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APOSTILLA O LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS

No, la Embajada NO APOSTILLA

La apostilla de documentos oficiales, tales como Actas de Nacimiento, Matrimonio, Certificados de Antecedentes penales, Documentación Académica, Títulos, Calificaciones, entre otros, es realizada por la autoridad competente del país que expide el documento. En México, la autoridad que apostilla es la Secretaría de Gobernación. Para mayor información, consulte: 

https://www.gob.mx/tramites/ficha/apostilla-de-documentos/SEGOB3000

 

CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

La Embajada de México NO expide las Constancias de Datos Registrales o Antecedentes No Penales, sin embargo coadyuva a integrar el expediente que debe presentarse en las dependencias en México.

Solicitar solicitar apoyo con la integración del expediente escriba al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

Una vez que la Embajada reciba su solicitud de cita, le informará vía electrónica o telefónica sobre la fecha y hora de su cita.

Ver los requisitos (pulsar aquí).

 

CITAS CONSULARES

Las citas NO se asignan vía telefónica.

Para obtener una cita debe ingresar al portal de Internet Mexitel.

Si es la primera vez es necesario crear un usuario eligiendo la opción embajadas y consulados. Ver guía (pulsar aquí). 

Procedimiento para crear cuenta en Mexitel:

  • Nombre y apellidos
  • Números  telefónicos
  • Elegir la Opción (Mexitel, Embajadas y Consulados)
  • Digitar una contraseña (diferente a del correo persona), la  cual debe contener: por lo menos una mayúscula, una minúscula y un número u otros caracteres que no sean letras.

Al completarse el formulario Mexitel envía automáticamente un correo electrónico de confirmación. No es necesario que la persona solicitante confirme su asistencia a la cita. 

Las citas son GRATUITAS. La Embajada no tiene ninguna relación con oficinas de viajes, ni con ningún intermediario.

Los día 15 de cada mes, o el primer día hábil después de esa fecha las citas se habilitan mes por mes.

Cuando no hay disponibilidad en el mes en curso o se encuentran agotadas, es necesario esperar la apertura de citas del mes siguiente.

También se recomienda ingresar al portal de Internet  Mexitel constantemente por si existiera disponibilidad por cancelación.

 

La Embajada no asigna citas consulares, no las adelanta, ni cuenta con la opción de citas urgentes o extraordinarias. 

  

La presentación de un boleto de avión a México y/o reserva de hospedaje NO dan preferencia para adelantar la cita para la entrevista consular ni para la entrega de documentación, tampoco acelera el procesamiento de una solicitud de visa.

Consulte el sistema de citas MEXITEL periódicamente, para tomar el espacio de alguna eventual cancelación.

Se recomienda no comprar pasajes aéreos antes de obtener la visa.

 

No, las citas, entrevistas, expedientes y visas,  son individuales, por lo que se requiere que cada solicitante presente su propia documentación en original. 

 

Ver guía (pulse aquí).

 

FORMULARIOS

 

LICENCIA DE CONDUCIR

Respecto a la licencia de conducir mexicana, el único trámite que puede hacer la Sección Consular, es cotejar original y copia.

 

REGISTRO CIVIL

 

Es necesario agendar una cita a través del portal de MEXITEL, para la revisión de la documentación necesaria.

Verifique los requisitos para realizar el registro ingresando a en: Registro civil

 

VISAS

Sí, los nacionales dominicanos requieren de visa mexicana. Para saber que otras nacionalidades SI requiere visa mexicana pulse aquí.

Nacionalidades que NO requiere visa mexicana pulse aquí.

Sí, todos los viajeros que vayan a otro país a través de México (sólo por tránsito) deberán solicitar visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas. Los nacionales dominicanos requieren de visa mexicana, a menos de que cuenten con visa valida y vigente de otros países para mayor información pulse aquí

Solo los ciudadanos de los Países y regiones que a continuación se muestran (pulse aquí) pueden hacerlo sin obtener visa mexicana.

La solicitud de visa la debe presentar en la Oficina Consular mexicana en su país natal o en el país de su residencia permanente.

Si usted es residente permanente o temporal en República Dominicana podrá presentar su solicitud de visa en esta Embajada cumpliendo con:

  • Probar legal estancia (tarjeta de residencia);
  • Probar solvencia económica con cuentas bancarias en República Dominicana;
  • Cualquier otro documento que sea expedido por otro país diferente a la República Dominicana deberá estar apostillado

Para saber los requisitos pulse aquí.

Una vez que reúna todos los requisitos, programe una cita a través de la página de Internet MEXITEL. Se sugiere ver el tutorial de uso de MEXITEL pulsar aquí. La cita es GRATUITA.

Otros tipos de visa.- Solicitar información a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando la nacionalidad, fecha y objeto de viaje, temporalidad deseada y medios de subsistencia.

