PREGUNTAS FRECUENTES DE VISAS   ITALIANO ENGLISH

 

Si bien técnicamente la Embajada de México en Italia podría documentar a cualquier extranjero, independientemente del lugar de Italia donde sea residente,  en la calendarización de citas tienen prioridad aquellas personas que residen en Malta, Albania, San Marino y las siguientes regiones del territorio italiano: Abruzzo, Apulia, Basilicata, Calabria, Campania, Lazio, Marche, Molise, Toscana, Umbría y Sicilia.

Los datos de contacto de la Sección Consular de la Embajada de México en Italia son:

Dirección:  Via Lazzaro Spallanzani 16, Roma, Italia C.P. 00161

Teléfono: +39064416061

Fax: +390644292703

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El Consulado General de México en Milán, tiene dentro de su circunscripción las siguientes regiones: Cerdeña, Emilia-Romagna, Friuli-Venezia Giulia, Liguria, Lombardía, Piamonte, Trentino Alto Adigio, Valle d'Aosta y Véneto.  Como regla general,
Dirección: Corso Giacomo Matteotti 1, Primer piso. Milano, Italia C.P. 20121
Teléfono: +390276002310
Fax: +3902 76021949
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La sección consular de la Embajada de México ante la Santa Sede es responsable de proveer servicios a los mexicanos que forman parte de alguna congregación religiosa. 
Dirección: Vía Ezio, número 49, Roma, Italia C.P. 00192
Teléfono: +39063230360
Fax: +39063230361
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Si bien técnicamente la Embajada de México en Italia podría documentar a cualquier extranjero, independientemente del lugar de Italia donde sea residente,  en la calendarización de citas tienen prioridad aquellas personas que no pueden ser atendidos por otra oficina, por lo que es preferible que aquellos que residan en las siguientes regiones soliciten una visa en el Consulado General de México en Milán: Cerdeña, Emilia-Romagna, Friuli-Venezia Giulia, Liguria, Lombardía, Piamonte, Trentino Alto Adigio, Valle d'Aosta y Véneto.

De lo contrario el tiempo de espera por una cita podría ser considerable.  Los datos de contacto del Consulado General de México en Milán son los siguientes:

Dirección: Corso Giacomo Matteotti 1, Primer piso. Milano, Italia C.P. 20121

Teléfono: +390276002310

Fax:+3902 76021949

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Si bien técnicamente la Embajada de México en Italia podría documentar a cualquier extranjero, independientemente de la actividad que desempeñe, en la calendarización de citas tienen prioridad aquellas personas que no pueden ser atendidos por otra oficina, por lo que es preferible que aquellos que estén asociados con una congregación religiosa soliciten una cita a la Embajada de México ante la Santa Sede, de lo contrario el tiempo de espera podría ser considerable. 

Los datos de contacto de la Embajada de México en Santa Sede son los siguientes:

Dirección: Vía Ezio, número 49, Roma, Italia C.P. 00192

Teléfono: +39063230360

Fax: +39063230361

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Algunos países están exentos de portar una visa al momento de presentarse en un puerto de entrada para solicitar admisión a territorio mexicano, ya sea por decisión unilateral o en virtud de un acuerdo bilateral de supresión de visas.  Si usted no esta seguro de si el país del que es nacional está exento de visa, le invitamos a consultar las siguientes ligas para verificar si por su nacionalidad requiere o no visa para viajar a México.

PAISES QUE NO REQUIEREN VISA

PAISES QUE REQUIEREN VISA

Tome en cuenta que, incluso si el país del que es nacional esta listado entre los que si requieren visa, no requerirá presentarla si cuenta con alguno de los siguientes documentos:

1. Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen. En el caso de Italia:

2. Visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.

3. Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México.
4. Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba.
5. Libreta de mar, si es miembro de la tripulación de la embarcación que arriba a puerto mexicano en travesía internacional. Si el tripulante arriba por vía área para enrolarse en un buque surto en puerto nacional, deberá presentar además de la libreta de mar, documento que acredite su enrolamiento, los datos de la embarcación y el puerto mexicano en el que esta se encuentra.

