Visa de residencia permanente para jubilados (que hayan llegado a la edad legal de jubilación) o pensionados
Esta visa de residencia permanente es aplicable para personas jubiladas que han cumplido con la edad legal de jubilación o pensionados por jubilación. Esta visa NO puede ser solicitada por personas que se retiraron por su propia voluntad antes de la edad legal de jubilación ni por comerciantes que cerraron sus propios negocios.
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud ( Descargar aquí )
- Pasaporte válido y vigente con una copia a color.
- Para personas no japonesas: visa japonesa válida o Zairyu Card con una copia a color.
- Una fotografía a color (3×4 cm), de frente, sin lentes y en fondo blanco.
- Acreditar solvencia económica (una de las siguientes opciones):
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalente al menos a MXP 5,576,000 en cada uno de los últimos doce meses. Podrá presentar:
- Libreta original del banco con una copia de cada página; o
- Estado de cuenta bancario en el que se aprecien los movimientos de retiro y depósito (NO únicamente el saldo a final del mes). Este documento deberá llevar el sello oficial del banco.
- Constancia de pensión equivalente al menos a MXP 139,400 en cada uno de los últimos seis meses. Debe de presentar:
- Constancia de la pensión que recibe mensualmente en hoja membretada, con el sello oficial y la firma autógrafa de la persona que elaboró el documento.
- Una copia de identificación de la persona que elaboró el documento.
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalente al menos a MXP 5,576,000 en cada uno de los últimos doce meses. Podrá presentar:
- Programación de cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Favor de enviar:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Tipo de visa que solicita
- Teléfono de contacto en Japón
- Tres opciones de fecha para su cita
- Para personas no japonesas: pago de derechos consulares (el pago es por el trámite). https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite.
- No se aceptan estados de cuenta bancarios electrónicos impresos en hoja blanca. Si éstos están expedidos de manera electrónica, deberán de venir acompañados del sello del banco en original.
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o Japón, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir documentos complementarios.
- Tome en cuenta que las cantidades de solvencia económica en pesos cambian cada año.
- No es posible que el solicitante se presente acompañado de un intérprete. La entrevista se realizará en japonés, español o inglés.
- No se regresan los documentos entregados para solicitar la visa mexicana.
- Esta embajada tiene derecho a negar la solicitud de visa a la persona incluso si trae los requisitos completos. La autorización de la visa queda a decisión de la Embajada.
Visa de residencia permanente para familiares por consanguinidad de persona extranjera titular de tarjeta de residencia permanente
Esta visa de residencia permanente es aplicable para: 1) Padres; 2) Hermanos solteros menores de edad; y 3) Hijos solteros menores de edad de personas extranjeras titulares de tarjeta de residencia permanente. Para cónyuge de persona extranjera titular de tarjeta de residencia permanente, favor de verificar el inciso “9. Visa de residencia temporal para familiares de persona extranjera titular de tarjeta de residencia temporal o cónyuge de persona extranjera titular de tarjeta de residencia permanente” .
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud ( Descargar aquí )
- Presentarse personalmente con la persona titular de la tarjeta de residencia mexicana. Tratándose de menores de edad, ambos padres deben acompañarle.
- Pasaporte válido y vigente del solicitante con una copia a color.
- Para personas no japonesas: visa japonesa válida o Zairyu Card con una copia a color.
- Una fotografía a color (3×4 cm), de frente, sin lentes y en fondo blanco.
- Tarjeta de residencia mexicana del familiar con una copia a color.
- Documento para comprobar la filiación con el titular de tarjeta de residencia mexicana (acta de nacimiento o acta de matrimonio) y su identificación vigente.
- Programación de cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Favor de enviar:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Tipo de visa que solicita
- Teléfono de contacto en Japón
- Tres opciones de fecha para su cita
- Para personas no japonesas: pago de derechos consulares (el pago es por el trámite). https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite.
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o Japón, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir documentos complementarios.
- No es posible que el solicitante se presente acompañado de un intérprete. La entrevista se realizará en japonés, español o inglés.
- No se regresan los documentos entregados para solicitar la visa mexicana.
- Esta embajada tiene derecho a negar la solicitud de visa a la persona incluso si trae los requisitos completos. La autorización de la visa queda a decisión de la Embajada.
Visa de residencia permanente para familiares de mexicano por consanguinidad
Esta visa de residencia permanente es aplicable para padres, hermanos e hijos (solteros, menores de edad y que no tengan derecho a la nacionalidad mexicana) de mexicanos. Para los cónyuges de persona mexicana, favor de verificar los requisitos del inciso “10. Visa de residencia temporal para cónyuge de mexicanos” .
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud ( Descargar aquí )
- Presentarse personalmente con el familiar mexicano. Tratándose de menores de edad, ambos padres deben acompañarle
- Pasaporte válido y vigente del solicitante con una copia a color
- Para personas no japonesas: visa japonesa válida o Zairyu Card con una copia a color
- Una fotografía a color (3×4 cm), de frente, sin lentes y en fondo blanco
- Probatorio de nacionalidad del familiar mexicano (acta de nacimiento o de naturalización) y su identificación mexicana (pasaporte, INE, etc.) con una copia a color
- Para hermanos de mexicanos: Acta de nacimiento del solicitante para comprobar la filiación con el hermano mexicano
- Programación de cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Favor de enviar:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Tipo de visa que solicita
- Teléfono de contacto en Japón
- Tres opciones de fecha para su cita
- Para personas no japonesas: pago de derechos consulares (el pago es por el trámite). https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite.
