La Sección Consular atiende trámites al público previa cita en el horario de 9:00 a 13:00 hrs (lunes – viernes).

Para solicitar cita, favor de escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

 

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

 

El trámite de su pasaporte se lleva a cabo previa cita y puede durar alrededor de 45 minutos, sin embargo, la entrega del documento podría demorar hasta 8 semanas. Dado lo anterior, se le recomienda solicitar la renovación de su pasaporte con la anticipación necesaria, a fin de evitar contratiempos con viajes programados, trámites de visas, etc.

Para programar una cita escriba a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Su pasaporte puede ser renovado desde un año antes de su vencimiento o cuando se le terminen las páginas para visas.

REQUISITOS 

MAYORES DE 18 AÑOS

  1. Pasaporte a renovar o identificación oficial vigente

  2. Copia certificada del acta de nacimiento mexicana

  3. Pago de derechos: (Ver tabla de derechos


MENORES DE 18 AÑOS

Además de los requisitos a), b), y c),

  1. deberán presentarse acompañando al menor ambos padres con identificación oficial vigente (asegurándose de que los nombres en las identificaciones coinciden con los nombres en el acta de nacimiento del menor).

Previo cumplimiento de requisitos, la máxima vigencia del pasaporte para menores de 3 años será de 3 años y la vigencia máxima para menores de 18 años será de 6 años.

Para cualquier duda, escriba a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

Pasaportes Ordinarios al 100%

 

Temporalidad

Costo 2023 por la expedición de pasaporte ordinario en dólares estadounidenses.

  

Costo total del pasaporte de emergencia con el cobro adicional del 30%, en dólares estadounidenses.

 

1 año

$40.00

   

$52.00

 

3 años

$93.00

 

N/A

 

6 años

$126.00

 

N/A

 

10 años

$192.00

 

N/A

 

 

Pasaportes Ordinarios al 50% por ser adulto mayor de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agrícolas.

         
 

Temporalidad

Costo 2023 con el 50% para personas mayores de 60 años, con discapacidad comprobada y para trabajadores agricolas, en dólares estadounidenses.

 

Costo total del pasaporte al 50% con el cobro adicional del 30% por ser de emergencia, en dólares estadounidenses.

 

1 año

$20.00

 

$26.00

 

3 años

$46.50

 

N/A

 

6 años

$63.00

 

N/A

 

10 años

$96.00

 

N/A

 

Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER):

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

SRE-01-020-G. 

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K

 

Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.

 

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

 

  • El pasaporte ordinario tendrá una vigencia de 3 ó 6 años, de acuerdo a lo siguiente:

    • Será de 3 años para los menores de 3 años de edad;

    • Será de 3 ó 6 años para los mayores de tres años y menores de 18 años de edad.

 

Para solicitar pasaporte en la Sección Consular se requiere cita, para programar su cita escriba a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Recuerde que el trámite en la Sección Consular dura 45 minutos, sin embargo, la entrega del pasaporte puede tardar hasta 8 semanas, por lo que se le recomienda solicitarlo con la anticipación necesaria para evitar contratiempos.

 

Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER):

SRE-01-020-A

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A

SRE-01-020-B

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B

SRE-01-020-C

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C

SRE-01-020-D

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D

SRE-01-020-E

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E

SRE-01-020-F

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F

SRE-01-020-G. 

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años. 

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G

SRE-01-020-H

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H

SRE-01-020-I

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I

SRE-01-020-J

Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J

SRE-01-020-K

Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)

https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K

En la Sección Consular, previa cita, se puede registrar el nacimiento de mexicanos (hijos de padres o padre o madre mexicanos), a quienes se les puede también expedir copias certificadas de Actas de Nacimiento.

Para programar una cita escriba a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El registro del nombre en la Oficina Consular tendrá que sujetarse a las leyes mexicanas, es decir, asentando primero el apellido paterno y en segunda instancia el apellido de soltera de la madre (incluso el sufijo –ová aunque se trate de un varón). Si los padres desean conservar los apellidos originalmente asentados en el acta de nacimiento local, se recomienda llevar a cabo la inserción del acta de nacimiento local en alguna de las Oficinas del Registro Civil en México. Para mayor información se recomienda dirigirse a la Oficina de Registro Civil del Estado correspondiente.

