Requisitos para el Registro de Nacimiento

  1. Original y una copia del Acta de Nacimiento del menor.
    “Estratto dell’Atto di Nascita” multilingüe, donde aparece el nombre de los padres. Si el acta de nacimiento NO es multilingüe, deberá ser traducida por un perito traductor (“traduttore giurato”). Si el acta se expidió en un país diferente que no sea Italia, ésta deberá estar legalizada o apostillada y traducida al español o al inglés.
  2. Original y 2 copias del certificado de Alumbramiento o de “dimissione” emitido por el hospital donde nació el menor con traducción simple hecha en computadora. Verificar que esté asentada la hora de nacimiento.
  3. Original y 2 copias del documento de identificación del registrado.
    1. Exclusivamente para los menores de 7 años, a falta de un documento de identificación con fotografía, podrá proporcionarse constancia médica de una institución reconocida por la ley del lugar en donde se encuentra la persona interesada con las siguientes características:
      • En hoja membretada de la institución médica.
      • Nombre completo del paciente.
      • Edad del paciente.
      • Fotografía del menor digitalizada en el documento, o bien, si se trata de una fotografía sobrepuesta o pegada, que sea cancelada en una orilla con el sello de la institución médica o firma del médico. Se procurará que el sello o firma no cancele el rostro.
      • Fecha en que empezó a ser paciente de ese lugar.
      • Nombre, firma y puesto del médico pediatra que emite la carta o del director de la institución.
  4. Original y 2 copias del acta de nacimiento mexicana del padre o la madre.
  5. Original y 2 copias del acta de matrimonio de los padres (si es italiana de preferencia multilingüe, si no, deberá presentar traducción simple hecha en computadora).
  6. Es necesaria la presencia de ambos padres quienes deben presentar identificación oficial (preferentemente pasaporte vigente).
  7. Los nombres en las identificaciones deberán coincidir con los nombres asentados en el acta de nacimiento del menor. Las identificaciones sin firma del titular NO son válidas. Si el solicitante presenta identificaciones italianas, a excepción del pasaporte, deberá presentar traducción simple hecha en computadora. Descargar formato de traducción.
  8. Es necesaria la presencia de dos testigos con identificación oficial (de preferencia pasaporte vigente). Las identificaciones de los testigos sin firma del titular NO son válidas. Si presentan identificaciones italianas a excepción del pasaporte, deberá presentar traducción simple hecha en computadora.
  9. Llenar todos los campos de la solicitud. Descarga formulario de solicitud


Previamente a la cita:

Si usted cuenta con toda la documentación, le solicitamos enviarla para su revisión al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., así como un número de teléfono. Si es necesario, podrá solicitarse documentación adicional comprobatoria.

El registro de nacimiento y la primera copia certificada son GRATUITOS.

Las copias certificadas de acta de nacimiento adicionales tienen un costo y deberá cubrir los derechos correspondientes en efectivo el día del registro.

  • Para información sobre las apostillas y que oficina le corresponde, visite: http://www.prefettura.it
  • Para información sobre los peritos traductores, deberá consultar con el tribunal italiano de su localidad para obtener la lista de traductores autorizados (Tradutori Giurati).

En caso de duda sobre los requisitos y para agendar una cita, deberá comunicarse con la sección consular: Tel. conmutador: + 39 064416061 o por correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El registro de matrimonios en las oficinas consulares procede únicamente cuando las personas contrayentes son de nacionalidad mexicana.

Si usted desea contraer matrimonio con ciudadano italiano o no mexicano ante las autoridades italianas, le aconsejamos consular el siguiente enlace: https://embamex.sre.gob.mx/italia/index.php/es/seccion-consular/200-matrimonio-de-ciudadanos-mexicanos-en-italia

El registro de matrimonio celebrado en una representación tiene plena validez en territorio nacional por lo que, una vez efectuado, no se requiere de ninguna inscripción ante autoridad mexicana.

A partir de 2019, los Consulados de México pueden celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo de nacionalidad mexicana.

