PODER NOTARIAL

Los poderes notariales se constituyen por el acto jurídico a través del cual el mandatario (apoderado) recibe la facultad para ejecutar por cuenta del mandante (poderdante) los actos jurídicos que éste le encarga.

Los poderes se clasifican en:

1. Poderes Generales.- Sirven para una serie indefinida de actos jurídicos y no se agotan con su uso. Pueden ser los siguientes:

  • Poder General para Pleitos y Cobranzas.- Faculta al apoderado para representar al poderdante en juicios y efectuar cobros.

  • Poder General para Actos de Administración.- Se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del mandante.

  • Poder General para Actos de Dominio.- Faculta al apoderado para hipotecar, donar, comprar o vender bienes del poderdante.

2. Poderes Especiales.- Se otorgan para que el apoderado represente al poderdante únicamente en lo que se autoriza de manera expresa en el mandato, y se anula automáticamente una vez que se cumple con lo encomendado.

REQUISITOS PODER NOTARIAL

  1. Comparecer personalmente, previa cita. Para solicitar una cita escriba a Tato e-mailová adresa je chráněna před spamboty. Pro její zobrazení musíte mít povolen Javascript.

  2. Presentar identificación oficial vigente (preferentemente pasaporte)

  3. Solicitud debidamente requisitada y firmada. ( se le enviará al solicitar la cita)

  4. Si otorga un poder para actos de dominio, será conveniente presentar su acta de matrimonio.

  5. Si otorga un poder relacionado con alguna propiedad en México, favor de presentar un documento donde se acredite la dirección completa del inmueble.

  6. Pago de derechos 

  7. Se le recomienda presentar una copia de la identificación del apoderado(a) a fin de que en el poder se escriba correctamente.