PODER NOTARIAL
Los poderes notariales se constituyen por el acto jurídico a través del cual el mandatario (apoderado) recibe la facultad para ejecutar por cuenta del mandante (poderdante) los actos jurídicos que éste le encarga.
Los poderes se clasifican en:
1. Poderes Generales.- Sirven para una serie indefinida de actos jurídicos y no se agotan con su uso. Pueden ser los siguientes:
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Poder General para Pleitos y Cobranzas.- Faculta al apoderado para representar al poderdante en juicios y efectuar cobros.
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Poder General para Actos de Administración.- Se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del mandante.
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Poder General para Actos de Dominio.- Faculta al apoderado para hipotecar, donar, comprar o vender bienes del poderdante.
2. Poderes Especiales.- Se otorgan para que el apoderado represente al poderdante únicamente en lo que se autoriza de manera expresa en el mandato, y se anula automáticamente una vez que se cumple con lo encomendado.
REQUISITOS PODER NOTARIAL
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Comparecer personalmente, previa cita. Para solicitar una cita escriba a Tato e-mailová adresa je chráněna před spamboty. Pro její zobrazení musíte mít povolen Javascript.
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Presentar identificación oficial vigente (preferentemente pasaporte)
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Solicitud debidamente requisitada y firmada. ( se le enviará al solicitar la cita)
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Si otorga un poder para actos de dominio, será conveniente presentar su acta de matrimonio.
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Si otorga un poder relacionado con alguna propiedad en México, favor de presentar un documento donde se acredite la dirección completa del inmueble.
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Pago de derechos
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Se le recomienda presentar una copia de la identificación del apoderado(a) a fin de que en el poder se escriba correctamente.