VISA PARA PERSONAS EXTRANJERAS

(información general)

 

Citas

Los trámites consulares son personalísimos y se realizan en la Embajada de México ante la Santa Sede. Es necesario contar con una cita y presentarse exactamente el día y la hora previstos. No es posible el ingreso de personas que no cuenten con una cita ni tampoco de acompañantes.

 

Solicitud de cita consular

  • Por teléfono (+39) 06-323-0360.
  • Por correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

Horario

De lunes a viernes, de 10:00 a.m. a 2:00 p.m. (excepto días feriados).

 

Visas

Las visas en pasaportes extranjeros le permiten presentarse en un puerto de ingreso a México (aéreo, terrestre o marítimo) y solicitar ingresar a territorio mexicano, en distintas modalidades (visitante, residente temporal o residente permanente).

 

Costos (para cualquier tipo de visa)

Febrero de 2025: €52.15 

 

I. No se requiere visa

Nacionales o residentes permanentes en el Vaticano o en Italia, por lo general, no requiere visa para ingresar a México, siempre y cuando su estancia será menor a 180 días, no realizará ninguna actividad remunerada y cumple alguna de las siguientes condiciones:

  1. Contar con pasaporte italiano o vaticano vigente.
  2. Contar con pasaporte vigente de alguno de los países de la lista que puede consultar en el siguiente enlace: http://www.inm.gob.mx/index.php/page/Paises_No_Visa.
  3. Contar con residencia permanente (sin importar su nacionalidad) en el Vaticano, en Italia o en alguno de los países del espacio Schengen de la Unión Europea, en alguno de los países miembros de la Alianza del Pacífico, en Estados Unidos de América, Canadá, Japón o el Reino Unido.
  4. Contar con una visa válida y vigente de Canadá, Japón, Estados Unidos de América, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte o cualquiera de los países que integran el espacio Schengen de la Unión Europea.
  5. Contar con nacionalidad de Rusia, Turquía o Ucrania y gestionar una autorización electrónica (AE), la cual tiene una vigencia de 30 días y es válida para una sola entrada. Para mayor información de este tipo de casos revisar el siguiente enlace: https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/sistema-de-autorizacion-electronica-sae.

 

II. Sí se requiere visa

  • Si usted no cumple con las condiciones arriba señaladas y es una persona con nacionalidad y pasaporte de alguno de los países enlistados en el siguiente enlace, SÍ necesita visa para su próximo viaje a México: https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/paises-requieren-visa-para-mexico/.
  • Si el motivo de su viaje a México es tener una estancia mayor a 180 días o realizar una actividad por la cual recibirá una remuneración económica en el país  requiere visa.

 

III. Actividades que se pueden desarrollar en México sin visa

Por una estancia menor a 180 días.

  • Tránsito de viaje hacia un tercer país.
  • Negocios (como la asistencia a juntas, visitas de supervisión, capacitación, asesorías o trabajos técnicos en México por las que no recibirán remuneración en México).
  • Actividades relacionadas con el ejercicio de los ministros de culto.
  • Corresponsalías de un medio de comunicación (prensa), aunque requiere un permiso especial para ingresar equipo tecnológico.
  • Actividades filantrópicas, artística o deportivas.
  • Transporte de mercancías.
  • Atención de tratamientos médicos.
  • Asistencia a ferias y conferencias.
  • Realización de estudios menores a 180 días.

 

IV. Requisitos para el ingreso a México

  1. Presentar pasaporte vigente. No se exige un periodo determinado de vigencia, pero el pasaporte debe estar vigente por el periodo de la estancia y a la fecha de la salida de México.
  2. Presentar la forma migratoria múltiple (FMM) que se obtiene a bordo en el avión, en el mismo punto de entrada, o en línea en el siguiente enlace de internet: https://www.inm.gob.mx/fmme/publico/solicitud.html.
  3. Presentar boleto de avión de salida de México.
  4. Comprobar el motivo de su viaje, mediante alguno de los siguientes documentos:
    1. Reservación de hotel, boletos de regreso (itinerario), boletos de tours (itinerario).
    2. Carta en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera es empleada y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrá por cuenta de la empresa.
    3. Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva.
    4. Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días (original).
  5. En su caso, proporcionar a la autoridad migratoria otra información que se le requiera.

 

Nota: si usted es una persona extranjera que requiere visa para su ingreso a México, deberá presentarla junto con la documentación que le solicite la autoridad migratoria mexicana en el punto de entrada al país.

 

Vacunas: la normativa vigente no requiere que los extranjeros lleven alguna vacuna. 

Visas para residentes temporales

Visa para residentes temporales

si la estancia es mayor a 180 días y hasta cuatro años

(incluidos personas ministras de culto y asociados religiosos que realizan actividades sin fines de lucro)

 

REQUISITOS 

 

I. Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia.

II. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente.

