PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE NO ESTEN EN POSIBILIDAD DE MANIFESTAR SU VOLUNTAD EN LA SOLICITUD

1. Tramitar una cita a través del Sistema MEXITEL y en el día y hora de su cita deberán acudir personalmente a la Embajada de México en la Federación de Rusia la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en compañía de una persona que le asista en el trámite..

2. La acreditación de la nacionalidad mexicana del interesado será mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos:

a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano y copia en tamaño carta o A4*. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro de los primeros tres años de vida), si rebasa la temporalidad, revise en la sección de Información Relevante, el apartado correspondiente a “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”.

b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares, acompañada de una copia en tamaño carta*.

c) Original y copia en tamaño carta* del Certificado de nacionalidad mexicana.

d) Original y copia en tamaño carta* de la Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.

e) Original y copia en tamaño carta* de la Carta de Naturalización.

* La copia fotostática debe ser en blanco y negro, será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en hojas separadas.

f) Original y copia en tamaño carta o A4 del Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación.

g) Original y copia en tamaño carta o A4 del Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad.

3. La acreditación de la identidad del interesado será mediante la presentación del original y copia en tamaño carta* de alguno de los siguientes documentos oficiales vigente con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad:

a) Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación.
b) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad
c) Carta de naturalización.
d) Certificado de nacionalidad mexicana.
e) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.
f) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
g) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
h) Cédula Profesional;
i) Título Profesional;
j) Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;
k) Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
l) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).
m) Constancia de estudios que cursa, a partir del tipo básico, la cual deberá contener fotografía cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.
n) Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico, la cual deberá contener fotografía cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía.
o) Certificados de estudios de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada de Educación;
p) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía.
q) Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía.

4. Comparecencia de la persona que asistirá a la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en el llenado de la solicitud de pasaporte y del formato que para tal efecto le proporcione la Embajada de México.

I. La asistencia en la toma de decisiones será ejercida por las siguientes personas quienes deberán acreditar el ejercicio de la tutela o su parentesco con el interesado, atendiendo a las siguientes consideraciones, según sea el caso:

a) Si la asistencia es ejercida por un tutor, éste deberá acreditar el ejercicio de la tutela mediante la entrega de una copia certificada por la autoridad competente de la resolución judicial que le confiere el cargo, del auto por el que causó ejecutoria o en el que se hizo constar la protesta y discernimiento del mismo.

En caso de que exista tutor, el ejercicio de la tutela y por tanto de la asistencia en el trámite por parte del tutor no es excusable bajo ninguna consideración.

b) A falta de tutor y en caso de que el usuario esté casado, podrá ejercerla el o la cónyuge.

Para acreditar tal vínculo, el o la cónyuge deberá entregar:

i. Una copia certificada del acta de matrimonio expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular.

ii. Una copia certificada del acta de acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad.

En su caso, deberá acreditar la imposibilidad del tutor de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, deberá entregar:

i. Por fallecimiento del tutor: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.

ii. Por inexistencia de la tutela, el o la cónyuge formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.

c) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor) y b (cónyuge) podrá ejercerla cualquiera de los padres del usuario.

Para acreditar su parentesco deberá entregar:

i. Una copia certificada del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud, expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular.

Asimismo, el padre o madre del usuario, deberá acreditar la imposibilidad del tutor y en su caso, cónyuge de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, el padre o madre del usuario deberá entregar:

i. Por fallecimiento del tutor o, en su caso, del cónyuge: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.

ii. Por de extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.

iii. Por inexistencia de la tutela o vínculo matrimonial: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.

d) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor) y b (cónyuge) y c (padres) podrá ejercerla cualquiera de los hijos del usuario, siempre y cuando sea mayor de edad.

Para acreditar su parentesco deberá entregar:

i. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular de su acta de nacimiento.

ii. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad.

Asimismo, el hijo de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, deberá acreditar la imposibilidad del tutor, padres y en su caso cónyuge del usuario para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, el hijo del usuario deberá entregar:

i. Por fallecimiento del tutor, padre y, en su caso, del cónyuge: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.

ii. Por de extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.

iii. Por inexistencia de la tutela, vínculo matrimonial, o padres: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.

e) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor) y b (cónyuge), c (padres) y d (hijos), podrán ejercerla cualquiera de los abuelos, hermanos o nietos, estos últimos dos siempre y cuando sean mayores de edad.

Para acreditar su parentesco deberá entregar:

i. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular de su acta de nacimiento.

ii. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil Consular del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad.