Requisitos:

  • Acta de nacimiento local
  • Identificación de cada uno de los padres (al menos uno de los dos debe presentar identificación mexicana y acta de nacimiento mexicana o pasaporte)
  • Presentarse con dos testigos mayores de 18 años con identificación (preferentemente pasaporte)
  • Llenar solicitud

El registro de nacimiento es un servicio gratuito, así como la primera copia certificada. Si usted requiere más de una copia certificada deberá hacer el pago correspondiente por cada una de ellas (Ver tabla de Derechos)

 

Solicitud de registro de nacimiento 

A través de la Sección Consular de esta Embajada puedes obtener la Constancia de Antecedentes Penales Federales que expide la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Para solicitar la Constancia de Antecedentes Penales Federales en la Sección Consular se requiere cita, para programar su cita escriba a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 Estos son los requisitos:

  • Documento de la autoridad checa donde le requiere dicho certificado y el propósito
  • Pasaporte mexicano
  • CURP
  • Acta de nacimiento mexicana
  • Pago derechos (Ver tabla de Derechos)

 

La Sección Consular no hace el trámite de la Constancia Dde Datos Registrales; únicamente otorga una Carta de Solicitud del documento dirigida a la Fiscalía General de la Repúblicatoma las huellas decadactilares del interesado.

El trámite deberá continuarlo algún familiar del interesado en territorio nacional.

Para solicitar la Carta y la toma de huellas en la Sección Consular requiere se cita, para programar su cita escriba a:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 Solicitud para entregar requisitada y firmada el día de su cita.

 

REQUISITOS CONSTANCIA DATOS REGISTRALES ANTE FGR

  • Identificación oficial vigente con fotografía.
  • Comprobante de domicilio, con vigencia no mayor a tres meses (electricidad, agua, teléfono, banco, gas), a nombre de la persona interesada o de una persona familiar en vínculo directo como padre, madre, hermanas/os, hijas/os. Si el comprobante está en otro idioma, deberá presentarse traducido al español por un perito certificado en la materia; en caso de que se trate de cónyuges, se puede presentar el mismo comprobante, anexando copia de acta de matrimonio.
  • Cartilla o precartilla del servicio militar nacional (CSMN), constancia de aplazamiento de la incorporación al activo o excepciones del SMN (para varones mexicanos). En caso de residir en el extranjero y no tenerla, se puede tramitar en el consulado mexicano más cercano a su localidad; se aceptará, en este caso, la constancia de inscripción.
  • Forma migratoria múltiple o identificación que acredite su residencia legal en México. (solo para extranjeros)
  • Acta de nacimiento (legible). En caso de que corresponda presentar carta de naturalización. Si el acta de nacimiento se encuentra en otro idioma, deberá presentarse traducida al español por un perito certificado en la materia.
  • Dos fotografías a color sin retoque, tamaño pasaporte o filiación (tamaño 4.5 x 3.5 cm.), dos de frente y dos de perfil derecho, preferentemente que salga únicamente el rostro con fondo blanco, sin maquillaje, sin labios ni ojos pintados, sin lentes, sin aretes, sin piercing, sin barba, sin bigote, cabeza, frente y orejas descubiertas y sin portar prenda que impida la plena identificación de la persona y tomada con una anterioridad no mayor a 30 días a la solicitud de la constancia.​
  • Presentarse acompañado de dos testigos mayores de 18 años  con identificación (preferentemente pasaporte) para que firmen la carta poder. Proporcionar el domicilio de cada testigo.
  • Nombre y domicilio completos del familiar consanguíneo (preferentemente) que hará el trámite en México

 

La Sección Consular puede expedir el Certificado a la lista de menaje de casa a mexicanos, en la que previa comprobación, se indicará que el interesado estuvo residiendo por más de seis meses en el extranjero.

Para solicitar el Certificado de Menaje de Casa en la Sección Consular se requiere cita, para programar su cita escriba a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Requisitos:

  • Pasaporte mexicano vigente (o alguna otra identificación oficial vigente y copia certificada del acta de nacimiento mexicana)
  • Acreditar con documentos que demuestren que estableció su domicilio en el extranjero y que a la fecha de su solicitud ha radicado fuera del país por los últimos seis meses (original y copia), por ejemplo: - Recibos de pago de salarios o de servicios públicos; - Cartas de trabajo; - Contrato de arrendamiento; - Contrato de trabajo; - Estados de cuenta de tarjetas de crédito, de cheques u otra similar; - Licencia de conducir de la circunscripción consular o del país; - Certificado de Matrícula Consular de Alta Seguridad; - Constancias escolares; - Carta notariada del propietario del inmueble donde vivió.
  • Lista de menaje de casa firmada por el interesado, por cuadriplicado. La lista deberá contener una descripción detallada de los bienes que la integran y su cantidad. En el caso de los artículos eléctricos, se deberá indicar marca, modelo y número de serie. La lista del menaje de casa no comprenderá mercancías que hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales.
  • Manifestar el lugar donde establecerá su residencia en territorio nacional, no es necesario presentar documentos comprobatorios de su domicilio en México.
  • Cubrir los derechos correspondientes (ver tabla de Derechos)

