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ATENCIÓN: ¡En México sólo se consideran mascotas a perros y gatos!!

La admisión de especies animales a México es competencia del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA); por lo tanto, la información que se presenta a continuación es exclusivamente de caracter referencial. Los interesados deberán establecer contacto con las autoridades competentes para conocer el detalle de los requisitos y del procedimiento que deben seguir: https://www.gob.mx/senasica

Antes de viajar a México el interesado deberá obtener un certificado de buena salud del animal, mismo que debe contener los siguientes elementos:

  • Ser expedido por un médico veterinario oficialmente reconocido por la autoridad competente. El certificado debe expedirse en papel membretado, y debe contener el número de cédula profesional (o su equivalente) del veterinario tratante en forma impresa, o bien incluir una fotocopia de la misma;
  • Incluir nombre y dirección del exportador (en país de origen o procedencia) y del importador (dirección de destino en México), así como los datos de identificación de la mascota;
  • Especificar fecha de aplicación de la vacuna contra la rabia y vigencia de la misma (quedan exentos los animales menores de 3 meses de edad);
  • Indicar que en la inspección previa al viaje el animal se encontró clínicamente sano;
  • Asegurar que la mascota fue sometida a un tratamiento preventivo contra parásitos internos y externos dentro de los seis meses previos a su traslado, y que al momento de su inspección se encontraba libre de parásitos externos.

Se recomienda consultar el Módulo de consulta de requisitos para la importación de mercancías zoosanitarias.

Si se dispone de una cartilla de vacunación, es aconsejable llevarla a fin de mostrarla a las autoridades sanitarias a su llegada a México. También es aconsejable que los documentos se presenten acompañados de una traducción al español.

Al llegar a México deberá acercarse a la Oficina de Inspección de Sanidad Agropecuaria (OISA), a fin de que las autoridades verifiquen que la descripción establecida en el certificado de salud coincida con su mascota (sexo, raza, color), y realicen una inspección física para comprobar el estado de salud y constatar que se encuentre libre de parásitos externos.

Tome en cuenta que si durante la verificación documental, las autoridades detectan que en el certificado de salud no se señala alguno de los requisitos mencionado en los  puntos anteriores, podrán pedirle contactar a un médico veterinario zootecnista de su confianza para que aplique los tratamientos faltantes. En este último caso, los costos que se generen correrán a cargo del interesado.

De igual manera, si durante la inspección física se detecta que la mascota no está libre de parásitos externos, se requerirá que un médico veterinario particular aplique el tratamiento correspondiente, con cargo al importador.

Una vez que se hayan cumplido con los requisitos establecidos, el personal oficial de la OISA, elaborará el Certificado Zoosanitario para Importación, previo pago de los derechos correspondientes.

 


Ligas de interés:

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Recuerde que el cumplimiento de las regulaciones establecidas por SENASICA no le exime del cumplimiento de requisitos de la aerolínea o de otras autoridades en el punto de ingreso a México.

Arribar al país sin los documentos apropiados podrá significar que el animal permanezca en la Oficina de Inspección Sanitaria hasta que un médico veterinario lo revise y certifique su estado de salud y aplique la vacuna antirrábica y el tratamiento preventivo parasiticida para continuar con el trámite. Esto puede ocasionar contratiempos y costos que deberá asumir el dueño de la mascota.