PASAPORTE
El pasaporte es un documento de viaje que se expide para acreditar la nacionalidad e identidad de los mexicanos, y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre tránsito, proporcionen seguridad y protección y, en su caso, dispensen las cortesías e inmunidades que correspondan al cargo o representación de su titular.
Le sugerimos programar la solicitud de pasaporte con antelación a la fecha en que necesitará su documento de viaje, ya que el tiempo de procesamiento promedio es de cuatro a cinco semanas.
Los pasaportes de emergencia se expiden el mismo día de su solicitud, previa comprobación documental de las circunstancias que motivan la emergencia.
REQUISITOS
TRÁMITE POR PRIMERA VEZ
TRÁMITE POR PRIMERA VEZ
REQUISITOS
- Comprobar nacionalidad mexicana con original y copia de uno de los siguientes documentos:
- • Acta de nacimiento (vea las restricciones por registro extemporáneo);
- • Certificado de Nacionalidad;
- • Carta de Naturalización;
- • Declaración de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento;
- Dos identificaciones con fotografía (revisar el apartado de identificaciones aceptadas);
- Llenar con letra legible la solicitud OP5;
- Acta de matrimonio, en el caso de las personas que desean que el apellido de su cónyuge aparezca en el pasaporte;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
CANJE
CANJE
REQUISITOS
- Pasaporte anterior "Tipo G". Los pasaportes de emergencia no se pueden canjear;
- Llenar con letra legible la solicitud OP5;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor;
REPOSICIÓN (POR PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE PASAPORTE)
REPOSICIÓN (POR PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE PASAPORTE)
REQUISITOS
- Original y copia del comprobante de nacionalidad;
- Llenar con letra legible la solicitud OP5;
- Presentar acta de policía por el extravío o robo del pasaporte
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
PERSONA MAYOR DE EDAD CON TUTOR DESIGNADO POR UN JUEZ
PERSONA MAYOR DE EDAD CON TUTOR DESIGNADO POR UN JUEZ
REQUISITOS
- Dependiendo el caso, los mismos requisitos para el trámite por primera vez o por renovación;
- Presencia física del tutor y del solicitante del pasaporte;
- Llenar en forma legible el formato OP-8/A para manifestar su consentimiento para la expedición del pasaporte al interesado;
- La persona que firma el formato OP-8/A debe demostrar que ejerce plenamente la tutela jurídica con una copia certificada del documento o resolución judicial que le otorga ese carácter;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
PERSONA MAYOR DE EDAD SEA ASISTIDA EN LA TOMA DE DECISIONES POR OTRA TAMBIÉN MAYOR DE EDAD
PERSONA MAYOR DE EDAD SEA ASISTIDA EN LA TOMA DE DECISIONES POR OTRA TAMBIÉN MAYOR DE EDAD
REQUISITOS
- Dependiendo el caso, los mismos requisitos para el trámite por primera vez o por renovación;
- Presencia física del solicitante del pasaporte y de la persona que lo asiste;
- Llenar en forma legible el formato OP-8/B para manifestar su consentimiento para la expedición del pasaporte al interesado;
- La persona que firma el formato OP-8/B debe demostrar que es un pariente por consanguinidad hasta el tercer grado (tíos), un pariente civil, el cónyuge, o cualquier otra persona que el interesado manifieste explícitamente sea quien lo asiste normalmente;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
TRÁMITE POR PRIMERA VEZ
TRÁMITE POR PRIMERA VEZ
REQUISITOS
- Presencia física del menor y ambos padres, o de quienes ejerzan la tutela o patria potestad;
- Comprobar nacionalidad mexicana del menor con original y copia de uno de los siguientes documentos:
- • Acta de nacimiento (vea las restricciones por registro extemporáneo);• Certificado de Nacionalidad;
- • Carta de Naturalización;
- • Declaración de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento;
- • Original y copia de dos identificaciones (credenciales) con foto;
- Original y copia de las identificaciones de los padres;
- Llenar con letra legible la solicitud OP5 y el formato de consentimiento de los padres o tutores OP-7/I;
- Si uno o ambos de los padres no pueden estar presentes, será necesario que el consentimiento se exprese mediante:
- Formato OP-7/II, otorgado ante una delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores u oficina de pasaportes en México o ante otra Embajada o consulado de México; o
- Testimonio ante notario público mexicano o mediante resolución judicial;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
NOTA: El nombre que se incluye en el documento de identidad debe ser idéntico al del documento que acredita su nacionalidad; en caso contrario, la persona interesada deberá presentar otro(s) documento(s) que pruebe(n) o de los que se desprenda que es la misma persona.
