El Certificado a Lista de Menaje de Casa es aquél que se expide para que los mexicanos que regresan a su país y que residieron en el extranjero al menos los últimos seis meses de manera continua, puedan importar sus pertenencias del hogar libres de impuestos de importación.

 

Comprende las siguientes mercancías usadas:

 

El ajuar y bienes muebles de una casa que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, tal como ropa, libros, libreros, obras de arte o científicas que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte, los instrumentos científicos de profesionistas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio.

 

La lista de menaje de casa no comprenderá mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales, ni las que puedan ser reguladas bajo el ámbito de la Ley del Registro Federal de Vehículos. No es procedente importar libre de impuestos, vehículos automotores dentro del menaje de casa.

 

Las Representaciones Consulares podrán certificar la lista de menaje de casa a:

  • Mexicanos que radicaron en el extranjero por un periodo mínimo de seis meses,
  • Extranjeros con condición de estancia de residente permanente para importación en franquicia (definitiva y libre de impuestos)
  • Extranjeros con condición de estancia de residente temporal y residente temporal estudiante para importación temporal.

 

El interesado deberá cubrir ante la oficina consular los siguientes requisitos:

 

1.          Presentar uno de los siguientes documentos en original y copia para acreditar su nacionalidad mexicana.

·       Copia certificada del acta de nacimiento expedida por cualquier oficina del registro civil mexicano o por las oficinas consulares mexicanas;

·       Certificado de Nacionalidad mexicana;

·       Carta de Naturalización

·       Pasaporte;

 

2.          Acreditar su identidad, presentando original y copia de alguno de los siguientes documentos con fotografía:

·       Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

·       Pasaporte mexicano;

·       Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional;

·       Cédula Profesional;

·       Título Profesional;

·       Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;

·       Certificado de nacionalidad mexicana;

·       Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores o su equivalente;

·       Licencia de manejar extranjera valida en la circunscripción consular;

·       Identificación oficial extranjera valida en la circunscripción consular.

 

3.          Acreditar con documentos que demuestren, a juicio del funcionario consular, que el interesado estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado por un plazo mínimo de seis meses, por ejemplo:

·       Recibos de pago de salarios o de servicios públicos;

·       Cartas de trabajo;

·       Contrato de arrendamiento;

·       Contrato de trabajo;

·       Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar;

·       Licencia de conducir de la circunscripción consular o del país;

·       Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad;

·       Constancias escolares;

 

4.          Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadruplicado. Deberá contener una descripción detallada y la cantidad de los bienes que lo integran. Para los artículos electrónicos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. (Cada ejemplar deberá ser firmado de forma autógrafa.) Deberá de realizarse en español y en computadora. 

 

Ejemplo:

Número Progresivo

Cantidad

Descripción

Marca

Modelo

Núm. de serie

1

1

Televisión 40"

Sony

874934

SKJE9488NJA

2

1

Refrigerador

LG

F150

12345JF5L96

3

1

Recamara Principal (8 piezas)

*

King Size

*

4

10

Cajas de Ropa (hombre y/o mujer)

*

*

*

 

5.          Declaración dirigida a la Embajada, escrita bajo protesta de decir verdad, en la que indicará su regreso a México, domicilio actual, tiempo de residencia y el lugar donde establecerá su residencia en territorio nacional.

 

6.          Cubrir el pago de derechos correspondientes que señale la Ley Federal de Derechos en dólares estadounidenses en efectivo con billetes en buen estado emitidos después de 2007. TARIFAS CONSULARES.

 

 

PROCEDIMIENTO

 

  1. Una vez que cumpla con los requisitos, deberá solicitar una cita al correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. 

 

  1. La Sección Consular le asignará la próxima cita disponible. NO HAY ENTREVISTAS CONSULARES URGENTES.

 

  1. El día de la entrevista el solicitante deberá presentar completa la documentación requerida antes señalada.

 

  1. La solicitud de Menaje de Casa está sujeta a la revisión de los documentos para su aprobación y en algunos casos podría solicitarse documentación adicional.

 

  1. Una vez que se cubra la totalidad de los requisitos, se le entregará la documentación en un lapso de tres días hábiles.

 

CONSIDERACIONES IMPORTANTES

Se recomienda tramitar el Certificado a Lista de Menaje de Casa antes de enviar las pertenencias.

 

Para tener derecho a la exención del pago de impuestos al comercio exterior para la importación de los menajes de casa en franquicia, se requiere cumplir indistintamente con los siguientes plazos, para los cuales no hay prórroga:

  • Que el pasajero lleve consigo el menaje de casa
  • Que el menaje de casa llegue dentro de los tres meses anteriores a la entrada del pasajero
  • Que llegue hasta seis meses después de la fecha en que el interesado haya arribado a México

 

Sólo se expedirá un certificado de menaje de casa por familia. 

 

El interesado sólo tendrá derecho a solicitar el Certificado a Lista de Menaje de Casa una vez por año fiscal. En caso de que desee importar libre de impuestos un segundo o posterior menaje de casa deberá solicitar previamente la autorización ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

En el caso de ciudadanos extranjeros, deben tener presente que deberán comprobar ante la autoridad aduanera que ya formalizaron su situación migratoria ante el Instituto Nacional de Migración (INM), presentando la tarjeta migratoria que les acredite como Residentes Permanentes o Temporales. En caso de no contar con ella, deberán obtenerla dentro de los 30 días de su llegada a México, ya que sin este documento no les será autorizada la liberación de su menaje de casa.

 

Los extranjeros con la condición de estancia de Residentes Temporales y Residentes Temporales Estudiantes, podrán ingresar a México, al amparo del régimen de importación temporal, un menaje de casa por el plazo que dure su calidad migratoria, incluyendo sus prórrogas, siempre que a su salida las retornen al extranjero.

 

Sólo es posible emitir Certificado a Lista de Menaje de Casa a quienes tengan su domicilio en Egipto, Chad, Sudán o Eritrea.