III. Original y copia del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa.

IV. Carta de invitación.

En ORIGINAL, carta membretada de la congregación religiosa en México que mencione que invita a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener, sin excepción, los siguientes datos:

  • Nombre completo de la persona solicitante y nacionalidad.
  • Denominación o razón social de la organización.
  • Número de registro oficial, según corresponda.
  • Objeto de la organización o institución privada o pública.
  • Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución.
  • Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita.
  • Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará.
  • El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia.
  • Copia de identificación oficial vigente con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.

 

V. Acreditar que cuenta con recursos financieros mediante alguna de las siguientes opciones:

 a) Estados de cuenta bancario. Si la estancia es mayor a 180 días, la organización o institución privada que invita deberá presentar original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a (diez mil días de salario mínimo vigente para la Ciudad de México), durante los últimos doce meses. Dichos comprobantes deben estar a nombre de la entidad que invita.

 b) Carta anuencia*. Se exenta del requisito anterior a quien presente original y copia de la anuencia que otorga la Secretaría de Gobernación para internarse como extranjero en calidad de miembro de una asociación religiosa o ministro de culto.

 

VI. Carta declaratoria de la casa general de la congregación (por ejemplo, en Roma) que acredite que el solicitante cuenta con experiencia, capacidad, habilidad o conocimientos necesarios para desarrollar actividades de asociado religioso o ministro de culto, mencionando el tiempo que tiene la persona interesada de formar parte en la congregación a la que pertenece. Dicha carta deberá ser legalizada ante la Secretaría de Estado del Vaticano, escrita en español o acompañada de una traducción simple al español.

 

VII. Concertar cita y cubrir el pago de derechos correspondiente.

 

 

Una vez en México la persona extranjera deberá tramitar, dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio nacional, la tarjeta de residencia que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional

 

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*Para mayor información sobre cómo solicitar la carta de anuencia, puede consultar los enlaces de la Secretaría de Gobernación:

 

https://www.gob.mx/tramites/ficha/anuencia-u-opinion-favorable-para-ministros-de-culto-y-asociados-religiosos-de-origen-extranjero/SEGOB891

 

https://www.gob.mx/segob/acciones-y-programas/anuencia-u-opinion-favorable-para-ministros-de-culto-y-asociados-religiosos-de-origen-extranjero

 

 

Subdirección de Atención a Asociaciones Religiosas. Número telefónico: (+52) 55 5128-0000 ext. 3689. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

NOTA: Se solicita a la persona interesada considerar en la planeación de su viaje que el proceso para solicitar la anuencia puede tomar varias semanas.

Visas para visitantes

Visa para visitantes a México

si la estancia es menor a 180 días

(incluidos personas ministras de culto y asociados religiosos que realizan actividades sin fines de lucro)

 

 

 

REQUISITOS

I. Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia.

II. Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente.

III. Original y copia del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa.

IV. Carta invitación.

En ORIGINAL, carta membretada de la congregación religiosa en México que mencione que invita a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener, sin excepción, los siguientes datos:

    • Nombre completo de la persona solicitante y nacionalidad.
    • Denominación o razón social de la organización.
    • Número de registro oficial, según corresponda.
    • Objeto de la organización o institución privada o pública.
    • Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución.
    • Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita.
    • Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará.
    • El compromiso de hacerse cargo de la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia.
    • Copia de la identificación oficial vigente con firma y fotografía de quien suscriba la carta responsiva.

 

V. Acreditar que cuenta con recursos financieros mediante:

 a) Estados de cuenta bancario. La organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a mil días de salario mínimo vigente para la Ciudad de México, durante los últimos doce meses, si la estancia es menor a 180 días.

 b) Carta anuencia*. Se exenta del requisito anterior a quien presente original y copia de la anuencia que otorga la Secretaría de Gobernación para internarse como extranjero en calidad de miembro de una asociación religiosa o ministro de culto.

 

VI. Carta declaratoria o de soporte de la casa general de la congregación (por ejemplo, Roma) que acredite que el solicitante cuenta con experiencia, capacidad, habilidad o conocimientos necesarios para desarrollar actividades de asociado religioso o ministro de culto, mencionando el tiempo que tiene la persona interesada de formar parte en la congregación a la que pertenece. Dicha carta deberá ser legalizada ante la Secretaría de Estado del Vaticano, escrita en español o acompañada de una traducción simple al español.

 

VII. Concertar cita y cubrir el pago de derechos correspondiente.

 

 

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*Para mayor información sobre cómo solicitar la carta de anuencia puede consultar los enlaces de la Secretaría de Gobernación:

 

https://www.gob.mx/tramites/ficha/anuencia-u-opinion-favorable-para-ministros-de-culto-y-asociados-religiosos-de-origen-extranjero/SEGOB891

 

https://www.gob.mx/segob/acciones-y-programas/anuencia-u-opinion-favorable-para-ministros-de-culto-y-asociados-religiosos-de-origen-extranjero

 

Subdirección de Atención a Asociaciones Religiosas. Número telefónico: (+52) 55 5128-0000 ext. 36891. Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

 

NOTA: Se solicita a la persona interesada considerar en la planeación de su viaje que el proceso para solicitar la anuencia puede tomar varias semanas.