Nota: La visa no garantiza la internación a territorio nacional. La internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en el punto de entrada, las que podrán verificar en todo momento los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables en el filtro de revisión migratoria.

Para los nacionales dominicanos la Visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas (Para: Turismo, negocios, cursos, actividades deportivas, etc.) es GRATUITA.

Otros tipos de visas y nacionalidades tienen costo consulta en: Tarifas

Existe una facilidad migratoria y las autoridades migratorias NO requerirán visa mexicana a extranjeros que sean:

  • Titulares de visa válida y vigente (*) de Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y cualquiera de los países del Espacio Schengen; o 
  • Residentes permanentes en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, cualquiera de los países del Espacio Schengen, así como los países miembros de la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia y Perú).

Siempre y cuando la estancia en México sea para realizar cualquiera de las siguientes actividades: turismo, tránsito, negocios (como la asistencia a juntas, visitas de supervisión, capacitación o asesorías en México), ejercicio de los ministros de culto, trabajos técnicos en empresas, actividades filantrópicas, deportivas, artísticas y transporte de mercancías (sin recibir pago en México); así como recibir tratamientos médicos, asistir a ferias y/o conferencias. (Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas hasta por 180 días)

(*) La facilidad migratoria que permite ingresar a territorio mexicano con visa válida y vigente de los países indicados, implica que ésta sea vigente durante la fecha de entrada y estancia. Se aplica el mismo criterio respecto al pasaporte. Sin embargo, la decisión sobre el ingreso corresponde a  la autoridad migratoria. 

En caso de que pueda beneficiarse de estas facilidades, se sugiere que establezca previo contacto con la compañía aérea con la que desea viajar para conocer si le permitirá abordar sin visa y presentando únicamente su pasaporte válido y vigente, y alguno de los documentos antes mencionados. 

No existe trámite de renovación; sin embargo, podrá tramitar una nueva visa reuniendo los requisitos correspondientes (actualizados).

 

No, las cartas de invitación de particulares son innecesarias y no exentan los requisitos de trámite de visa. 

La solvencia económica se comprueba con la siguiente documentación:

  • Carta de empleo (timbrada, con RNC, domicilio, teléfonos y sitio web);
  • Recibos de nómina de salario, expedidos por el empleador con datos fiscales (RNC);
  • Carta bancaria y estados de cuenta,  sellados por el banco. 

   Los estados de cuenta (número de meses) y balances, dependerá del tipo de trámite de visa solicitada. Consulte la tabla orientativa sobre equivalencia de balances bancarios que deberá presentar (pulsar aquí). 

Es un documento que expide una institución pública o privada con la cual se responsabiliza de la manutención durante la estancia en México, del retorno a su país de origen o de residencia, y el motivo de viaje sea para asistir eventos, capacitaciones técnicas u otras actividades NO remuneradas con relación a la institución que invita.

La carta deberá contener, sin excepción, los siguientes datos:  

  • Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
  • Denominación o razón social de la organización;
  • Número de registro oficial, según corresponda; RNC
  • Objeto de la organización o institución privada o pública;
  • Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
  • Información sobre la actividad que realizará y el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
  • Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
  • El compromiso por escrito de hacerse cargo del transporte aéreo, alojamiento, alimentación, manutención y otros gastos de la persona extranjera durante su estancia en México y fecha de RETORNO a su país de origen o de residencia.

Ver modelo de carta responsiva (pulsar aquí)

La carta debe tener firma autografa e ir acompañada de copia de la identificación de quien la firma. Los nombres, apellidos y la firma deben coincidir fielmente con los que aparecen en el ID o Pasaporte.

Ver modelo (pulsar aquí)

Nota:

La carta debe tener firma en autografa e ir acompañada de copia de la identificación de quien la firma. Los nombres, apellidos y la firma deben coincidir fielmente con los que aparecen en el ID o Pasaporte.

La carta deber ir acompañada de los siguientes documentos a fin de acreditar solvencia económica:

Originales de los últimos 12 estados de cuenta bancarios de la empresa, consecutivos y anteriores a la fecha de la presente, sellados por el banco, y que muestren el saldo promedio de cada mes. 

Carta del banco indicando el saldo promedio, firmada por el funcionario del banco.

Una vez presentada la solicitud de visado (previa cita) con la documentación de manera completa y satisfactoria en la Sección Consular de la Embajada de México, la normativa vigente dispone que se cuenta con un plazo máximo de hasta diez días hábiles para resolver el trámite.  Conforme al artículo Décimo Cuarto los plazos de expedición de visa, establecidos en la Ley, no se aplicarán en el caso en que algún trámite de solicitud de visa se encuentre pendiente de resolución a consecuencia de tener una coincidencia en las listas de control migratorio o estar sujeto a una visita de verificación migratoria para comprobar la veracidad de la oferta de empleo, la existencia del promovente o demás información proporcionada por el solicitante; o ubicarse en el supuesto establecido en la fracción V del Artículo 43 de la Ley. 

