PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE NO ESTEN EN POSIBILIDAD DE MANIFESTAR SU VOLUNTAD EN LA SOLICITUD
1. Tramitar una cita a través del Sistema MEXITEL y el día y hora de su cita la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud en compañía de una persona que le asista en el trámite, deberán acudir personalmente en el día y hora de su cita, a la Embajada de México en la Federación de Rusia
2. Presentar el pasaporte a renovar (original).
El pasaporte servirá como identificación, excepto en los casos en que exista variación de algún dato personal.
En caso de error o modificación de algún dato personal en el pasaporte, deberá entregar copia certificada de los documentos que comprueben dicha circunstancia otorgada por autoridad competente y presentar una identificación oficial que contenga los datos correctos o modificados.
3. Realizar el pago de derechos en efectivo, el cual deberá realizarse en rublos rusos de acuerdo con el tipo de cambio vigente.
4. Deberá acreditarse la nacionalidad mexicana e identidad en los siguientes casos:
a) Si su pasaporte fue expedido antes de 1995.
b) Si su pasaporte fue expedido en alguna Oficina Consular de México.
c) En caso de robo, pérdida o destrucción.
d) En caso de mutilación o por un deterioro notorio. El pasaporte deberá ser presentado y entregado en la Embajada de México en la Federación de Rusia, la persona que asista al interesado deberá llenar la forma correspondiente que se le proporcionará gratuitamente.
e) En caso de error o modificación de algún dato personal en el pasaporte. Deberá entregar copia certificada de los documentos que comprueben dicha circunstancia otorgada por autoridad
Si la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad se encuentra en algunos de los supuestos señalados, revise en la sección de Información Relevante, el apartado correspondiente a “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo".
En caso de robo, pérdida o destrucción del pasaporte deberá adicionalmente cumplir con lo siguiente:
a) Cuando el hecho ocurra en México, deberá levantar un acta ante el Ministerio Público o autoridad competente y entregarla en original a la Embajada de México en la Federación de Rusia, comunicándole a la vez y bajo protesta de decir verdad, el hecho y las circunstancias en que hubiera ocurrido a través de la forma que le será proporcionada.
b) Si el hecho ocurrió en el extranjero, entregará el acta levantada ante la autoridad competente del país y la oficina consular. La Embajada de México en la Federación de Rusia podrá requerirle que el acta esté legalizada o apostillada y traducida al español.
7. Comparecencia de la persona que asistirá a la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en el llenado de la solicitud de pasaporte y del formato que para tal efecto le proporcione La Embajada de México en la Federación de Rusia .
I. La asistencia en la toma de decisiones será ejercida por las siguientes personas, quienes deberán acreditar el ejercicio de la tutela o su parentesco con el interesado, atendiendo a las siguientes consideraciones, según sea el caso:
a) Si la asistencia es ejercida por un tutor, éste deberá acreditar el ejercicio de la tutela mediante la entrega de una copia certificada por la autoridad competente de la resolución judicial que le confiere el cargo, del auto por el que causó ejecutoria o en el que se hizo constar la protesta y discernimiento del mismo, acompañada de una copia simple para su compulsa y devolución del original.
En caso de que exista tutor, el ejercicio de la tutela y por tanto de la asistencia en el trámite no es excusable bajo ninguna consideración.
b) A falta de tutor y en caso de que el usuario esté casado, podrá ejercerla el o la cónyuge.
Para acreditar tal vínculo, el o la cónyuge deberá entregar:
i. Una copia certificada del acta de matrimonio expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular, acompañada de una copia simple para compulsa y devolución del original.
ii. Una copia certificada del acta de acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, acompañada de una copia simple para compulsa y devolución del original.
En su caso, deberá acreditar la imposibilidad del tutor de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, deberá entregar:
i. Por fallecimiento del tutor: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.
ii. Por inexistencia de la tutela, el o la cónyuge formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.
c) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor) y b (cónyuge) podrá ejercerla cualquiera de los padres del usuario.
Para acreditar su parentesco deberá entregar:
i. Una copia certificada del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud, expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular, acompañada de una copia simple para su compulsa y devolución del original.