Asimismo, cualquiera de los abuelos, hermanos y, en su caso, nietos de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, deberá acreditar la imposibilidad de los padres y, en su caso, cónyuge e hijos, del usuario para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, el abuelo, hermano o nieto del usuario deberá entregar:

i. Por fallecimiento del tutor, padres y, en su caso, del cónyuge e hijos: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.

ii. Por extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.

iii. Por inexistencia de la tutela, vínculo matrimonial, hijos o padres: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.

f) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor), b (cónyuge), c (padres), d (hijos) y e (abuelos, hermanos o nietos), podrán ejercerla cualquiera de los bisabuelos, tíos, sobrinos y bisnietos, estos últimos tres siempre y cuando sean mayores de edad.

Para acreditar su parentesco deberá entregar:

i. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular de su acta de nacimiento.

ii. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad.

Asimismo, cualquiera de los bisabuelos, tíos, sobrinos, y en su caso bisnietos de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, deberá acreditar la imposibilidad de los padres, abuelos, hermanos, y en su caso, cónyuge, hijos o nietos, del usuario para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, deberá entregar:

i. Por fallecimiento del tutor, padres, abuelos, hermanos y, en su caso, del cónyuge, hijos y nietos: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.

ii. Por extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.

iii. Por inexistencia de la tutela, vínculo matrimonial, hijos, nietos, padres, abuelos o hermanos: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.

II. La persona que asista a la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad deberá identificarse, presentando para tal efecto original y copia en tamaño carta de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía, que deberá ser coincidente con el documento con el que está acreditando nacionalidad y filiación de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad

a) Pasaporte mexicano

b) Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación.

c) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad.

d) Carta de naturalización.

e) Certificado de nacionalidad mexicana.

f) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento.

g) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

h) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;

i) Cédula Profesional;

j) Título Profesional;

k) Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública;

l) Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.

 

5. Realizar el pago de derechos en efectivo, el cual deberá realizarse en rublos rusos al tipo de cambio vigente. 

INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER

Cuando la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Embajada de México en la Federación de Rusia está facultada para verificar la autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

Si todos los requisitos son cubiertos y no existen discrepancias en la información, el pasaporte será entregado en un plazo de aproximadamente, cuatro semanas.

 SUGERENCIAS

•  Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Embajada de México en la Federación de Rusia de manera gratuita, incluida la cita.

•  Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.

MENORES DE EDAD ADOPTADOS POR EXTRANJEROS ADOPCIÓN PLENA

 

1. Tramitar una cita a través del Sistema MEXITEL y en el día y hora de su cita deberán acudir personalmente a la Embajada de México en la Federación de Rusia el menor de edad acompañado por ambos adoptantes.

2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega del siguiente documento en original y copia*:

a. Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

3. Entregar copia certificada de la sentencia que contenga la resolución de adopción y el auto por el que causó ejecutoria, así como el permiso otorgado por el Instituto Nacional de Migración para el caso de adopciones internacionales plenas que no sean efectuadas bajo los términos de la Convención de la Haya sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional.

4. Acreditar identidad de la persona menor de edad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada de Educación;

b. Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c. Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;

d. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

e. Cédula de Identidad Personal;

f. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

h. Exclusivamente para personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a g), podrá entregar constancia del médico familiar o del pediatra en hoja membretada que contenga, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La constancia deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

*La copia fotostática debe ser en tamaño carta o A4, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.

5. Comparecencia de los adoptantes, presentando original y copia  del documento migratorio vigente con fotografía y firma del titular; en caso de que no la contenga, adicionalmente deberá presentar pasaporte extranjero vigente, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad.

 

6. Realizar el pago de derechos en efectivo, el cual deberá realizarse en rublos rusos al tipo de cambio vigente. 

 INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER

Cuando la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Embajada de México en la Federación de Rusia está facultada para verificar la autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

Si todos los requisitos son cubiertos y no existen discrepancias en la información, el pasaporte será entregado en un plazo de aproximadamente, cuatro semanas.

 SUGERENCIAS

•  Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Embajada de México en la Federación de Rusia de manera gratuita, incluida la cita.

•  Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.

REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DE PASAPORTES POR PRIMERA VEZ A MENORES DE EDAD ADOPTADOS POR MEXICANOS ADOPCIÓN SIMPLE O SEMIPLENA

1. Tramitar una cita a través del Sistema MEXITEL y en el día y hora de su cita deberán acudir personalmente a la Embajada de México en la Federación de Rusia el menor de edad acompañado según sea el caso, por ambos adoptantes, padre y adoptante o madre y adoptante.

2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega de los siguientes documentos en original y copia*:

a. Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

b. Copia certificada del acta de adopción expedida por la oficina del registro civil mexicano.

3. Entregar copia certificada de la sentencia que contenga la resolución de adopción y el auto por el que causó ejecutoria.

