Personas no residentes en Panamá
Si alguna persona extranjera NO RESIDENTE EN PANAMÁ decide solicitar visa mexicana en la Embajada de México en Panamá debe cumplir previamente los requisitos establecidos en la normatividad vigente, entre ellos acreditar su legal estancia en Panamá.
Si la persona extranjera solicitante de visa mexicana no es residente temporal o permanente en Panamá y, por lo tanto, no está debidamente acreditada en este país con el Carné de Identidad proporcionado por el Sistema Nacional de Migración del Gobierno de Panamá (https://www.migracion.gob.pa/) y desea realizar su solicitud en la Embajada de México en Panamá, deberá considerar los siguientes aspectos:
1. Si los documentos que la persona solicitante presente para acreditar los requisitos exigidos por la ley mexicana provienen de un país distinto al de Panamá, deberá OBLIGATORIAMENTE presentar dichos documentos debidamente legalizados por la Embajada de México del país de origen del solicitante o apostillados por las autoridades respectivas del gobierno del país de origen del solicitante, en caso de que este país sea Estado Contratante de la Convención de la Haya (Convención de la Apostilla).
2. En ambos casos y derivado de la verificación de la documentación presentada, la respuesta a la solicitud de visa demorara más tiempo, por la espera de la respuesta sobre la verificación de los documentos.
3. En el caso de los estados de cuenta bancarios presentados por los solicitantes de visa expedidos por instituciones financieras de terceros países, únicamente se aceptara que el último de los estados de cuenta, tenga una antigüedad máxima de 30 días en relación con la fecha en la que se presenta la solicitud de visa.
4. Por otra parte, se deberá tener en consideración que el único medio para poder programar cita en las oficinas consulares de México en el extranjero, incluyendo la Embajada de México en Panamá, es a través del Portal de Programación de Citas en la dirección electrónica https://citas.sre.gob.mx., el cual se encuentra disponible las 24 horas los 365 días del año, ofreciendo a los interesados programar sus citas en igualdad de condiciones, sin favorecer a individuos en particular y de manera totalmente gratuita.
5. Dicho portal puede presentar saturación, dificultando la programación de las citas debido a la gran demanda de personas
que desean obtener algún trámite y/o servicio de manera simultánea.
6. Cabe mencionar que, el portal únicamente mostrará habilitados los días de atención y la cantidad de citas con la leyenda “disponibles”; por lo que cualquier otro día que se muestre en blanco o no contenga lo anteriormente mencionado no permitirá registro alguno.