Para casos de protección consular a mexicanos, marque al +27 (0) 63 793 7496

 

Requisitos para obtener la asistencia consular

Asistencia Consular en Sudáfrica

¿Sabes lo que SÍ puede hacer tu Consulado por ti?

¿Sabes lo que No puede hacer tu Consulado por ti?

¿Qué hacer si necesito repatriar a México a un(a) paciente en condiciones críticas?

¿Qué hacer si no logro localizar a un familiar en el extranjero?

¿Qué hacer si necesito repatriar a México a una persona en situación de vulnerabilidad?

¿Qué hacer para trasladar los restos de un familiar a México?

 

 REGISTRO DE MEXICANOS  en Sudáfrica y concurrencias.

Poderes Notariales

Cuando un connacional en el extranjero necesita ejecutar un acto jurídico en territorio mexicano, lo puede realizar por medio de un poder notarial otorgado a un representante o apoderado.

Los poderes se clasifican en generales o especiales.

Los poderes generales se usan para una cantidad ilimitada de actos, por lo que el apoderado puede realizar múltiples gestiones en representación del poderdante hasta en tanto no sea revocado, o bien, fallezca una de las partes.

Los poderes generales son de tres tipos:

  • Poder General para Pleitos y Cobranzas, con el que se representa en juicios y efectúan cobros a nombre del poderdante.
  • Poder General para Actos de Administración, con el que se administran bienes e intereses del poderdante.
  • Poder General para Actos de Dominio, con el que se compran, venden, hipotecan o donan bienes a nombre del poderdante.

Los poderes generales pueden comprender los tres tipos o cualquier combinación de ellos, y pueden ser amplios o limitados en sus alcances en cuanto a las facultades conferidas.

Los poderes especiales son otorgados para ser representado en uno o más asuntos específicos. Se extinguen automáticamente con la conclusión del mandato por el cual fueron otorgados. Este tipo de poder proporciona mayor seguridad al otorgante, ya que el apoderado no puede intervenir en otros actos que no sean los específicamente determinados.

 

Requisitos para otorgar un poder notarial

  • Llenar la solicitud correspondiente
  • Original y copia de identificación oficial vigente. En el caso de pasaporte mexicano, se debe presentar fotocopia de la primera y de la última página (código de barras).
  • Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  • Pagar los derechos consulares en efectivo personalmente en la Sección Consular

La solicitud, acompañada de copia de la documentación requerida, se debe remitir en formato PDF al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Se recomienda enviar también un texto orientativo del poder que se desea otorgar.

Una vez recibida la documentación, se le informará vía electrónica o telefónica sobre la fecha y hora para la firma de la escritura pública. El día de su cita para la firma del poder, la persona interesada deberá presentar el original de su identificación y de la documentación enviada. 

Cuando una persona casada bajo el régimen de sociedad conyugal o bienes mancomunados desee otorgar un poder general o especial que incluya actos de administración y/o dominio, deberá otorgarlo también su cónyuge.

Si el poder lo otorga una persona moral, adicionalmente deberán presentar:

  • Original y tres copias del acta de constitución de la sociedad
  • Original y tres copias de la(s) escritura(s) que contengan modificaciones de los estatutos sociales
  • Original y tres copias de la escritura donde consten las facultades del apoderado legal para otorgar poderes en nombre de la compañía


Todas las fotocopias deberán de ser idénticas al original, con el mismo número de hojas y en tamaño carta o A4.

Si se desea revocar un poder, además de los requisitos señalados, deberá aportar una fotocopia del documento por revocar. En el caso de poderes otorgados por personas físicas, únicamente el mandante o poderdante es el que puede revocar el poder.

