México y Portugal no cuentan con un convenio bilateral ni internacional, y tampoco con un acuerdo parcial para el reconocimiento mutuo u homologación de licencias de manejo.

 

México es miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), pero no es parte de los convenios internacionales en la materia (Convenio Internacional de Ginebra de 19 de septiembre de 1949, o el Convenio Internacional de Viena de 8 de noviembre de 1968).

 

Por ello, las licencias de manejo emitidas por las autoridades mexicanas no habilitan para conducir vehículos en Portugal, aunque sí pueden ser canjeadas por una licencia de conducir portuguesa.

 

Atención: Conducir con una licencia no valida o sin licencia puede hacerle acreedor a multas de hasta 2500 euros.  

 

Importante. La información contenida en esta página es únicamente a título de orientación y carece de efecto vinculante. La persona interesada deberá contactar directamente a la autoridad competente del trámite para informarse de los requisitos y el procedimiento. 

 

 Más información: