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Visa de Residencia Temporal
Aplica a las personas extranjeras que pretendan ingresar y permanecer en territorio nacional en la condición de estancia de Residente Temporal, por un periodo mayor a 180 días y no mayor a 4 años.
Información General del Trámite
- Lugar de presentación: Oficinas Consulares de México.
- Plazo máximo de resolución: Hasta 10 días hábiles.
- Vigencia de la visa: Hasta 180 días (válida para una sola entrada).
Requisitos Generales
- Pasaporte o documento de identidad y viaje: Presentar original del documento válido y vigente conforme al derecho internacional.
- Acreditación de estancia legal: (Aplica únicamente si la solicitud se realiza en un país distinto al de su nacionalidad) Presentar original del documento que acredite la estancia legal.
- Pago de derechos: Por concepto de recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, expedición de la visa.
Requisitos Específicos (Acreditar alguno de los siguientes supuestos)
- Solvencia Económica
- Inversiones o cuentas bancarias: Estado de cuenta original o documento electrónico con certificado digital que demuestre un saldo promedio mensual equivalente a 11,460 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), durante los últimos 12 meses; o
- Empleo o pensión: Documentos originales comprobatorios de empleo o pensión de los últimos 6 meses, con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente a 680 días de UMA.
- Investigación Científica en Aguas Jurisdiccionales de México
- Copia de la comunicación diplomática en la que se notifique que la SRE recibió las autorizaciones correspondientes para participar en proyectos de investigación o recolección de muestras, la cual debe detallar: datos del solicitante, razón social de la institución, descripción del proyecto y duración estimada.
- Invitación de una Organización o Institución Pública o Privada
- Carta responsiva original para realizar actividades no remuneradas, la cual debe incluir: datos del solicitante, razón social, número de registro oficial, objeto de la organización, domicilio, descripción de la actividad relacionada a sus fines, duración estimada, manifestación de responsabilidad solidaria de manutención y retorno, y copia de identificación oficial del firmante.
- Solvencia económica de la institución: Estado de cuenta (original o digital certificado) con saldo promedio mensual equivalente a 22,920 días de UMA durante los últimos 12 meses.
(Exención: Las instituciones y organizaciones públicas, así como las pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, están exentas de acreditar solvencia económica).
- Acreditación de capacidad: Documentos originales que demuestren la experiencia, conocimientos o habilidades para la actividad invitada.
- Si la institución no cubre los gastos: El solicitante deberá acreditar solvencia propia mediante inversiones (11,460 días de UMA/12 meses) o empleo/pensión (450 días de UMA/6 meses).
- Al amparo de un Instrumento Jurídico Internacional de Movilidad
- Escrito libre de candidatura presentado ante la oficina consular.
- Cumplimiento integral de las disposiciones del instrumento internacional correspondiente.
- Unidad Familiar
- Vínculo con titular de visa de Residencia Temporal o Residente Temporal Estudiante: Documento probatorio de vínculo (matrimonio, concubinato, hijo/padre), visa del titular y acreditación de solvencia económica para la manutención de cada familiar mediante inversiones/banco (220 días de UMA/12 meses) o ingresos/pensión (220 días de UMA/6 meses).
- Matrimonio o concubinato con titular de visa de Residente Permanente: Documento probatorio de vínculo, visa del titular y acreditación de solvencia económica (220 días de UMA en inversiones o ingresos).
- Vínculo con persona con condición de estancia de Residente Temporal o Residente Temporal Estudiante: Documento probatorio de vínculo y tarjeta de residencia vigente del titular. (En caso de vincularse con un estudiante, presentar constancia de estudios vigente).
- Matrimonio o concubinato con titular de condición de estancia de Residente Permanente: Acta de matrimonio/concubinato y Tarjeta de Residente Permanente vigente.
- Matrimonio o concubinato con persona de nacionalidad mexicana: Acta de matrimonio/concubinato y documento probatorio de la nacionalidad mexicana.
- Bienes Inmuebles en Territorio Nacional
- Escritura pública original ante Fedatario Público que acredite la propiedad de bienes inmuebles en México con un valor superior al equivalente a 91,710 días de UMA.
- Inversionista
- Escritura o póliza otorgada ante Fedatario Público que acredite la participación en el capital social de una persona moral mexicana, por un monto efectivamente erogado superior a 45,850 días de UMA; o
- Documento original que acredite la propiedad de bienes muebles o activos fijos en México para fines empresariales por un valor superior a 45,850 días de UMA; y
- Documentación comprobatoria del desarrollo de actividades económicas o empresariales en territorio nacional (contratos, facturas, licencias o constancia del IMSS que acredite la contratación de al menos 3 trabajadores).
Criterios de Expedición y Disposiciones Importantes
- Entrevista consular: La expedición de la visa está condicionada al resultado de la entrevista.
- Canje obligatorio: La persona extranjera deberá tramitar ante el Instituto Nacional de Migración (INM), dentro de los 30 días naturales posteriores a su ingreso a México, la tarjeta de residencia correspondiente.
- Asociaciones Religiosas: Los ministros de culto o asociados religiosos deberán presentar carta responsiva de la asociación. En caso de presentar anuencia de SEGOB, quedan exceptuados de los requisitos de solvencia y capacidad de la institución.
- Limitación en vínculos conyugales: En ningún caso se expedirá visa para más de un cónyuge o concubino/a, salvo acreditación documental de la disolución legal del vínculo previo.
- Notificación de cambios: El residente está obligado a notificar a la autoridad migratoria cualquier cambio de estado civil, nacionalidad, domicilio o lugar de trabajo dentro de los 90 días posteriores a que ocurra dicho evento.
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VISAS
Visa de turismo
Visa de Estudiante
Visa de Residente Temporal por Oferta de Trabajo autorizado por el INM
Pago de Derechos
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