REQUISITOS PARA CELEBRAR MATRIMONIO:

  1. Las personas contrayentes deben ser de nacionalidad mexicana. Se deberá presentar cualquiera de los documentos que el artículo 3 de la Ley de Nacionalidad señala como comprobantes de la nacionalidad mexicana:
    • Copia certificada del acta de nacimiento
    • Pasaporte vigente
    • Declaratoria de nacionalidad mexicana;
    • Carta de naturalización mexicana. Si alguna de las personas contrayentes o ambas presentaren este documento como probatorio de nacionalidad, éste se deberá verificar con la Dirección General de Asuntos Jurídicos a fin de comprobar que la(s) persona(s) solicitante(s) no hayan perdido la nacionalidad mexicana. En tanto no se determine si una persona naturalizada conserva o no la nacionalidad mexicana, las Oficina Consular no podrán atender la petición.
  2. Ser mayores de edad
  3. Solicitud escrita y firmada por las personas contrayentes donde soliciten al Embajador fijar una fecha y hora para celebrar el matrimonio, debe incluir:
    • Nombre, lugar y fecha de nacimiento, ocupación y domicilio de los contrayentes.
    • Nombre, lugar y fecha de nacimiento, ocupación y domicilio de los padres.
    • Nombre, lugar y fecha de nacimiento, ocupación y domicilio de los testigos.
    • De haber sido casados, indicar los datos de la persona con la que estuvo casado y los datos del divorcio e defunción.
    • Que no tienen ningún impedimento legal para casarse
    • Que es su voluntad unirse en matrimonio. Descarga ejemplo
  4. Presentar las capitulaciones matrimoniales. El artículo 98, fracción V del CCF, señala que las capitulaciones matrimoniales son el convenio que los pretendientes deberán celebrar con relación a sus bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. En el convenio se expresará con toda claridad si el matrimonio se contrae bajo el régimen de sociedad conyugal o bajo el de separación de bienes. No puede dejarse de presentar este convenio ni aún a pretexto de que los pretendientes carecen de bienes, pues en tal caso versará sobre los que adquieran durante el matrimonio. Se deberá anexar a la solicitud el tipo de convenio celebrado.
    Convenio de sociedad conyugal. Descarga ejemplo
    separación de bienes Descarga ejemplo
  5. Presentar certificado de salud firmado por médico titulado. El artículo 98, fracción IV del CCF, señala que las personas contrayentes deberán presentar un certificado suscrito por un médico titulado en el que asegure bajo protesta de decir verdad que los pretendientes no padecen sífilis, tuberculosis, ni enfermedad alguna crónica e incurable, que sea además contagiosa y hereditaria (como ejemplos: biometría hemática, VIH y Hepatitis B y C). Dicho certificado deberá ser emitido por un médico facultado para ejercer su profesión en Italia, por lo cual no se podrán aceptar certificados suscritos por médicos mexicanos.
    Nota: Debe tomarse en cuenta que los estudios en Italia llevan entre 10 y 14 días para su elaboración por el laboratorio y envío de resultados a los solicitantes.
    Presentar copia de identificación oficial y Cedula Profesional del médico que expide el certificado.
  6. Presentar identificaciones oficiales vigentes. Los pretendientes y los testigos deberán presentar identificaciones oficiales vigentes que incluya su firma, de preferencia el pasaporte o identificaciones mexicanas.
  7. Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido. Si alguna de las personas contrayentes enviudó, se deberá presentar el acta de defunción del cónyuge fallecido. (Artículo 98 fracción VI CCF).
  8. Copia certificada del acta de divorcio. Si alguna o ambas personas contrayentes son divorciadas se deberá presentar la sentencia de divorcio ejecutoriada donde se contengan los puntos resolutivos de la misma; o, en su caso, de la nulidad de matrimonio.
    El cónyuge que haya dado causa al divorcio no podrá volver a casarse sino después de dos años a contar desde que se decretó el divorcio. Para que los cónyuges que se divorcien voluntariamente puedan volver a contraer matrimonio, es indispensable que haya transcurrido un año desde que obtuvieron el divorcio.
  9. Pago de derechos La celebración del matrimonio causa derechos y su importe es fijado por la Ley Federal de Derechos vigente. Ver tabla de derechos.