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o Japón, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir documentos complementarios.
- No es posible que el solicitante se presente acompañado de un intérprete. La entrevista se realizará en japonés, español o inglés.
- No se regresan los documentos entregados para solicitar la visa mexicana.
- Esta embajada tiene derecho a negar la solicitud de visa a la persona incluso si trae los requisitos completos. La autorización de la visa queda a decisión de la Embajada.
Visa de residencia permanente para familiares por consanguinidad de persona extranjera titular de visa de residente permanente
Esta visa de residencia permanente es aplicable para: 1) Padres; 2) Hermanos solteros menores de edad; y 3) Hijos solteros menores de edad de personas extranjeras titulares de visa de residencia permanente. Para los cónyuges de persona extranjera titular de visa de residencia permanente, favor de verificar el inciso “8. Visa de residencia temporal para familiares de persona extranjera titular de visa de residencia temporal o cónyuge de persona extranjera titular de visa de residencia permanente” .
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud ( Descargar aquí )
- Presentarse personalmente con el familiar titular de visa mexicana. Tratándose de menores de edad, ambos padres deben acompañarle.
- Pasaporte válido y vigente del solicitante con una copia a color
- Para personas no japonesas: visa japonesa válida o Zairyu Card con una copia a color
- Una fotografía a color (3×4 cm), de frente, sin lentes y en fondo blanco
- Pasaporte con la visa mexicana válida y vigente del familiar con una copia a color.
- Documento para comprobar la filiación con el titular de visa mexicana (acta de nacimiento o acta de matrimonio).
- Acreditar solvencia económica del titular de visa (una de las siguientes opciones):
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalente al menos a MXP 27,880 (por persona, en caso de familias) en cada uno de los últimos doce meses. Podrá presentar:
- Libreta original del banco con una copia de cada página; o
- Estado de cuenta bancario en el que se aprecien los movimientos de retiro y depósito (NO únicamente el saldo a final del mes). Este documento deberá llevar el sello oficial del banco.
- Constancia de ingresos equivalente al menos a MXP 27,880 (después de descontar impuestos, por persona en caso de familias) en cada uno de los últimos seis meses. Debe de presentar:
- Constancia de salario impresa en hoja membretada. Se debe incluir la antigüedad del trabajador, así como el sello oficial de la empresa y la firma autógrafa de la persona que elaboró el documento. Aquí puede consultar un ejemplo de carta ( Descargar aquí );
- Copia de identificación de la persona que elaboró el documento.
- Estados de cuenta bancarios con un saldo promedio mensual equivalente al menos a MXP 27,880 (por persona, en caso de familias) en cada uno de los últimos doce meses. Podrá presentar:
- Programación de cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Favor de enviar:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Tipo de visa que solicita
- Teléfono de contacto en Japón
- Tres opciones de fecha para su cita
- Para personas no japonesas: pago de derechos consulares (el pago es por el trámite). https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o Japón, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir documentos complementarios.
- No es posible que el solicitante se presente acompañado de un intérprete. La entrevista se realizará en japonés, español o inglés.
- No se regresan los documentos entregados para solicitar la visa mexicana.
- Esta embajada tiene derecho a negar la solicitud de visa a la persona incluso si trae los requisitos completos. La autorización de la visa queda a decisión de la Embajada.
Visa de residencia temporal para cónyuge de mexicanos
Esta visa de residencia temporal es aplicable para cónyuge de persona mexicana. Esta visa permite estancias mayores a 180 días y hasta por 4 años. Esta visa no autoriza al solicitante para realizar actividades remuneradas en México a menos que solicite directamente al Instituto Nacional de Migración un permiso de trabajo.
Los requisitos para este trámite son:
- Solicitud ( Descargar aquí )
- Presentarse personalmente con cónyuge mexicano
- Pasaporte válido y vigente del solicitante con una copia a color
- Para personas no japonesas: visa japonesa válida o Zairyu Card con una copia a color
- Una fotografía a color (3×4 cm), de frente, sin lentes y en fondo blanco
- Copia certificada de acta de matrimonio
- Probatorio de nacionalidad del cónyuge mexicano (acta de nacimiento o de naturalización) y su identificación mexicana (pasaporte, INE, etc.) con una copia a color
- Programación de cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Favor de enviar:
- Nombre completo
- Nacionalidad
- Tipo de visa que solicita
- Teléfono de contacto en Japón
- Tres opciones de fecha para su cita
- Para personas no japonesas: pago de derechos consulares (el pago es por el trámite). https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares
Notas
- El pago de derechos consulares se hace por cada solicitud de visa. El pago no es reembolsable, aunque se niegue el trámite.
- Si los documentos fueron emitidos en un país distinto a México o Japón, deberán de venir apostillados o legalizados por la Embajada de México correspondiente.
- Es necesario traducir los documentos si están en un idioma distinto al español o el inglés.
- Esta visa tiene una vigencia de 180 días a partir de su emisión y es válida por una sola entrada.
- El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.
- Cada trámite es distinto, por lo que se podrá pedir documentos complementarios.
- No es posible que el solicitante se presente acompañado de un intérprete. La entrevista se realizará en japonés, español o inglés.
- No se regresan los documentos entregados para solicitar la visa mexicana.
- Esta embajada tiene derecho a negar la solicitud de visa a la persona incluso si trae los requisitos completos. La autorización de la visa queda a decisión de la Embajada.
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