En estos casos, no requieren visa para viajar a México en calidad de turistas si su estancia no superará los 180 días y si no recibirá remuneración alguna durante su estadía. Sin embargo, en el  el filtro de revisión migratoria deberá presentar:

  1. Pasaporte valido y vigente
  2. FMM debidamente llenada (se la proporciona la aerolínea durante el vuelo)
  3. La autoridad migratoria podrá solicitar a la persona extranjera que compruebe el motivo de su viaje, mediante alguno de los siguientes documentos:

a) Detalles de su viaje como pasajes aéreos, reservaciones de hotel e itinerarios de viaje (como boletos de tours o visitas a sitios arqueológicos).  El ticket aéreo debe tener fecha fijas de entrada y salida. Sólo si usted cuenta con una visa como residente temporal o permanente, puede ingresar a México con pasaje únicamente de entrada.  Debe también presentar reserva del hotel donde se hospedará  o carta de invitación de quien le hospedará. La carta deberá contener: -la firma de quien le invita, -los datos de dicha persona (nombre, nacimiento, domicilio en que reside y en que le hospedará) -el vínculo que tienen usted y dicha persona, -los datos de usted (nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento), -fechas y propósito del viaje. Así mismo deben adjuntar identificación mexicana vigente con fotografía y firma de quien emite la carta. Pueden enviarle esta carta a su correo electrónico, por Fax, o por correo postal.  Debe también demostrar solvencia económica para cubrir los gastos que suponga su estancia en México, lo que puede hacer presentando efectivo a razón de 50 euros diarios, o bien cheques de viajero o tarjetas de Crédito.

b) Carta mandato en idioma español de la empresa matriz, filial o subsidiaria extranjera que indique que la persona extranjera es empleada de ella y que el pago de los servicios que prestará en el territorio nacional correrán por cuenta de la misma.

c) Copia del contrato de transferencia de tecnología, patentes y marcas, de compraventa de maquinaria y equipo, de capacitación técnica de personal, o de cualquier otro relacionado con el proceso de producción de una empresa establecida en México o que vinculen a la parte extranjera con la parte mexicana, o constancia de nombramiento por la asamblea de accionistas de empresas legalmente establecidas en México.

d) Carta de organización o institución pública o privada en la que invite a la persona extranjera para participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional, manifieste el objeto de la visita y el tiempo estimado de estancia. En caso de que la organización o institución sufrague los gastos de viaje y permanencia de la persona extranjera en el territorio nacional, se deberá adjuntar carta responsiva.

e) Carta de invitación o de aceptación de alguna institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional para realizar cursos, estudios o proyectos de investigación o de formación por una temporalidad máxima de ciento ochenta días.

Se reitera que una vez que se encuentre en territorio mexicano NO podrá cambiar su categoría migratoria ni prorrogar el plazo máximo de 180 días.

En el caso de México, no se exige una vigencia mínima del pasaporte para el ingreso a México, pero si deberá estar vigente durante su estancia y hasta el día en que tenga planeado salir del país.

No. Las personas de nacionalidad italiana pueden realizar viajes de negocios a México sin necesidad de visa por un periodo menor a 180 días.

En estos casos se debe de viajar acompañado de una carta de la o las empresas establecidas en México con las que tendrá relación, así como de la empresa establecida en Italia que lo envía.

Las personas de nacionalidad rusa, turca o ucraniana pueden solicitar a través del Sistema de Autorización Electrónica (SAE) una Autorización Electrónica y verificar que la línea aérea participe del esquema SAE. Sistema de Autorización Electrónica (SAE) | Instituto Nacional de Migración | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx) 

Todos los nacionales presentes en la siguiente lista que arriben a México, aunque sea en tránsito, requieren de una visa de visitante. Para consultar los requisitos, visite nuestra sección de visas. Las personas de nacionalidad italiana pueden realizar viajes de negocios a México sin necesidad de visa por un periodo menor a 180 días.

En estos casos se debe de viajar acompañado de una carta de la o las empresas establecidas en México con las que tendrá relación, así como de la empresa establecida en Italia que lo envía.