 

La Sección Consular estará cerrada en los días feriados sudafricanos y en los días de mantenimiento (Haga click aquí para consultar los días)

REQUISITOS

1.-   Es necesario presentar la solicitud de parte de la persona o empresa interesada, ya sea de manera física o vía postal. La solicitud deberá hacerse por escrito en papel con logotipo de la empresa, dirigida a la Sección Consular de la Embajada de México, precisando: lugar y fecha; el nombre, denominación o razón social de quien o quienes promueven la solicitud (en el caso de su representante legal); el domicilio para recibir notificaciones y nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas; y manifestar la petición que se formula, así como los hechos o razones que dan motivo a la petición. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal.
     
2.-   Original del permiso de importación otorgado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud – COFEPRIS - (que tiene una vigencia de 180 días naturales), autorizando la importación de los productos que se indiquen en el citado documento, asegurándose de que dicho permiso coincida con los datos de domicilio en la documentación presentada.
     
3.-   Original de la factura comercial que avala la compra-venta del producto que se va a importar, por una ocasión por cada importación, sin legalizar sus firmas y/o sellos, en la que señale el nombre del producto, cantidad y unidad de medida.
     
4.-   Original del Permiso Sanitario, expedido por la autoridad competente del país de procedencia de la sustancia, autorizando la salida de los productos que se declaren en los documentos consulares correspondientes (los que deberán estar enlistados tanto en el permiso de importación otorgado por la COFEPRIS, como en el Certificado de Análisis y en la factura comercial).
     
5.-   El compareciente realizará el pago de derechos correspondiente (USD $ 62.00), de conformidad con la Ley Federal de Derechos en vigor. El pago de los derechos se realiza en rands sudafricanos, al tipo de cambio que se indica en la sección consular al momento de aceptarse la solicitud.
     

Se debe presentar la documentación de requisitos en original con 4 fotocopias, así como carta original de la compañía que autoriza a la persona que compareció para realizar este trámite y copia de su identificación oficial.

 La Sección Consular estará cerrada en los días feriados sudafricanos y en los días de mantenimiento (Haga click aquí para consultar los días)

 

ANOTACIONES ESPECIALES:

 

Permiso de importación de COFEPRIS. Los permisos que emite COFEPRIS amparan un solo embarque. Los permisos no pueden ser divididos. Estos se presentan una sola vez por la sustancia a importar.

Permiso de exportación de las sustancias controladas (Permiso Sanitario). En los casos en que los países de donde provienen las sustancias no se consideren como controladas, el interesado deberá solicitar al Ministerio de Salud local, un escrito donde se indique lo anterior, o, en su caso, un escrito en el que se señale que en el país no/no se emite este permiso para esas sustancias.

Vencimiento del Permiso de Importación expedido por COFEPRIS. En el caso de que el permiso de importación otorgado por la COFEPRIS se venza antes de la emisión del Certificado, el interesado podrá solicitar a esa Institución, por única vez, la emisión de un oficio de prórroga que amplía la vigencia del permiso de importación por 90 días. Este debe ser presentado ante la oficina consular en original y dos copias. El documento original será devuelto al solicitante, pues le será requerido por las autoridades competentes para que complete su trámite.

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES NO PENALES / Datos Registrales (police clearance)

Esta Sección Consular no está autorizada para expedir certificados de antecedentes no penales. Este trámite es una función exclusiva de la Procuraduría General de la República (PGR) para el fuero federal.
La Embajada ayuda en la emisión de un oficio, dirigido a la delegación de la PGR de su entidad federativa de procedencia, para solicitar la “Constancia de Datos Registrales”, que equivale a una carta de antecedentes no penales en el fuero federal.

El trámite para solicitar Constancia de Antecedentes Registrales consta de dos partes. Primero, se solicita una carta a la Embajada de México en Sudáfrica, trámite que es totalmente gratuito. Después, se solicita la Constancia de Antecedentes Registrales, personalmente o a través de un apoderado, ante la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales de la Procuraduría General de la República (PGR) en la Ciudad de México, o ante las Delegaciones Estatales de la PGR.

En caso de necesitar Certificado de Antecedentes Registrales de la PGR, esta Sección Consular expide un oficio gratuito al cual se anexan la copia de su pasaporte y sus huellas digitales, para que posteriormente algún familiar o amigo tramite el Certificado de Antecedentes Registrales ante la PGR en México.