CANJE
CANJE
REQUISITOS
- Presencia física del menor y ambos padres, o de quienes ejerzan la tutela o patria potestad;
- Original y copia del pasaporte anterior "Tipo G";
- Llenar con letra legible la solicitud OP5 y OP-7/I;
- Original y copia de las identificaciones de los padres;
- Si uno o ambos de los padres no pueden estar presentes, será necesario que el consentimiento se exprese mediante:
- Formato OP-7/II, otorgado ante una delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores u oficina de pasaportes en México o ante otra Embajada o consulado de México; o
- Testimonio ante notario público mexicano o mediante resolución judicial;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
REPOSICIÓN (POR PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE PASAPORTE)
REPOSICIÓN (POR PÉRDIDA O EXTRAVÍO DE PASAPORTE)
REQUISITOS
- Copias la denuncia (policía local) por robo o, en su caso acta de extravío;
- Los mismos requisitos como si fuera pasaporte por primera vez;
- Efectuar el pago de los derechos, de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor.
ACTA EXTEMPORÁNEA
LAS ACTAS EXTEMPORÁNEAS REQUIEREN PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ADICIONALES PARA SU VALIDACIÓN
De conformidad con la legislación mexicana, son extemporáneas los registros efectuados después del término de tres años a la fecha de nacimiento, cuanto éste ocurrió a partir del 1 de enero de 1978. Para los registros anteriores a 1978, los criterios de extemporaneidad, se tomarán en cuenta considerando los siguientes periodos:
- Personas nacidas antes de 1931, se aceptará una extemporaneidad de hasta 50 años;
- Personas nacidas entre 1931 y 1940, se aceptará una extemporaneidad de hasta 30 años;
- Personas nacidas entre 1941 y 1950, se aceptará una extemporaneidad de hasta 10 años;
- Personas nacidas entre 1951 y 1977, se aceptará una extemporaneidad de hasta 5 años;
- En el caso de los menores de edad, se considera registro extemporáneo a los efectuados después del primer año de vida;
NO SE CONSIDERAN EXTEMPORÁNEAS:
- Las actas de nacimiento expedidas por las oficinas consulares de México, independientemente de la fecha de registro;
- Las actas de nacimiento extranjeras que se inscriban en las oficinas del Registro Civil en territorio nacional;
IDENTIFICACIONES ACEPTADAS
- Pasaporte mexicano;
- Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral;
- Certificado de Matrícula consular de alta seguridad;
- Cédula Profesional;
- Título Profesional;
- Carta de pasante expedida por Institución educativa acreditada ante la Secretaría de Educación Pública;
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
- Carta de naturalización;
- Cédula de Identidad Ciudadana;
- Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;
- Licencia de conducir mexicana;
- Certificados de primaria o secundaria expedidos por la Secretaría de Educación Pública;
- Identificación de los Emiratos Árabes Unidos;
- Licencia de conducir emiratí, o
- Pasaportes extranjeros válidos y vigentes.
NOTA: El nombre completo de las identificaciones con fotografía debe coincidir con el nombre de los otros documentos requeridos para el trámite de pasaporte.
Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS)
Para mayor información sobre los requisitos para la expedición de pasaportes por grupo etario y vigencia de los pasaportes, visite los siguientes vínculos del CANARTyS:
A mayores de edad con vigencia de diez años: SRE-01-020-J
A mayores de edad con vigencia de seis años: SRE-01-020-A
A mayores de edad con vigencia de tres años: SRE-01-020-B
A mayores de edad con vigencia de un año: SRE-01-020-C
A mayores de sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años: SRE-01-020-D
A mayores de sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años: SRE-01-020-E
A mayores de sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año: SRE-01-020-F