Asimismo, el padre o madre del usuario, deberá acreditar la imposibilidad del tutor y en su caso, cónyuge de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, el padre o madre del usuario deberá entregar:
i. Por fallecimiento del tutor o, en su caso, del cónyuge: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.
ii. Por de extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.
iii. Por inexistencia de la tutela o vínculo matrimonial: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.
d) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor) y b (cónyuge) y c (padres) podrá ejercerla cualquiera de los hijos del usuario, siempre y cuando sea mayor de edad.
Para acreditar su parentesco deberá entregar:
i. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil Consular de su acta de nacimiento, acompañada de una copia simple para su compulsa y devolución del original.
ii. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil Consular del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, acompañada de una copia simple para su compulsa y devolución del original.
Asimismo, el hijo de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, deberá acreditar la imposibilidad del tutor, padres y en su caso cónyuge del usuario para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, deberá entregar:
i. Por fallecimiento del tutor, padre y, en su caso, del cónyuge: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.
ii. Por de extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.
iii. Por inexistencia de la tutela, vínculo matrimonial, o padres: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.
e) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor) y b (cónyuge), c (padres) y d (hijos), podrán ejercerla cualquiera de los abuelos, hermanos o nietos, estos últimos dos siempre y cuando sean mayores de edad.
Para acreditar su parentesco deberá entregar:
i. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular de su acta de nacimiento, acompañada de su compulsa y devolución del original.
ii. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil Consular del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, acompañada de su compulsa y devolución del original.
Asimismo, cualquiera de los abuelos, hermanos y, en su caso, nietos de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, deberá acreditar la imposibilidad de los padres y, en su caso, cónyuge e hijos, del usuario para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, el abuelo, hermano o nieto del usuario deberá entregar:
i. Por fallecimiento del tutor, padres y, en su caso, del cónyuge e hijos: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.
ii. Por extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.
iii. Por inexistencia de la tutela, vínculo matrimonial, hijos o padres: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.
f) A falta de las personas señaladas en los incisos a (tutor), b (cónyuge), c (padres), d (hijos) y e (abuelos, hermanos o nietos), podrán ejercerla cualquiera de los bisabuelos, tíos, sobrinos y bisnietos, estos últimos tres siempre y cuando sean mayores de edad.
Para acreditar su parentesco deberá entregar:
i. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular de su acta de nacimiento, acompañada de una copia simple para su compulsa y devolución del original.
ii. Una copia certificada expedida por la Oficina del Registro Civil o Consular del acta de nacimiento de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, acompañada de una copia simple para su compulsa y devolución del original.
Asimismo, cualquiera de los bisabuelos, tíos, sobrinos, y en su caso bisnietos de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad, deberá acreditar la imposibilidad de los padres, abuelos, hermanos, y en su caso, cónyuge, hijos o nietos, del usuario para asistir a éste último en su trámite. En ese contexto, y según sea el supuesto, deberá entregar:
i. Por fallecimiento del tutor, padres, abuelos, hermanos y, en su caso, del cónyuge, hijos y nietos: Una copia certificada del acta de defunción de cada uno.
ii. Por extinción del vínculo matrimonial: Una copia certificada del acta de divorcio.
iii. Por inexistencia de la tutela, vínculo matrimonial, hijos, nietos, padres, abuelos o hermanos: Formulará y firmará, de su puño y letra, una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste este hecho.
II. La persona que asista a la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad deberá identificarse, presentando para tal efecto original y copia en tamaño carta de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía, que deberá ser coincidente con el documento con el que está acreditando nacionalidad y filiación de la persona con discapacidad que no esté en posibilidad de manifestar su voluntad
a) Pasaporte mexicano
b) Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación
c) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad
d) Carta de naturalización
e) Certificado de nacionalidad mexicana
f) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
g) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral
h) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada
i) Cédula Profesional
j) Título Profesional
k) Carta de pasante expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública
l) Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores
INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER
Cuando la documentación o información presentada tenga inconsistencias o irregularidades, la Embajada de México en la Federación de Rusia está facultada para verificar la autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.
Si todos los requisitos son cubiertos y no existen discrepancias en la información, el pasaporte será entregado en un plazo de aproximadamente, cuatro semanas.
SUGERENCIAS
• Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Embajada de México en la Federación de Rusia de manera gratuita, incluida la cita.
• Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.