La Embajada de México en Sudáfrica se ocupa de la primera parte. El proceso consiste en lo siguiente:

1.-   Llenar la Solicitud de Constancia de Antecedentes Registrales.
     
2.-   Enviar o presentar una copia escaneada de identificación oficial (pasaporte o credencial de elector). En el caso del pasaporte, es muy importante enviar copia tanto de la primera página (la que contiene los datos de identidad) como la última (la que contiene el código de barras).
     
3.-   Llenar por duplicado el formulario de huellas digitales, que se toman en la Embajada.
     

Opcional: Presentar 4 fotografías a color sin retoque, tamaño pasaporte, 2 de frente y 2 de perfil derecho (fondo blanco, sin lentes, sin maquillaje, sin barba ni bigote, cabeza descubierta, o cualquier prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días a la solicitud de la constancia). Presentar fotografías no es obligatorio en la Embajada o Consulado Honorario, sino en México.

La Embajada (o Consulado Honorario) verificará su documentación y tomará huellas dactilares. Posteriormente, la embajada redactará un oficio (en un plazo máximo de 48 horas después de recibirse la documentación arriba descrita) a fin de que pueda continuar el trámite.

La segunda parte del trámite se realiza una vez que se haya expedido el oficio de la embajada. La siguiente documentación deberá presentarse personalmente o por medio de apoderado (carta poder) ante la Procuraduría General de la República en el Distrito Federal o ante las Delegaciones Estatales de la PGR:

1.-   El oficio original expedido por la Embajada.
     
2.-   Los dos juegos originales de huellas.
     
3.-   Identificación oficial vigente con fotografía de quien solicita el trámite y de quien lo realiza en México.
     
4.-   Comprobante de domicilio a nombre del interesado, de algún familiar o de la persona con la que cohabita, con vigencia no mayor a dos meses (luz, agua, teléfono, banco, predial). Si el comprobante está en otro idioma, deberá presentarse traducido al español.
     
5.-   Cartilla del Servicio Militar Nacional, o en su caso, constancia de aplazamiento de la incorporación al activo (para varones mexicanos).
     
6.-   Acta de nacimiento legible.
     
7.-   Cuatro fotografías a color sin retoque, tamaño pasaporte, una de frente y una de perfil derecho (fondo blanco, sin lentes, sin maquillaje, sin barba ni bigote, cabeza descubierta, o cualquier prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días a la solicitud de la constancia).
     
8.-   Efectuar el pago de la constancia de datos registrales en las instituciones bancarias autorizadas. La cantidad a pagar es de ciento treinta pesos.

 

Hay que presentar todos esos documentos en original y copia fotostática legible. Tome en cuenta también lo siguiente:


• El interesado deberá ser mayor de edad
• El tiempo para la expedición de la constancia es de 10 días hábiles.
• La constancia tiene una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de expedición.

 

Los interesados o personas de su confianza que habiten en el Distrito Federal deberán acudir a la Dirección General de Control de Procesos Penales Federales (previa cita llamando al teléfono 5346 0000, Ext. 8428, 8430 y 8427 o vía correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), ubicada en Av. Insurgentes Sur No. 235, 4º piso, entre Colima y Tabasco, Colonia Roma Norte, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, México, D.F. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 09:00 a 19:00 hrs.

Para los interesados o personas de su confianza con residencia en cualquier estado de la República Mexicana, deberán acudir a cualquiera de las delegaciones estatales de la Procuraduría General de la República, la más cercana a su domicilio, en un horario de 09:00 a 15:00 horas. Directorio de Delegaciones.

Se recomienda revisar el siguiente vínculo que ofrece información detallada sobre este trámite:
http://www.pgr.gob.mx/Servicios/Constancia/antecedentes%20registrales.asp

 

La Sección Consular estará cerrada en los días feriados sudafricanos y en los días de mantenimiento (Haga click aquí para consultar los días)

Subcategorías