Persona física

Los requisitos para este trámite son:

  1. Solicitud (Descargar aquí): Le recomendamos consultar la propuesta de texto en la segunda hoja de solicitud con un abogado, notario mexicano o la institución ante la cual vaya a presentarse el poder
  2. Pasaporte o una identificación oficial con fotografía que incluya la firma del solicitante(s)
  3. Copia de identificación del(los) apoderado(s)
  4. Enviar escaneados los documentos descritos anteriormente a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Una vez que se confirmen los documentos se les responderá con la fecha de la cita
  5. Presencia física del solicitante
  6. Pago de derechos: https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares

Cuando los solicitantes no hablan o entienden limitadamente el español, se requiere adicionalmente:

  1. Solicitud de interprete (Descargar aquí)
  2. Pasaporte vigente del intérprete

Notas:

  • Las personas que no hablen o entiendan limitadamente el español deben ser acompañados por un intérprete (idioma materno-español).
  • Si una persona casada bajo el régimen de sociedad conyugal desea otorgar un poder que incluya actos de administración y/o dominio, será necesario que su cónyuge otorgue su autorización. El poder no surtirá efectos a menos de que tenga la autorización de ambos cónyuges.
  • Después de la firma del poder, se acordará con el poderdante la entrega del testimonio en la fecha más próxima.
  • Cada trámite es distinto por lo que los requisitos podrían variar.