APOSTILLA

 

Para que los documentos mexicanos tengan plena validez en Japón deben de estar apostillados en territorio nacional. Asimismo, es necesario apostillar los documentos japoneses que vayan a ser presentados ante autoridades mexicanas. La apostilla es válida entre los países miembros de La Convención de la Apostilla, como lo son México y Japón.

LAS REPRESENTACIONES CONSULARES MEXICANAS NO APOSTILLAN DOCUMENTOS.

 

Para apostillar documentos mexicanos:

La apostilla de documentos federales mexicanos se realiza en la Secretaría de Gobernación y documentos estatales mexicanos en la Secretaría General de Gobierno de cada estado en territorio nacional. Es necesario consultar los requisitos directamente a las autoridades correspondientes.

Secretaría de Gobernación: https://www.gob.mx/tramites/ficha/apostilla-de-documentos/SEGOB3000

Para apostillar documentos japoneses:

  1. Los documentos públicos son apostillados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón (Gaimusho). Consulte el procedimiento y los requisitos por la siguiente página. La fecha de expedición de los documentos no debe ser mayor a tres meses. También es posible solicitar el trámite a través de un notario público japonés con un costo adicional.

   Ministerio de Asuntos Exteriores de Japón: https://www.mofa.go.jp/ca/cs/page22e_000416.html

  1. Los documentos de instituciones privadas son apostillados por notarios públicos. Los notarios en el área metropolitana de Tokio y de la Prefectura de Kanagawa, Shizuoka, Aichi, y Osaka tienen facultades delegadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores para apostillar documentos. En caso de notarios que no tengan la facultad delegada, se necesitan tres sellos: uno del notario, que después debe ser certificado por el Buró de Asuntos Legales del Ministerio de Justicia, y, finalmente, la apostilla del Ministerio de Asuntos Exteriores (ver arriba punto 1 “Apostilla de documentos públicos japoneses”). Consulte directamente a un notario para mayor información sobre cómo se realiza el trámite.