  Solicitud de menaje de casa (mexicanos)

 

RECOMENDACIONES FINALES:

Tramitar el Certificado a Lista de Menaje de casa antes de enviar las pertenencias.

En todos los casos, se debe contratar a un agente aduanal para liberar las pertenencias del recinto fiscal, previo pago de los derechos que genere este servicio.

En el puerto de entrada a territorio nacional los importadores solicitarán a la autoridad aduanera, mediante agente aduanal, la franquicia de impuestos de su menaje de casa, debiendo exhibir el Certificado a Lista de Menaje de Casa.

Documentos mexicanos en la República Checa

¡La Sección Consular NO apostilla! Los documentos oficiales emitidos en México sólo pueden ser apostillados en México. Para mayor información sobre cómo obtener la Apostilla en México consulte la página de la Secretaría de Gobernación.

Documentos checos en México

En razón de que México forma parte de Convención de la Haya sobre apostilla, los documentos públicos checos que requieran surtir efectos en México, deberán ser apostillados en el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de documentos públicos expedidos por autoridades juiciales o notarios públicos la apostilla se hace en el Ministerio de Justicia. Una vez apostillados, los documentos tienen que ser traducidos por un perito traductor oficial en México.  La Embajada de la República Checa en México, podría proporcionarles información sobre traductores del checo-español que cuentan con la licencia de perito traductor en México.

 

 La siguiente información aplica solamente a los menores o personas bajo tutela jurídica, de nacionalidad mexicana y extranjeros que cuenten con la condición de estancia de Residente Permanente, Residente Temporal o Residente Temporal Estudiante en México, que viajen al extranjero, solos o en compañía de un tercero mayor de edad (no aplica si van acompañados de uno de sus padres). Todas las personas antes mencionadas, al salir del territorio nacional de México, tienen que presentar ante la autoridad migratoria uno de los siguientes documentos:

Documento notarial a través del cual quienes ejerzan la patria potestad o la tutela autorizan su salida del territorio nacional, otorgado ante fedatario público, o;

El documento emitido por Instituto Nacional de Migración en la página web: 

http://www.inm.gob.mx/index.php/page/autorizacion_menores

Si el trámite es positivo, permitirá que el interesado imprima tres tantos del formato. Se deberán anexar a cada uno de ellos, los siguientes documentos:

 

  • Copia del pasaporte o documento de identidad y viaje de la niña, niño o adolescente o persona bajo tutela jurídica,
  • Copia del pasaporte de ambos padres o personas que ejercen la patria potestad
  • Copia del acta de nacimiento del menor y,
  • En caso de viajar acompañado, copia del pasaporte de la persona con quien salga el menor.

 

Se puede obtener el documento y más información al respecto, en la siguiente página web:

http://www.inm.gob.mx/index.php/page/autorizacion_menores

¡No es para los menores que cuentan con una visa turística (hasta 180 días) o menores que no necesitan visa!

Para obtener una copia certificada del Acta de Nacimiento o Matrimonio emitida en México o en las Embajadas o Consulados de México, solicite una cita escribiendo a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

REQUISITOS:

  • Identificación oficial, vigente (pasaporte, IFE, licencia de conducir etc.)

  • CURP, si cuenta con ella o copia simple del acta solicitada

  • Llenar solicitud* solo en caso de que el acto haya sido realizado en México (descargar aquí )

Para programar una cita escriba al correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Requisitos:

  1. Programar una cita

  2. Presentar Identificación oficial vigente (preferentemente pasaporte)

  3. Presentar identificación vigente de pensionado o jubilado

  4. Una fotografía tamaño pasaporte, a color, fondo blanco, sin lentes y con una antigüedad no mayor a 30 días (pensionados o jubilados del IMSS no requieren fotografía)


Si tiene dudas o requiere mayor información sobre certificados de supervivencia, escriba al correo electrónico:  Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.