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Si no eres residente en Panamá, consulta la siguiente información: da click aquí

 

 

AVISO AL PÚBLICO

 

Los ciudadanos y ciudadanas panameñas NO requieren visado para ingresar a México para realizar actividades de turismo, negocios o cualquier actividad no remunerada por un periodo menor a 180 días.

 

 

Lista de países y regiones que requieren visa para viajar a México:

http://www.inm.gob.mx/index.php/page/Paises_Visa

 

Lista de países y regiones que NO requieren visa para viajar a México

http://www.inm.gob.mx/index.php/page/Paises_No_Visa

 

 No requieren visa mexicana para ingresar con una temporalidad menor a 180 días, en calidad de turista, las siguientes personas:

a) Portadores de visa vigente y válida de Canadá, Estados Unidos, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y cualquiera de los países del Espacio Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República, Checa, Suecia, Suiza).

b) Residentes permanentes de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen, así como los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú).

c) Portadores de Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México.

d) Portadores de Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba.

e) Portadores de Libreta de mar, si es miembro de la tripulación de la embarcación que arriba a puerto mexicano en travesía internacional. Si el tripulante arriba por vía área para enrolarse en un buque surto en puerto nacional, deberá presentar además de la libreta de mar, documento que acredite su enrolamiento, los datos de la embarcación y el puerto mexicano en el que esta se encuentra.

  

Todas las citas consulares para el trámite de la visa en sus diversas modalidades se deberá hacer a través del Sistema de citas: 

https://citas.sre.gob.mx.

 

NOTA IMPORTANTE: 

Para el trámite de visas autorizadas por el Instituto Nacional de Migración (INM) se deberá hacerlo en el apartado de: VISAS CON PERMISO DEL INM. 

Para el trámite de visas por las modalidades de turismo o algún otro tipo de modalidad se deberá agendar la cita en el apartado de: VISAS SIN PERMISO DEL INM. 

 

NO SE ACEPTARÁN CITAS AGENDADAS EN EL APARTADO DE CERTIFICADOS, LEGALIZACIONES Y VISADOS DEL SISTEMA DE CITAS, ya que estos últimos se refieren a Visados a Certificado de Análisis; Visado a Certificado de Tránsito de Restos y a Certificado de Embalsamamiento;  Visado a Certificado de Libre Venta; y Visado a Certificado Médico.   

 

Estimado solicitante de VISA SIN PERMISO o VISA CON PERMISO, si ya creaste tu cuenta y al ingresar al portal de  https://citas.sre.gob.mx/  no te despliega el trámite correspondiente, te aparecerá la siguiente ventana y significa que las citas se han agotado. Se sugiere no continuar  y esperar a que se habilite nuevamente el calendario del mes siguiente. Las nuevas citas se dan a conocer a fines del mes en curso.   

 

 

 

 

 

Toma nota de que el sistema elimina automáticamente la opción de VISAS en el portal https://citas.sre.gob.mx/  cuando los cupos se agotan, por lo que no se puede agendar cita hasta que se abra nuevamente la opción.  Deberá estar atento a los últimos días de cada mes para que pueda agendar su cita consular.  

Si tienes alguna duda, escribe al siguiente correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.