Home



El Registro de Defunción (acta de defunción) ante la Sección Consular únicamente procede cuando la persona fallecida es de nacionalidad mexicana y el deceso ocurre en el extranjero.

 


Requisitos:

  1. Llenar solicitud con todos los datos requeridos (se entregará en la oficina consular).
  2. Copia certificada del acta de defunción expedida por la autoridad competente o certificado de defunción que incluya los siguientes datos:*
    • Nombre completo del fallecido.
    • Fecha, hora, lugar y causas del fallecimiento.
  3. Acreditar la nacionalidad mexicana del difunto, con alguno de los siguientes documentos: 
    • Copia certificada de acta de nacimiento.
    • Pasaporte mexicano.
    • Certificado de nacionalidad mexicana.
    • Declaratoria de nacionalidad mexicana.
    • Carta de naturalización.
  4. La persona que acuda a declarar el fallecimiento deberá proporcionar los siguientes datos:
    • Nombre, edad, ocupación y domicilio que tuvo la persona fallecida
    • Su estado civil y, si era casado(a), nombre y apellidos de su cónyuge
    • Nombre de los padres del difunto, en caso de saberlo
    • La causa que determinó la muerte
  5. Será necesaria la presencia de dos testigos, quienes deberán acudir con una identificación oficial vigente con fotografía y firma

* Se recomienda presentar el acta de defunción local en formato internacional. En caso contrario, será necesaria una traducción simple al idioma español. Si el documento no fue expedido en Países Bajos, deberá presentarse con sellos de Apostilla o legalización, según sea el caso (ver información sobre Apostilla).

 


Para trasladar a México el CUERPO de un finado (mexicano o extranjero), se requiere presentar:

  • Acta de defunción expedida por autoridad competente, en formato internacional.
  • Permiso de tránsito de cadáver: Este documento es expedido por la autoridad local competente y debe ser visado por la Sección Consular, previo apostillamiento (Laissez-passer formato internacional y apostillado).
  • Certificado de embalsamamiento: Este certificado es expedido por la autoridad sanitaria del lugar donde ocurrió el fallecimiento y también procede su visado por la Sección Consular (Traducido por perito al español y apostillado).

 


Para trasladar a México las CENIZAS de un finado (mexicano o extranjero), se requiere lo siguiente:

  • Acta de defunción expedida por autoridad competente, en formato internacional.
  • Certificado de autoridad sanitaria que indica el permiso para traslado de cenizas humanas. (Traducido al español por perito traductor).
  • Certificado o constancia de cremación: es obtenido en la agencia funeraria e indica que el procedimiento se realizó de conformidad con las normas sanitarias vigentes. (Traducido al español por perito traductor).

 


 

Recuerde que si el finado era de nacionalidad mexicana, se debe tramitar el Registro de Defunción.

El visado a documentos de defunción es un trámite gratuito.

 


Para citas y aclaraciones favor de dirigirse a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Sección Consular


Horario de atención al público (lunes a viernes):

De 9:00 a 13:00 (atención sólo con previa cita)

El horario de atención telefónica es de 15:30 a 16:30 hr.

 


 

Nassauplein 28, 2585 EC, Den Haag (La Haya), Países Bajos
+31 7 0360 2900 de 15:30 a 16:30 hr.

consulmexicopba@sre.gob.mx

  


 

Emergencias consulares sólo para Mexicanos

+31 6 8282 2033

(no se proporciona información sobre trámites)

 


 

Citas para pasaporte y credencial para votar