Visa de Residencia Temporal 

Aplica a las personas extranjeras que pretendan ingresar y permanecer en territorio nacional en la condición de estancia de Residente Temporal, por un periodo mayor a 180 días y no mayor a 4 años.

Información General del Trámite

  • Lugar de presentación: Oficinas Consulares de México.
  • Plazo máximo de resolución: Hasta 10 días hábiles.
  • Vigencia de la visa: Hasta 180 días (válida para una sola entrada).

Requisitos Generales

  1. Pasaporte o documento de identidad y viaje: Presentar original del documento válido y vigente conforme al derecho internacional.
  2. Acreditación de estancia legal: (Aplica únicamente si la solicitud se realiza en un país distinto al de su nacionalidad) Presentar original del documento que acredite la estancia legal.
  3. Pago de derechos: Por concepto de recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, expedición de la visa.

Requisitos Específicos (Acreditar alguno de los siguientes supuestos)

 

  1. Solvencia Económica
  • Inversiones o cuentas bancarias: Estado de cuenta original o documento electrónico con certificado digital que demuestre un saldo promedio mensual equivalente a 11,460 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), durante los últimos 12 meses; o
  • Empleo o pensión: Documentos originales comprobatorios de empleo o pensión de los últimos 6 meses, con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente a 680 días de UMA.
  1. Investigación Científica en Aguas Jurisdiccionales de México
  • Copia de la comunicación diplomática en la que se notifique que la SRE recibió las autorizaciones correspondientes para participar en proyectos de investigación o recolección de muestras, la cual debe detallar: datos del solicitante, razón social de la institución, descripción del proyecto y duración estimada.
  1. Invitación de una Organización o Institución Pública o Privada
  1. Carta responsiva original para realizar actividades no remuneradas, la cual debe incluir: datos del solicitante, razón social, número de registro oficial, objeto de la organización, domicilio, descripción de la actividad relacionada a sus fines, duración estimada, manifestación de responsabilidad solidaria de manutención y retorno, y copia de identificación oficial del firmante.
  2. Solvencia económica de la institución: Estado de cuenta (original o digital certificado) con saldo promedio mensual equivalente a 22,920 días de UMA durante los últimos 12 meses.

(Exención: Las instituciones y organizaciones públicas, así como las pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, están exentas de acreditar solvencia económica).

  1. Acreditación de capacidad: Documentos originales que demuestren la experiencia, conocimientos o habilidades para la actividad invitada.
  2. Si la institución no cubre los gastos: El solicitante deberá acreditar solvencia propia mediante inversiones (11,460 días de UMA/12 meses) o empleo/pensión (450 días de UMA/6 meses).
  1. Al amparo de un Instrumento Jurídico Internacional de Movilidad
  1. Escrito libre de candidatura presentado ante la oficina consular.
  2. Cumplimiento integral de las disposiciones del instrumento internacional correspondiente.
  1. Unidad Familiar
  1. Vínculo con titular de visa de Residencia Temporal o Residente Temporal Estudiante: Documento probatorio de vínculo (matrimonio, concubinato, hijo/padre), visa del titular y acreditación de solvencia económica para la manutención de cada familiar mediante inversiones/banco (220 días de UMA/12 meses) o ingresos/pensión (220 días de UMA/6 meses).
  2. Matrimonio o concubinato con titular de visa de Residente Permanente: Documento probatorio de vínculo, visa del titular y acreditación de solvencia económica (220 días de UMA en inversiones o ingresos).
  3. Vínculo con persona con condición de estancia de Residente Temporal o Residente Temporal Estudiante: Documento probatorio de vínculo y tarjeta de residencia vigente del titular. (En caso de vincularse con un estudiante, presentar constancia de estudios vigente).
  4. Matrimonio o concubinato con titular de condición de estancia de Residente Permanente: Acta de matrimonio/concubinato y Tarjeta de Residente Permanente vigente.
  5. Matrimonio o concubinato con persona de nacionalidad mexicana: Acta de matrimonio/concubinato y documento probatorio de la nacionalidad mexicana.
  1. Bienes Inmuebles en Territorio Nacional
  • Escritura pública original ante Fedatario Público que acredite la propiedad de bienes inmuebles en México con un valor superior al equivalente a 91,710 días de UMA.
  1. Inversionista
  1. Escritura o póliza otorgada ante Fedatario Público que acredite la participación en el capital social de una persona moral mexicana, por un monto efectivamente erogado superior a 45,850 días de UMA; o
  2. Documento original que acredite la propiedad de bienes muebles o activos fijos en México para fines empresariales por un valor superior a 45,850 días de UMA; y
  3. Documentación comprobatoria del desarrollo de actividades económicas o empresariales en territorio nacional (contratos, facturas, licencias o constancia del IMSS que acredite la contratación de al menos 3 trabajadores).

Criterios de Expedición y Disposiciones Importantes

  • Entrevista consular: La expedición de la visa está condicionada al resultado de la entrevista.
  • Canje obligatorio: La persona extranjera deberá tramitar ante el Instituto Nacional de Migración (INM), dentro de los 30 días naturales posteriores a su ingreso a México, la tarjeta de residencia correspondiente.
  • Asociaciones Religiosas: Los ministros de culto o asociados religiosos deberán presentar carta responsiva de la asociación. En caso de presentar anuencia de SEGOB, quedan exceptuados de los requisitos de solvencia y capacidad de la institución.
  • Limitación en vínculos conyugales: En ningún caso se expedirá visa para más de un cónyuge o concubino/a, salvo acreditación documental de la disolución legal del vínculo previo.
  • Notificación de cambios: El residente está obligado a notificar a la autoridad migratoria cualquier cambio de estado civil, nacionalidad, domicilio o lugar de trabajo dentro de los 90 días posteriores a que ocurra dicho evento.
  
                         

VISAS     


Visa de turismo 

 Visa de Estudiante  

 Visa de Residente Temporal por Oferta de Trabajo autorizado por el INM 

 Pago de Derechos