Copias certificadas de actas de registro civil
Los mexicanos residentes en el exterior pueden obtener copias certificadas de actos de registro civil (nacimiento, matrimonio y defunción) por dos vías:
A. Para actas de nacimiento, por medio del siguiente enlace de internet: https://www.gob.mx/actas. Usted puede pagar los derechos por medio de su tarjeta de crédito e imprimir el acta en casa en una hoja blanca de papel bond.
B. Por medio de la Embajada. Para este fin se deben seguir los siguientes pasos:
- Llenar la solicitud (Descargar)
- Enviar la solicitud junto con tres opciones de fecha para su cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
- El solicitante debe presentarse personalmente en la Sección Consular de la Embajada con su identificación oficial vigente o expedir una carta poder simple a una persona de su confianza. (descargar un ejemplo) La carta poder tendrá que estar firmada por el solicitante, el apoderado y dos testigos. Además, deberá de estar acompañada de la copia de la identificación del solicitante y de los testigos. El apoderado deberá de venir con la carta poder en original y presentar su identificación oficial vigente.
- Pago de derechos: https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas:
- En caso de actos registrados en México, la impresión en la embajada está condicionada a que su acta haya sido digitalizada por el Registro Civil que le corresponda.
- Cada copia certificada tiene un costo que usted puede verificar en el siguiente enlace: https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
Inserción de acta de nacimiento extranjera en México
Se recomienda hacer una inscripción del acta de nacimiento extranjera en México, entre otros casos, en los siguientes:
- Los padres, por usos y costumbres del país en donde nació el menor le ponen un nombre y al adecuarlo a la legislación mexicana, su nombre cambia y NO desean crearle una identidad diferente
- Cuando se presenta una persona de nacionalidad mexicana nacida en el extranjero
con una inscripción de un acta de nacimiento extranjera en territorio nacional, aun y cuando no transmita la nacionalidad mexicana, y en donde no coincidan los apellidos paternos de la persona a registrar, padres y/o abuelos y por tanto no se pueda establecer la filiación - Cuando las personas interesadas no acepten los preceptos jurídicos mexicanos al registrar a sus descendientes y deseen hacerlo conforme al derecho extranjero del acta local, es decir, conservando el orden de los apellidos originalmente asentados
El proceso de inserción es facultad exclusiva del juez correspondiente y quien estará facultado para autorizar dicha inserción, por lo que esta Embajada no puede garantizar su procedencia. Para mayores detalles, por favor consulte directamente a la oficina de Registro Civil de su domicilio en México.
Registro de matrimonio entre mexicanos y extranjeros
Las Embajadas no tienen facultades para celebrar matrimonios entre mexicanos y extranjeros. Sin embargo, los interesados pueden realizar una inserción del acta de matrimonio celebrado en el exterior en el Registro Civil en México. Es decir, es necesario primero celebrar el matrimonio en Japón o en el país de residencia.
Los documentos expedidos por autoridades japonesas que vayan a ser empleados en México deberán de estar apostillados. Para información sobre apostilla en Japón, visite el siguiente sitio: https://www.mofa.go.jp/ca/cs/page22e_000417.html
Asimismo, los documentos expedidos en idioma distinto al español o inglés deberán de estar traducidos. Para información sobre traducción, se recomienda consultar directamente al Registro Civil. Posiblemente se le requerirán traducciones hechas por peritos traductores en México.
Uno de los requisitos que pide Japón para celebrar un matrimonio es un certificado de soltería que acredite que el solicitante tiene capacidad para contraer matrimonio. Las embajadas no pueden expedir este tipo de documentos. Por ello se recomienda contactar al Registro Civil correspondiente en México.
Tome en cuenta que los documentos expedidos fuera de Japón, que vayan a ser utilizados en este país, deberán estar apostillados en territorio nacional. Las embajadas no pueden apostillar documentos.
Registro de defunción
Los mexicanos que hayan fallecido en territorio japonés podrán solicitar el registro de la defunción en esta Embajada.
