendo todos datos de contacto). El documento debe incluir el nombre completo de la persona menor de edad, grado de estudios, así como nombre completo, firma y cargo del o la directora de la institución educativa que emite la constancia. La fecha de la constancia no debe exceder de 30 días posteriores a su expedición.
    • Identificación oficial emitida por su país de residencia.
    • Para menores de 7 años, constancia con fotografía y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor. Presentar dicha constancia en hoja membretada de la institución médica (incluyendo todos datos de contacto), nombre completo del paciente, edad del paciente, fotografía de la persona menor digitalizada en el documento, o bien, si se trata de una fotografía sobrepuesta o pegada, que sea cancelada en una orilla con el sello de la institución médica o firma del médico (se procurará que el sello o firma no cancele el rostro), fecha en que empezó a ser paciente de ese lugar, nombre, firma y puesto del médico pediatra que emite la carta o del director o directora de la institución, datos de contacto.
  4. Otorgar el consentimiento de ambos padres a través de la firma del formato de autorización (OP-7).
  5. Presentar identificación oficial vigente, con fotografía y firma de ambos padres y donde los nombres asentados en las identificaciones coincidan fielmente con el nombre que aparece en el acta de nacimiento del menor de edad.
  6. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

    Pasaportes Ordinarios al 100 %
Temporalidad Costo 2024 por la expedición de pasaporte ordinario en dólares estadounidenses. Costo total del pasaporte de emergencia con el cobro adicional del 30%, en dólares estadounidenses.
1* año $ 41.00 $ 53.00
3** años $ 96.00 $ 125.00
6** años $ 130.00 $ 169.00

*Los pasaportes con vigencia de un año solo se expiden para niños o niñas de 0 a 3 años, o en casos de probada emergencia.
**A partir de los 3 años de edad cumplidos se puede solicitar un pasaporte con vigencia de 3 o 6 años.
***Las personas menores de 18 años no pueden solicitar pasaportes con vigencia de 10 años.

Pasaportes Ordinarios al 50 % para personas con discapacidad comprobada.

Temporalidad Costo 2024 por la expedición de pasaporte ordinario en dólares estadounidenses. Costo total del pasaporte de emergencia con el cobro adicional del 30%, en dólares estadounidenses.
1* año $ 20.50 $ 26.50
3** años $ 48.00 $ 62.50
6** años $ 65.00 $ 84.50

 

*Se comprobará la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la discapacidad de que se trate y el impedimento que ésta provoque de forma permanente e irreversible en el desarrollo normal de la vida de la persona.
**A partir de los 3 años de edad cumplidos se puede solicitar un pasaporte con vigencia de 3 o 6 años.
***Las personas menores de 18 años no pueden solicitar pasaportes con vigencia de 10 años.


¿Qué es la OP7 y qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad?
La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.

Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su hijo menor, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México, y llenar el formato OP7 para ser enviado a esta Embajada; o si viven en el extranjero deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda, para llenar el formato OP7.

La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el pasaporte y la OP7?
Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.


Se entiende por menor de edad a la persona que aún no ha cumplido 18 años y que no ha contraído matrimonio. Para la expedición de pasaporte a personas menores de edad, los padres o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán:

