La Sección Consular de la Embajada se localiza en 12 Hayes Street, St. Clair, Puerto España, Trinidad y Tobago. Horario de atención al público: de 9:00 am a 1:30 pm.
 
La Sección Consular está autorizada para expedir pasaportes con vigencias de 1 y 3 años, solamente, así como para recibir la documentación requerida para la expedición en la SRE México de pasaportes con vigencias de 6 y 10 años.
 
Para mayor información sobre estos trámites, por favor comunicarse a la Sección Consular al teléfono (868) 622 1422, extensión 229.
 

–  POR PRIMERA VEZ.

–  CANJE.

REPOSICION POR ROBO O EXTRAVIO.

 PERMISO DE VIAJE A MENORES DE EDAD.

 

 

POR PRIMERA VEZ

 

 

Mayores de edad

 

1.  Comparecer personalmente.

2.  Llenar la solicitud OP-5, la cual se obtiene en la Sección Consular.

3. Acta de nacimiento mexicana. En caso de que el interesado haya sido registrado extemporáneamente –después del tercer año de nacido–, deberá presentar documentación complementaria.

4.  Identificación oficial vigente con fotografía.

5. Para el trámite de pasaportes con vigencias de 6 y 10 años, presentar dos fotografías a color tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm), de frente, sin anteojos, rostro descubierto, fondo blanco, tomadas con una anterioridad no mayor de 30 días.

6.  Pago de derechos en dólares trinitarios (ver tarifas consulares).

 

 

 

Menores de edad

 

De acuerdo con el artículo 28 del Reglamento de Pasaportes, la vigencia del pasaporte ordinario para menores de tres años de edad será por 1 año; para mayores de tres años y menores de dieciocho años de edad, será hasta por 6 años; para mayores de dieciocho años de edad, el pasaporte ordinario podrá tener una vigencia hasta por 10 años.

 

 

1.  Los padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela, deberán comparecer personalmente con el menor.

2.  Llenar la solicitud OP-5 y el formato OP-7/I, los cuales se obtiene en la Sección Consular.

3. Acta de nacimiento mexicana. En caso de que el interesado haya sido registrado extemporáneamente –después del tercer año de nacido–, deberá presentar documentación complementaria.

4.  Identificación oficial vigente de ambos padres (de comparecer ambos). El padre o tutor ausente podrá remitir su autorización (OP-7/II) a través de la Delegación de la SRE u oficina consular más cercana a su domicilio.

5.  Identificación oficial vigente del menor de edad.

6.  Para el trámite del pasaporte con vigencia de 6 años, presentar dos fotografías a color tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm), de frente, sin anteojos, rostro descubierto, fondo blanco, tomadas con una anterioridad no mayor de 30 días.

7.  Pago de derechos en dólares trinitarios (ver tarifas consulares).

 

 

 

CANJE

 

1.  Comparecer personalmente. En el caso de los menores de edad, deberán comparecer ambos padres o quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela.

2.  Llenar la solicitud OP-5, la cual se obtiene en la Sección Consular. En caso de menores de edad, los padres o tutores llenarán también la forma OP-7/I.

3.  Presentar el pasaporte que se desea renovar.

4.  Identificación oficial vigente con fotografía.

5. Para el trámite de pasaportes con vigencias de 6 y 10 años, presentar dos fotografías a color tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm), de frente, sin anteojos, rostro descubierto, fondo blanco, tomadas con una anterioridad no mayor de 30 días.

6.  Pago de derechos en dólares trinitarios (ver tarifas consulares).

 

 

 

Notas importantes:

 

-  De acuerdo con el Reglamento de Pasaportes, para el canje o renovación de pasaporte ordinario expedido en territorio nacional antes del año de 1995, y aquellos expedidos en cualquiera de las oficinas consulares mexicanas antes de 2006, los interesados deberán acreditar su nacionalidad mexicana e identidad mediante el Acta de Nacimiento y una identificación oficial vigente con fotografía.

 

-  En caso de que el pasaporte vencido tenga alguna anotación, se deberá cubrir el requisito en él indicado.

 

-  Si el solicitante obtuvo otra nacionalidad o pasaporte extranjero antes del 20 de marzo de 1998, deberá presentar la Declaración de Nacionalidad Mexicana.

 

 

 

REPOSICION POR ROBO O EXTRAVIO.

 

1.  Comparecer personalmente.

2.  Llenar la solicitud OP-5, la cual se obtiene en la Sección Consular.

3. Acta de nacimiento mexicana. En caso de que el interesado haya sido registrado extemporáneamente –después del tercer año de nacido–, deberá presentar documentación complementaria.

4.  Presentar reporte de policía de la circunscripción por robo o extravío.

5.  Identificación oficial vigente con fotografía.

5. Para el trámite de pasaportes con vigencias de 6 y 10 años, presentar dos fotografías a color tamaño pasaporte (3.5 x 4.5 cm), de frente, sin anteojos, rostro descubierto, fondo blanco, tomadas con una anterioridad no mayor de 30 días.

6.  Pago de derechos en dólares trinitarios (ver tarifas consulares).

 

 

 

PERMISO DE VIAJE A MENORES DE EDAD (la forma OP-7).

 

La forma OP7 es el documento oficial mediante el cual los padres o tutores de un menor de edad autorizan la expedición de su pasaporte. El padre o tutor ausente podrá remitir su autorización (OP-7/II) a través de la Delegación de la SRE u oficina consular más cercana a su domicilio. La autorización deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales posteriores a la manifestación de la voluntad.

 

-  Si el menor NO se encuentra en Trinidad y Tobago, la Sección Consular remitirá la OP-7 a la Delegación de la SRE en México u oficina consular en la que se presentará el menor, acompañado de su padre, madre, tutor o de la persona que tenga la custodia.

 

Para tramitar la OP-7/II (autorización a distancia) en la Sección Consular de esta Embajada, el (los) interesado (s) deberá (n):

 

1.  Comparecer personalmente.

2.  Llenar y firmar la forma OP-7/II.

3.  Presentar identificación oficial vigente que contenga foto y firma del titular.

4.  Copia certificada del Acta de Nacimiento del menor, a fin de cotejar la filiación de los padres.

5.  Copia simple del padre o tutor que acompañará al menor de edad para la obtención de su pasaporte.

Este trámite no causa derechos consulares.

 


Si uno de los padres ha fallecido:


Se deberá presentar original y copia del acta de defunción. Si el acta no fue expedida en México deberá presentarse con la legalización o apostilla, según corresponda.


Si los padres están divorciados:


Si alguno de los padres o tutores ha perdido la patria potestad o la tutela, quien la ejerza en exclusiva deberá entregar copia certificada de la resolución judicial correspondiente y el auto por el que cause ejecutoria. Tratándose de resolución judicial expedida en el extranjero, para efectos de llevar a cabo este trámite en territorio nacional, ésta deberá ser homologada ante juez competente mexicano para que surta efectos legales en nuestro país.

 

Catálogo de trámites de pasaportes

 Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

 

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

 

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

 

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

 

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

 

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

 

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

 

SRE-01-020-G.

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

 

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

 

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

 

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

 

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K