La autoridad migratoria podrá allegarse de los medios de prueba que estime conveniente para mejor proveer. En caso de duda sobre la legitimidad de los datos o documentos presentados podrá solicitar opinión de las autoridades competentes, o bien pedir al extranjero solicitante de visa la información o datos que se requieran, sin que ello implique solicitar requisitos adicionales a los previstos en la Ley de Migración, su Reglamento, los presentes Lineamientos y demás disposiciones jurídicas aplicables.  

El plazo para la utilización de una visa mexicana, dependerá del tipo de visa aprobada.

La visa de turismos es de 180 días a partir de su expedición.

El ingreso y tiempo de estancia en México dependerá de la autoridad migratoria en el punto de internación.

La temporalidad de estancia en México es determinada por la autoridad migratoria en el puerto de internación. El plazo máximo puede ser de 180 días.

No, no se necesita comprar tarjeta de turista al ingresar a México.

Es recomendable tener un seguro de viaje.

 

Con original y copia de acta legalizada de nacimiento o de matrimonio e identificación oficial (con fotografía) de la persona con la que está probando el vínculo familiar. 

En el caso de niñas, niños, adolescentes o personas que se encuentren sujetas a tutela jurídica, el formato de solicitud de visa debe ser firmado por ambos padres o por quien ejerza la patria potestad o tutela EN PRESENCIA del funcionario consular.

Adicional a los requisitos generales del tipo de visa  debe presentar documentación en original y copia:

  • Acta de nacimiento del menor
  • Identificaciones oficiales (pasaporte, cédula o credencial) con fotografía de ambos padres.
  • Demostrar solvencia económica de uno o ambos los padres mediante constancia(s) de empleo, carta(s) consular y estados de cuentas bancarios sellados en original por el banco de los últimos cuatro meses.
  • En caso de hermanos cada uno necesita original y copia de los documentos para su solicitud. Los trámites consulares son independientes uno del otro.

Si el padre o madre no se presentan físicamente a la oficina consular para obtener la visa para el menor solicitante, deberá presentar *original y copia de la autorización notarial certificada por la Procuraduría General de la República Dominicana por parte del otro progenitor en donde se haga constar su consentimiento para solicitar la visa mexicana y especificar el tipo de visa.

En el caso de niñas, niños o adolescentes cuya patria potestad sólo corresponda a uno de los padres por sentencia judicial, deberá presentarse original y copia certificada del documento oficial que así lo determine. Cuando se trate de un documento otorgado en un tercer país, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con traducción cuando se trate de idioma distinto al español.

Cuando acudan con un tercero mayor de edad, deben presentar documento otorgado ante fedatario público o por autoridad que tenga facultad para ello en el que conste la autorización de ambos padres o de quienes ejerzan sobre ellos la patria potestad o la tutela, para que le sea tramitada una visa mexicana y en su caso, expedirla.

  • Los poderes notariales certificado por la Procuraduría General de la República Dominicana de progenitores ausentes deberán autorizar expresamente a solicitar visa para la persona interesada ante la Embajada de México, indicando el nombre de la persona adulta que solicita el trámite, y en su caso, con quien tenga previsto viajar.
  • Los poderes notariales certificados por la Procuraduría General de la República Dominicana deberán ser recientes, con una antigüedad no mayor de tres meses (90 días) a la fecha de presentar la solicitud autorizando al representante del menor a solicitar la visa que corresponda.

 
 

Presentar el ticket con el número de trámite, así como la cédula original. En caso de los menores de edad, presentar una copia del acta de nacimiento del menor y copia de la identificación del padre/madre/tutor.

Los números de trámite disponibles para retirar se encuentra publicado en esta página web (pulsar aquí).

 

No, la entrega del pasaporte y la visa es personal.

Una vez aprobada la visa, el número de trámite es publicado en la página web (pulse aquí), y tendrá 10 días hábiles para recogerlo.

Para la entrega es necesario presentar el ticket con número de trámite y su cédula original. En caso de los menores de edad, presentar una copia del acta de nacimiento del menor y copia de la identificación del padre/madre/tutor.

 

Nota:

La atención al público es con previa cita únicamente. Todas las citas se obtienen exclusivamente por el sistema MEXITEL. Es muy importante que el día de su cita se presente con TODOS los requisitos del trámite que realizará.

Para consultar los requisitos específicos de su trámite, lo invitamos a revisar la opción “Sección Consular” de esta página. Si después de haber leído el apartado correspondiente a su trámite tiene alguna duda puntual, puede enviar un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.