Previamente a la cita:

Enviar la documentación solicitada escaneada y un número telefónico para eventuales comunicaciones al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Una vez verificada la documentación, podrá solicitarse documentación adicional comprobatoria.

El Registro de Defunción (acta de defunción) ante la Sección Consular únicamente procede cuando la persona fallecida es de nacionalidad mexicana y el deceso ocurre en el extranjero.

Requisitos:

  • Llenar solicitud con todos los datos requeridos (se entregará en la oficina consular).
  • Copia certificada del acta de defunción expedida por la autoridad competente o certificado de defunción que incluya los siguientes datos:
    • Nombre completo del fallecido.
    • Fecha, hora, lugar y causas del fallecimiento.
    • Acreditar la nacionalidad mexicana del difunto, con alguno de los siguientes documentos:
      • Copia certificada de acta de nacimiento.
      • Pasaporte mexicano.
      • Certificado de nacionalidad mexicana.
      • Declaratoria de nacionalidad mexicana.
      • Carta de naturalización.

La persona que acuda a declarar el fallecimiento deberá proporcionar los siguientes datos:

  • Nombre, edad, ocupación y domicilio que tuvo la persona fallecida
  • Su estado civil y, si era casado(a), nombre y apellidos de su cónyuge
  • Nombre de los padres del difunto, en caso de saberlo
  • La causa que determinó la muerte
  • Será necesaria la presencia de dos testigos, quienes deberán acudir con una identificación oficial vigente con fotografía y firma

* Se recomienda presentar el acta de defunción local en formato internacional. En caso contrario, será necesaria una traducción simple al idioma español. Si el documento no fue expedido en Italia, deberá presentarse con sellos de Apostilla o legalización, según sea el caso (ver información sobre Apostilla). https://embamex.sre.gob.mx/italia/index.php/es/seccion-consular/194-apostilla

Para trasladar a México el CUERPO de un finado (mexicano o extranjero), se requiere presentar:

  • Acta de defunción expedida por autoridad competente, en formato internacional.
  • Permiso de tránsito de cadáver: Este documento es expedido por la autoridad local competente y debe ser visado por la Sección Consular, previo apostillamiento (Laissez-passer formato internacional y apostillado).
  • Certificado de embalsamamiento: Este certificado es expedido por la autoridad sanitaria del lugar donde ocurrió el fallecimiento y también procede su visado por la Sección Consular (Traducido por perito al español y apostillado).

Para trasladar a México las CENIZAS de un finado (mexicano o extranjero), se requiere lo siguiente:

  • Acta de defunción expedida por autoridad competente, en formato internacional.
  • Certificado de autoridad sanitaria que indica el permiso para traslado de cenizas humanas. (Traducido al español por perito traductor).
  • Certificado o constancia de cremación: es obtenido en la agencia funeraria e indica que el procedimiento se realizó de conformidad con las normas sanitarias vigentes. (Traducido al español por perito traductor).

Recuerde que si el finado era de nacionalidad mexicana, se debe tramitar el Registro de Defunción.

El visado a documentos de defunción es un trámite gratuito.

Para citas y aclaraciones favor de dirigirse a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Tel. 0644160606

Si desea obtener copias certificadas del acta de nacimiento, defunción o matrimonio, puede solicitarlas en la sección consular Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..  Indicando sus datos (nombre y apellidos, fecha de nacimiento, lugar de registro y su CURP) para poder verificar en el sistema que el acta esté dada de alta.

