Visa de residencia permanente para jubilados (que hayan llegado a la edad legal de jubilación) o pensionados
Esta visa de residencia permanente es aplicable para personas jubiladas que han cumplido con la edad legal de jubilación o pensionados por jubilación. Esta visa NO puede ser solicitada por personas que se retiraron por su propia voluntad antes de la edad legal de jubilación ni por comerciantes que cerraron sus propios negocios.
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud ( Descargar aquí )
- Pasaporte válido y vigente con una copia a color.
- Para personas no japonesas: visa japonesa válida o Zairyu Card con una copia a color.
- Una fotografía a color (3×4 cm), de frente, sin lentes y en fondo blanco.
- Acreditar solvencia económica (una de las siguientes opciones):
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalente al menos a MXP 5,576,000 en cada uno de los últimos doce meses. Podrá presentar:
- Libreta original del banco con una copia de cada página; o
- Estado de cuenta bancario en el que se aprecien los movimientos de retiro y depósito (NO únicamente el saldo a final del mes). Este documento deberá llevar el sello oficial del banco.
- Constancia de pensión equivalente al menos a MXP 139,400 en cada uno de los últimos seis meses. Debe de presentar:
- Constancia de la pensión que recibe mensualmente en hoja membretada, con el sello oficial y la firma autógrafa de la persona que elaboró el documento.
- Una copia de identificación de la persona que elaboró el documento.
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalente al menos a MXP 5,576,000 en cada uno de los últimos doce meses. Podrá presentar:
- Programación de cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Favor de enviar:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Tipo de visa que solicita
- Teléfono de contacto en Japón
- Tres opciones de fecha para su cita
- Para personas no japonesas: pago de derechos consulares (el pago es por el trámite). https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite.
- No se aceptan estados de cuenta bancarios electrónicos impresos en hoja blanca. Si éstos están expedidos de manera electrónica, deberán de venir acompañados del sello del banco en original.
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o Japón, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir documentos complementarios.
- Tome en cuenta que las cantidades de solvencia económica en pesos cambian cada año.
- No es posible que el solicitante se presente acompañado de un intérprete. La entrevista se realizará en japonés, español o inglés.
- No se regresan los documentos entregados para solicitar la visa mexicana.
- Esta embajada tiene derecho a negar la solicitud de visa a la persona incluso si trae los requisitos completos. La autorización de la visa queda a decisión de la Embajada.