  1. Comparecer personalmente en compañía de la persona menor de edad ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada.
  2. Presentar el pasaporte a renovar.
  3. Acreditar la nacionalidad mexicana de la persona menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:
    • Acta de nacimiento (Verifica que tu acta de nacimiento no sea extemporánea – ver sección al final de esta página).
    • Certificado de nacionalidad mexicana.
    • Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
    • Carta de naturalización.
    • Matrícula consular de alta seguridad.
  4. Acreditar la identidad de la persona menor de edad, presentando el ORIGINAL de alguno de los siguientes documentos:
    • Certificado escolar de educación primaria, secundaria o bachillerato expedido por autoridad escolar mexicana.
    • Boleta certificada de algún año escolar con fotografía y sello oficial, expedida por autoridad escolar mexicana.
    • Credencial de estudiante emitida por la institución educativa local. En caso de que el nombre del menor de edad asentado en la credencial no coincida fielmente con el acta de nacimiento, deberán solicitar a las autoridades del distrito escolar donde estudia el menor, la impresión del documento llamado “transcript”, en el que debe aparecer el nombre completo y la fotografía de la persona menor.
    • Constancia de grado de estudios que cursa debidamente sellado por la institución educativa y con fotografía del menor. La constancia debe presentarse en hoja membretada de la escuela (incluyendo todos datos de contacto). El documento debe incluir el nombre completo de la persona menor de edad, grado de estudios, así como nombre completo, firma y cargo del o la directora de la institución educativa que emite la constancia. La fecha de la constancia no debe exceder de 30 días posteriores a su expedición.
    • Identificación oficial emitida por su país de residencia.
    • Para menores de 7 años, constancia con fotografía y sello de una institución médica o de un médico particular del lugar donde radica el menor. Presentar dicha constancia en hoja membretada de la institución médica (incluyendo todos datos de contacto), nombre completo del paciente, edad del paciente, fotografía de la persona menor digitalizada en el documento, o bien, si se trata de una fotografía sobrepuesta o pegada, que sea cancelada en una orilla con el sello de la institución médica o firma del médico (se procurará que el sello o firma no cancele el rostro), fecha en que empezó a ser paciente de ese lugar, nombre, firma y puesto del médico pediatra que emite la carta o del director o directora de la institución, datos de contacto.
  5. Otorgar el consentimiento de ambos padres a través de la firma del formato de autorización (OP-7).
  6. Presentar identificación oficial vigente, con fotografía y firma de ambos padres y donde los nombres asentados en las identificaciones coincidan fielmente con el nombre que aparece en el acta de nacimiento de la persona menor de edad.
  7. Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos.

    Pasaportes Ordinarios al 100 %
Temporalidad Costo 2024 por la expedición de pasaporte ordinario en dólares estadounidenses Costo total del pasaporte de emergencia con el cobro adicional del 30%, en dólares estadounidenses
1 año* $ 41.00 $ 53.00
3 años** $ 96.00 $ 125.00
6 años** $ 130.00 $ 169.00

*Los pasaportes con vigencia de un año solo se expiden para niños o niñas de 0 a 3 años, o en casos de probada emergencia.
**A partir de los 3 años de edad cumplidos se puede solicitar un pasaporte con vigencia de 3 o 6 años.
***Las personas menores de 18 años no pueden solicitar pasaportes con vigencia de 10 años.

Pasaportes Ordinarios al 50 % para personas con discapacidad comprobada.

Temporalidad Costo 2024 con el 50% para personas mayores de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agrícolas, en dólares estadounidenses. Costo total del pasaporte al 50% con el cobro adicional del 30% por ser de emergencia, en dólares estadounidenses
1 año* $ 20.50 $ 26.50
3 años** $ 48.00 $ 62.50
6 años** $ 65.00 $ 84.50

Se comprobará la discapacidad mediante una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la discapacidad de que se trate y el impedimento que ésta provoque de forma permanente e irreversible en el desarrollo normal de la vida de la persona.
*Los pasaportes con vigencia de un año solo se expiden para niños o niñas de 0 a 3 años, o en casos de probada emergencia.
**A partir de los 3 años de edad cumplidos se puede solicitar un pasaporte con vigencia de 3 o 6 años.
***Las personas menores de 18 años no pueden solicitar pasaportes con vigencia de 10 años.

¿Qué es la OP7 y qué pasa si uno de los padres no se encuentra en la ciudad?
La OP7 es el formato que deben llenar los padres a través del cual dan su autorización para que el menor pueda obtener un pasaporte.
Si ambos o alguno de los padres no pueden presentarse personalmente a realizar el trámite de expedición de pasaporte para su hijo menor, deberán acudir a la Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores más cercana a su domicilio, en el caso de que se encuentren en México, y llenar el formato OP7 para ser enviado a esta Embajada; o si viven en el extranjero deberán acudir al consulado mexicano que le corresponda, para llenar el formato OP7.
La patria potestad que ejercen los padres sobre los menores hijos no se pierde por el hecho de que vivan separados o se hayan divorciado. Solamente si un juez establece la pérdida de la patria potestad o le da a alguno de los padres la facultad de sacarle el pasaporte sin el consentimiento del otro padre, podrá realizar el trámite. En ausencia de esta sentencia, ambos padres tienen que firmar la OP7.