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud (Descargar)
- Copia certificada del acta de defunción japonesa y certificado médico emitida por la municipalidad con su traducción al español. Este documento se conoce como "Shibotodoke no kisaijiko shomeisho" (死亡届の記載事項証明書)
- Si la persona fallecida estuvo casada con un nacional japonés, presente la copia del registro familiar Koseki Tohon (戸籍謄本) con su traducción simple al español.
- Si la persona fallecida fue soltera o estuvo casada con una persona extranjera, Shibotodoke no jurishomeisho (死亡届の受理証明書) con su traducción simple al español
- Certificado de cremación con su traducción simple al español
- Presentar alguno de los siguientes probatorio de nacionalidad.
- Copia certificada del acta de nacimiento mexicana de la persona fallecida
- Pasaporte Mexicano vigente de la persona fallecida
- CURP de la persona fallecida (https://www.gob.mx/curp/)
- Pasaporte vigente de la persona que solicita el trámite
- Dos testigos, cada uno con su pasaporte vigente
- Enviar la digitalización de los documentos descritos anteriormente al buzón Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Por favor envíe las traducciones en formato Excel o Word.
- Una vez que se valide la correcta recepción de los documentos nos pondremos en contacto con usted. Y en su momento, se le indicará la fecha de su cita, en la que deberá presentarse en la Sección Consular acompañado de dos testigos.
Notas:
- Tome en cuenta que todos los documentos japoneses que se presenten deberán de ser traducidos al español. Se recomienda que el certificado de defunción y el certificado médico sí sea hecho por algún experto o agencia especializada debido a que contiene términos médicos específicos. Puede utilizar el siguiente templete para su traducción: En japon el certificado medico y el de defunción estan contenidos en sola hoja de tamaño A3. Por favor, tome como base los archivos descargables. Usted puede agregar o quitar campos según sea necesario, a fin de que coincidan con el documento original.
- El trámite es gratuito. Cada copia certificada tiene un costo que se puede consultar en este sitio: https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares. El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada caso es distinto, por lo que se agradecerá tomar en cuenta que se podrá pedir información complementaria.
Registro de matrimonio para mexicanos
Se puede celebrar un matrimonio en la Embajada únicamente cuando ambos solicitantes sean mexicanos mayores de edad. En caso contrario, se recomienda acudir a la oficina de la municipalidad ante la que se piense registrar el matrimonio.
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud (Descargar)
- Comprobante de nacionalidad mexicana: (una de las siguientes)
- Copia certificada de acta de nacimiento
- Carta de naturalización
- Identificación oficial vigente: (una de las siguientes)
- Pasaporte mexicano (preferible)
- Credencial para votar con fotografía
- Licencia de conducir mexicana vigente
- Cartilla militar
- Cédula profesional
- Cada contrayente deberá presentar a dos testigos mayores de edad. Los cuatro testigos deberán de llevar su pasaporte vigente. Los testigos deberán de llenar el siguiente formato (Descargar)
- Capitulaciones matrimoniales: (una de las siguientes)
- Certificado de salud firmado por médico japonés titulado. Este documento deberá hacer constar que los contrayentes no padecen sífilis, tuberculosis, ni enfermedad alguna crónica e incurable, que sea además contagiosa y hereditaria. Se recomienda que este documento sea elaborado en inglés. En caso de que se haga en japonés, deberá de acompañarse una traducción simple al español
- Ratificación de firmas. El formato siguiente debe llenarse a excepción de las firmas, que se realizarán el día del trámite (Descargar)
- Enviar los documentos escaneados a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Enviar las traducciones en formato Excel o Word. Una vez que se confirmen los documentos se les responderá con la fecha de la cita
- Presentarse los contrayentes con sus testigos en la Sección Consular
- Pago de derechos: https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas:
- En caso de que alguno o ambos contrayentes sean divorciados, se deberá presentar copia certificada del acta de divorcio.
- Los documentos en idioma distinto al español o inglés deberán de ser traducidos al español.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.