Constancia de antecedentes penales federal

 

Las embajadas y consulados expiden las constancias de antecedentes penales únicamente a mexicanos. Los extranjeros interesados deberán de consultar directamente al Órgano de prevención y readaptación social en México.

La resolución y expedición de la constancia de antecedentes penales federales es una facultad exclusiva del Órgano de prevención y readaptación social. La Sección Consular únicamente verifica que los requisitos sean cumplidos para poder procesar las solicitudes y, una vez que esté autorizado por el Órgano de prevención y readaptación social, podrá imprimir el certificado. Este servicio es exclusivo para mexicanos.

 Requisitos: 

  1. Solicitud (descargar)
  2. CURP: https://www.gob.mx/curp/
  3. Copia certificada y reciente del acta de nacimiento con una copia a color
  4. Probatorio de identidad con una copia a color (una de las siguientes):
    1. Pasaporte mexicano (preferible)
    2. Credencial para votar con fotografía
    3. Cédula profesional
    4. Título profesional
    5. Licencia vigente de conducir mexicana
    6. Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada
  5. Carta u oficio de las autoridades japonesas o extranjeras que acredite porqué se solicita la constancia de antecedentes penales (por ejemplo, como requisito para obtener trabajo, regularizar situación migratoria, etc.)
  6. Obtener su cita enviando copia digital de los requisitos 1 a 5 y tres opciones de fecha para su cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
  7. Presencia física del solicitante (no es posible a través de un intermediario con carta poder)
  8. Pago de derechos (otras certificaciones): https://embamex.sre.gob.mx/japon/index.php/es/ligas-es/86-tarifas-consulares

 Notas:

  • El documento no se expide el mismo día, pues se manda a consulta a México. El tiempo de espera depende de la autorización del Órgano de prevención y readaptación social.
  • Es necesaria la presencia física del solicitante también para recoger la constancia. Es necesario que firme un acuse de recibo en persona.
  • Una vez que se haya dado el aviso de autorización, el solicitante deberá de presentarse a recoger el documento lo más pronto posible.
  • El pago se realiza ante el banco en efectivo. Al momento de la cita se le darán las instrucciones correspondientes.