¿Dónde puedo obtener los formatos para el pasaporte y la OP7?
Usted ya no tiene que llenar a mano ninguno de estos formatos. Corresponde al personal de la Oficina Consular llenar dichos formatos con la información que se encuentre en sus documentos y que usted proporcione. Solo tendrá que leerlos cuidadosamente cuando se los den para su revisión y firma.

¿Qué pasa si no encuentro el pasaporte anterior o lo robaron?
En estos casos deberá acudir al Departamento de Policía de la ciudad en donde radica y levantar un reporte de robo o pérdida del pasaporte, que deberá presentar en la Oficina Consular con el resto de los requisitos como si se tratara de expedición por primera vez.

TIEMPO DE ENTREGA
Una vez que usted acude a su cita en la Oficina Consular y cumple con todos los requisitos, el pasaporte se imprime en México y tarda aproximadamente entre dos y seis semanas en llegar a Nairobi. Mientras tanto puede conservar el pasaporte vigente, el cual se cancelará hasta que se entregue el nuevo pasaporte.

 


Si usted fue registrado de manera EXTEMPORÁNEA, es decir, que el registro se realizó pasados los años de gracia que tuvieron para registrarlo, sólo podrá tramitar pasaporte presentando una PRUEBA COMPLEMENTARIA.

Importante: Antes de visitar la Oficina Consular, verifique si su acta es extemporánea y lo que necesitaría:
Periodos de extemporaneidad:
• Personas nacidas antes de 1931, se aceptará una extemporaneidad de hasta 50 años.
• Personas nacidas entre 1931 y 1940, se aceptará una extemporaneidad de hasta 30 años.
• Personas nacidas entre 1941 y 1950, se aceptará una extemporaneidad de hasta 10 años.
• Personas nacidas entre 1951 y 1976, se aceptará una extemporaneidad de hasta 5 años.
• Personas nacidas a partir de 1977, se aceptará una extemporaneidad de hasta 1 año.

Si su registro de nacimiento se pasa del periodo de extemporaneidad, deberá presentar UNO de los siguientes documentos COMPLEMENTARIOS:
• Certificado o constancia de alumbramiento que manifieste que un menor nació vivo y el nombre de sus progenitores.
• Partida parroquial de bautismo de la persona interesada. Deberá estar cotejada en los libros de la parroquia correspondiente por Notario Público o autoridad legalmente facultada para ejercer dichas funciones en territorio nacional.
• Copia certificada del acta de matrimonio del padre o madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil, donde se asiente que al menos uno de ellos es mexicano y que se casaron en territorio nacional, antes de la fecha de nacimiento del solicitante.
• Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre del interesado, expedida por el oficial del Registro Civil. La fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
• Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor del interesado que haya nacido en territorio nacional. Igual que en el caso anterior, la fecha de registro no deberá rebasar la extemporaneidad señalada de un año y la propia acta deberá hacer constar la nacionalidad mexicana del registrado.
• Certificado de educación primaria o boleta de calificaciones del mismo nivel, expedido por la Secretaría de Educación Pública o alguna otra institución reconocida por dicha Dependencia del Ejecutivo.

De no contar con alguno de estos documentos, la Oficina Consular podrá verificar por medios electrónicos o por escrito la validez del acta de nacimiento ante la oficina del Registro Civil que la expidió, lo cual puede retrasar la expedición del pasaporte.

Estimada y estimado paisano, antes de acudir a la Oficina Consular, asegúrese de contar con todos los requisitos. Si tiene dudas, revise el Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2011. Su colaboración es muy importante para brindarle un servicio eficiente.



Sitios en internet del Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS) de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER):

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

SRE-01-020-A
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A 

SRE-01-020-B
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B 

SRE-01-020-C
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C 

SRE-01-020-D
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D 

SRE-01-020-E
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E 

SRE-01-020-F
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F 

SRE-01-020-G.
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G 

SRE-01-020-H
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H 

SRE-01-020-I
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I 

SRE-01-020-J
Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J 

SRE-01-020-K
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K