4. Acreditar identidad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada de Educación;

b. Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria o equivalente), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c. Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria o equivalentes), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;

d. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

e. Cédula de Identidad Personal;

f. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la familia (DIF); y

h. Exclusivamente para las personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a g), podrá entregar la constancia del médico familiar o del pediatra en hoja membretada que contenga, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La carta deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

5. Comparecencia, según sea el caso, de los adoptantes, padre y adoptante o madre y adoptante, presentando original y copia en tamaño carta* de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Pasaporte mexicano;

b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;

c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

d. Carta de naturalización;

e. Certificado de nacionalidad mexicana;

f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional liberada;

i. Cédula Profesional;

j. Título Profesional;

k. Carta de pasante;

l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;

m. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

n. Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía.; y

o. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

 

6. Realizar el pago de Derechos en efectivo, el cual deberá realizarse en rublos rusos de acuerdo con el tipo de cambio vigente. 

 INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER

Cuando la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Embajada de México en la Federación de Rusia está facultada para verificar la autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

Si todos los requisitos son cubiertos y no existen discrepancias en la información, el pasaporte será entregado en un plazo de alrededor de cuatro semanas.

 SUGERENCIAS

•  Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la  Embajada de México en la Federación de Rusia de manera gratuita, incluida la cita.

•  Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.

 

REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DE PASAPORTES POR PRIMERA VEZ A MENORES DE EDAD ADOPTADOS POR MEXICANOS ADOPCIÓN PLENA.

 1. Tramitar una cita a través del Sistema MEXITEL y en el día y hora de su cita deberán acudir personalmente a la Embajada de México en la Federación de Rusia el menor de edad acompañado según sea el caso, por ambos adoptantes, padre y adoptante o madre y adoptante.

2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega del siguiente documento en original y copia*:

a. Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

 

3. Acreditar identidad de la persona menor de edad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada de Educación;

b. Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c. Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;

d. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas todas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

e. Cédula de Identidad Personal;

f. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF); y

h. Exclusivamente para las personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a g), podrá entregar constancia del médico familiar o del pediatra en hoja membretada que contenga, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La carta deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

*La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hoja separada.

4. Comparecencia, según sea el caso, de los adoptantes, padre y adoptante o madre y adoptante, presentando original y copia  de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Pasaporte mexicano;

b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;

c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

d. Carta de naturalización;

e. Certificado de nacionalidad mexicana;

f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional liberada;

i. Cédula Profesional;

j. Título Profesional;

k. Carta de pasante;

l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;

m. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

n. Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía; y

o. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

5. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición de pasaporte.

6. Realizar el pago de Derechos en efectivo, el cual deberá realizarse en Rublos Rusos al tipo de cambio vigente. (Ver costos y vigencias)

 INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER

Cuando la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Embajada de México en la Federación de Rusia está facultada para verificar la autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

Si todos los requisitos son cubiertos y no existen discrepancias en la información, el pasaporte será emitido en un plazo de, aproximadamente, cuatro semanas.

 SUGERENCIAS

•  Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Embajada de México en la Federación de Rusia de manera gratuita, incluida la cita.

•  Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.

REQUISITOS PARA OBTENER PASAPORTE POR PRIMERA VEZ PARA MENORES DE EDAD

 

1. Tramitar una cita a través del Sistema MEXITEL y en el día y hora de su cita el menor de edad acompañado por ambos padres deberán acudir personalmente a la Embajada de México en la Federación de Rusia.

2. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos en original y copia*:

a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;

b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y

c) Carta de Naturalización.

3. Acreditar identidad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a) Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada de Educación.

b) Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

c) Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria, secundaria o equivalente), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada de Educación. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aunque el sello no cancele la fotografía.

d) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

e) Cédula de Identidad Personal;

f) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g) Carta de naturalización;

h) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF); y

j) Exclusivamente para personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a h), podrá entregar constancia del médico familiar, que atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional o equivalente. La constancia deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición..

4. Comparecencia de los padresquien ejerza patria potestad o tutela presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Pasaporte mexicano;

b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;

c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

d. Carta de naturalización;

e. Certificado de nacionalidad mexicana.;

f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;

i. Cédula Profesional;

j. Título Profesional;

k. Carta de pasante;

l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;

m. Para el caso de extranjeros deberá presentar pasaporte extranjero vigente;

o) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

p) Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aunque el sello no cancele la fotografía; y

q) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

 

5. Realizar el pago de Derechos en efectivo, el cual deberá realizarse en Rublos Rusos al tipo de cambio vigente. (Ver costos y vigencias)

INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER

Cuando la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Embajada de México en la Federación de Rusia está facultada para verificar la autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

Si todos los requisitos son cubiertos y no existen discrepancias en la información, el pasaporte será entrega en un plazo de alrededor de cuatro semanas.

SUGERENCIAS

•  Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Embajada de México en la Federación de Rusia de manera gratuita, incluida la cita.

•  Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.