En caso de duda sobre los requisitos deberá comunicarse con la sección consular:

Teléfono: + 39 0644160666

Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Requisitos para Declaratoria de Nacionalidad Mexicana por Nacimiento

El solicitante debe ser mayor de edad y estar en uso de sus derechos civiles y políticos y deberá presentar el día de la cita:

  1. Llenar la solicitud correspondiente, en el Consulado.
  2. Copia certificada reciente del acta de nacimiento mexicana, expedida por la Oficina del Registro Civil que corresponda al lugar donde fue registrado su nacimiento.
  3. Documento que acredite que obtuvo voluntariamente otra nacionalidad,  especificando claramente la fecha en que obtuvo dicha nacionalidad, debidamente apostillado. (Para mayor información sobre las apostillas y que oficina le corresponde, visite: http://www.prefettura.it/)
  4. Acreditar su identidad con documento oficial con fotografía y firma, ya sea mexicano o extranjero.
  5. Presentar dos fotografías a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cm.), con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, tomada con una antigüedad no mayor a 30 días.
  6. Realizar el pago de derechos correspondiente en efectivo el día de su cita.

Previamente a la cita:

Enviar la documentación solicitada escaneada y un número telefónico para eventuales comunicaciones al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Una vez verificada la documentación, podrá solicitarse documentación adicional comprobatoria

Cuando la sección consular de la embajada le informe que sus documentos cumplen con todos los requisitos, se le proporcionara una cita.

En caso de duda sobre los requisitos deberá comunicarse con la sección consular:

Teléfono: + 39 0644160666

Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Los mexicanos por nacimiento y por naturalización podrán renunciar voluntariamente a la nacionalidad mexicana, sujetándose a los términos y condiciones establecidos para ello.

Requisitos:

  1. Solicitud. Debe llenarse en su totalidad y sacar una copia tamaño carta
    1. Solicitud de Constancia de Renuncia Nacionalidad Mexicana (click para Descargar)
  2. Copia certificada del Acta de Nacimiento Mexicana expedida por la oficina del Registro Civil Mexicana o Representación de México en el Exterior, o Carta de Naturalización, tratándose de mexicanos por naturalización.
  3. Copia certificada del Acta de Nacimiento o de la Carta de Naturalización expedida en país extranjero, debidamente legalizada por la representación consular del lugar de su expedición o en su caso, apostillado por la autoridad competente. En caso de que la Carta de Naturalización o el Acta de Nacimiento expedidas en el extranjero, se encuentren redactadas en un idioma distinto al español, deberá presentar su traducción al español por perito traductor.
    1. Los documentos mencionados en los puntos 2 y 3 deberán de ser entregados en original para la apertura de su expediente.
  4. Identificación oficial vigente (que tenga nombre, fotografía y firma) original y una copia tamaño carta, ambos lados de ser el caso.
  5. Formato de Escrito de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana en original.
    1. Formato de escrito de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana. (click para Descargar)
  6. Dos fotografías a color tamaño pasaporte con rostro descubierto, de frente, sin anteojos, fondo blanco e impresa en papel fotográfico. La fotografía debe de ser reciente (no debe tener más de 30 días.
  7. No tiene costo por concepto de derechos.

Información Importante:

  • El interesado(a) deberá presentarse personalmente.
  • Todas las solicitudes están sujetas a revisión de los documentos para su aprobación. En algunos casos podría solicitarse documentación adicional.
  • No se aceptan actas que se encuentren deterioradas (enmendadas, rotas o tachadas).
  • En caso de errores u omisiones en los documentos presentados, el interesado deberá solicitar primero la corrección ante las autoridades italianas correspondientes.

Procedimiento:

Si usted cuenta con toda la documentación para el trámite solicitado, envié los documentos escaneados en pdf a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y solicite una cita indicando su lugar de residencia y un número telefónico donde poder contactarla.

El día de su cita, la persona interesada deberá de presentarse sin acompañantes con 15 minutos de anticipación para entregar todos los requisitos en original y las copias simples respectivas.

Una vez que se reciba la documentación, será enviada a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Relaciones Exteriores en la Ciudad de México para su debida aprobación y de ser el caso la expedición de la “Constancia de Renuncia a la Nacionalidad Mexicana”.

Posteriormente, la Secretaría de Relaciones Exteriores hará llegar a esta Representación dicha Constancia a fin de que le sea entregada al interesado personalmente. En consecuencia, se establecerá comunicación con el interesado para la entrega del documento.