Visa de Residente temporal por oferta de trabajo o unidad familiar autorizado por el INM
Descripción de este trámite
Visa que se otorga a una persona extranjera que pretende internarse a México para una estancia superior a 180 días y no mayor a 4 años.
¿A quién está dirigido?
Personas extranjeras que viajarán a México porque cuentan con una oferta de trabajo preautorizada con oficio de autorización (NUT) del Instituto Nacional de Migración (INM) y que su estancia vaya a ser superior a 180 días y no mayor a 4 años.
Personas extranjeras que viajarán a México porque cuentan con una solicitud de unidad familiar preautorizada con oficio de autorización (NUT) del Instituto Nacional de Migración (INM) y que su estancia vaya a ser superior a 180 días y no mayor a 4 años.
Requisitos:
I. Obtener una cita a través de la pagina web
II. Presentar el formato de solicitud de visa debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click Solicitud de Visa Español Solicitud de Visa Ingles
III. Pasaporte vigente, en original y copia;
IV. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser de 32 milímetros x 26 milímetros, con fondo blanco y de frente;
V. Original y copia del documento que acredite su legal residencia en Panamá, si la persona extranjera no es nacional de Panamá, y
VI. Copia simple del oficio de autorización de visa expedido por el Instituto Nacional de Migración (NUT).
Procedimiento para presentar la solicitud
1. Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
2. Solicite una cita para presentar su solicitud.
· Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través del sistema electrónico https://citas.sre.gob.mx.· Usted puede acceder al sistema de citas dando click en este enlace.
3. Acuda de manera personal el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada en los requisitos y realizar la entrevista consular. Deberá realizar en esa fecha el pago del trámite.
4. En caso de ser aprobado el trámite, se le darán las indicaciones para la entrega de su pasaporte y la visa.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Los trámites de visa mexicana en Panamá únicamente se realizan en la Sección Consular de la Embajada de México.
Costo del trámite y forma de pago
El pago por la recepción, estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización de la visa, se realiza el día de su cita.
El costo que hay que cubrir es de $ 48.00 USD.
Tiempo de respuesta y conclusión
De conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 20 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria y, siempre y cuando, durante la entrevista consular no se detecte una coincidencia en las listas de control migratorio, o que la persona está sujeta a una visita de verificación migratoria de su empleador en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.
El trámite concluye con la entrega de la visa que es estampada en su pasaporte.
Aspectos importantes a considerar
Hay aspectos particulares que debe tener en cuenta sobre este trámite. Revise la siguiente información de manera detallada:
· La documentación que sea presentada en otro idioma debe estar acompañada de su traducción oficial al español.
· El oficio de autorización NUT que expide el I.N.M. tiene una validez de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación, para que usted acuda a realizar la entrevista consular. Este plazo se interrumpe una vez que usted obtiene su cita en el sistema Mexitel.
· El oficio de autorización NUT que usted presente puede no ser aceptado y cancelarse debido a las siguientes situaciones:
* Algún dato contenido en el NUT no coincide con los plasmados en su pasaporte del solicitante de la visa.
* Usted presenta otro pasaporte del mencionado en el oficio NUT.
* Por exceder el plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de notificación del oficio de autorización al promovente.
* Por desistimiento de la persona promovente de la oferta de trabajo.
· En caso de que el oficio NUT sea cancelado, usted deberá informarlo a la persona promotora de la oferta laboral para que acuda al INM con la finalidad de que se expidan un nuevo NUT de autorización de visa.
· En caso de que no se cumplan con los requisitos aplicables, la oficina consular solicita la reconsideración de la autorización al INM dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere efectuado la entrevista correspondiente, lo cual se le informará el día de su cita.
· El INM procederá al análisis del informe de la entrevista y determinará lo conducente en un plazo no mayor a 7 días hábiles.
· La visa se expedirá exclusivamente cuando el INM emita la resolución definitiva a esa reconsideración y se haya comunicado oficialmente a la oficina consular.
· La visa que se expide tiene una vigencia máxima de 180 días para ser utilizada (contados a partir de la fecha de su emisión) para su ingreso a México.
· Una vez en México, usted debe tramitar la tarjeta de residente temporal ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los 30 días a su entrada al territorio mexicano. Al respecto, le sugerimos consultar este enlace.
· En el caso de negativa de la visa, no procederá el reembolso del pago realizado. Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise que su documentación esté completa.
Fundamento jurídico y privacidad de datos Ley de Migración que se puede consultar dando click en este enlace.
Reglamento de la Ley de Migración, que se puede consultar dando click en este enlace.
Lineamientos generales para la expedición de visas que emiten las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, que se pueden consultar dando click en este enlace.
Conozca los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales en el siguiente enlace: https://sre.gob.mx/avisos-de-privacidad
De conformidad con el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno de México, esta oficina consular brinda a todas las personas un trato digno, igualitario y sin distinción alguna, atendiendo a los principios, valores y reglas de integridad contenidas en ese Código, así como a las disposiciones legales aplicables.
Tenga presente que la atención favorable de un trámite conlleva, por una parte, el compromiso de esta oficina consular para otorgar un servicio oportuno y eficiente, y por otra, la corresponsabilidad de cada persona solicitante de conocer y cumplir los requisitos y procedimiento que debe seguir en la gestión que requiere realizar.
Contacto con la Embajada
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí
señalados, y por otra, del compromiso y obligación de la Embajada por otorgar una atención de calidad y eficiente.
¡Su opinión y valoración es muy importante para la Embajada! Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. O al Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
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