Esta visa permite visitar México para realizar actividades que no impliquen recibir remuneración como:

  • Actividades turísticas*
  • Tránsito por México
  • Negocios (como la asistencia a juntas, visitas de supervisión, capacitación o asesorías en México)
  • Corresponsal de medio de comunicación (prensa)
  • Trabajos técnicos en empresas (sin recibir pago en México)
  • Asistir a ferias y/o conferencias
  • Actividades filantrópicas
  • Transporte de mercancías
  • Programas o Convenios de Cooperación, Causa Humanitaria
  • Actividades relacionadas con el ejercicio de los ministros de culto
  • Recibir tratamientos médicos, actividades deportivas, además de realización de estudios que no impliquen una temporalidad mayor a 180 días

*La actividad de turista permite a las personas extranjeras realizar actividades de recreo o salud; actividades artísticas, culturales o deportivas, no remuneradas ni lucrativas; asistir a congresos, convenciones, ferias o exposiciones cuando su participación sea de carácter cultural, educativo, informativo, deportivo o artístico y no incluya la promoción de bienes o servicios; o participar en cursos de verano, congresos, simposios o cursos de corta duración.

No. El periodo máximo de estancia es de 180 días, no prorrogables.

No. La ley migratoria no permite hacer cambio de estatus migratorio ni extender el plazo de 180 días como visitante con o sin permiso para realizar actividades remuneradas una vez en México.

El único supuesto en el que la ley si permite modificar el estatus migratorio es en el supuesto de unidad familiar. En caso de ser familiar de persona mexicana o de persona extranjera residente en México, se puede regularizar ante el Instituto Nacional de Migración, cumpliendo con los requisitos establecidos por esa institución.

Solamente se podrá solicitar visa de Residencia Permanente en el caso de tener un hijo o hermano mexicano y en este último caso, solamente si la persona solicitante es menor de edad.

Toda persona que quiera trabajar en México debe de contar con una oferta de empleo en México. La legislación mexicana no contempla el cambio de calidad migratoria en territorio nacional mexicano.

La empresa contratante solicitará al Instituto Nacional de Migración (INM) la autorización de visa; dicho empleador registrará su solicitud ante el INM y recibirá un Número Único de Trámite (NUT).

Cuando el NUT haya sido autorizado, el empleador deberá informarlo a la persona interesada quien deberá leer los requisitos de visa y solicitar su cita correspondiente.

Toda la información relativa a los trámites de visa está disponible en esta página web

La fecha establecida en el oficio NUT está prorrogada hasta nuevo aviso en virtud de la contingencia por coronavirus. Es decir, el NUT no vence.

Tome en cuenta también que si usted cuenta con NUT puede documentarse en cualquier consulado o embajada de México en el exterior.

Las citas deben agendarse de manera individual. No se admitirán familias o grupos con una sola cita agendada.

No es requisito presentar itinerario de vuelo para obtener una visa.  De hecho, desaconsejamos comprar vuelos antes de obtener la visa requerida.  Dicho lo anterior, la Embajada no se responsabiliza por las penalidades que supongan los cambios de reservas aéreas ni compensará por vuelos que no puedan abordar al no contar con una visa.  En los casos de visas de trabajo, se les invita a planear con anticipación su viaje y se aseguren de contar con una visa antes de la fecha estipulada para iniciar labores.  Tomen en cuenta que el proceso deliberativo para otorgar o no una visa puede durar hasta diez dias hábiles contados a partir de que se lleva a cabo la entrevista.

Tome en cuenta también que si usted cuenta con NUT puede documentarse en cualquier consulado o embajada de México en el exterior.

No. Es preferible que solicite su visa una vez que se asegure de contar con todos los requisitos puese de lo contrario se le cobrará por solicitar la visa y ésta será negada.  Le rogamos no enviar documentación para su revisión previo a su cita visa.

En caso de cubrir satisfactoriamente los requisitos, el día de su entrevista consular se le indicará la fecha para retirar su pasaporte/visa. Dependiendo de las cargas laborales, las visas se entregan en el lapso máximo de 10 días hábiles.

Puede verificar las tarifas actualizadas en el siguiente enlace. Derechos consulares

Se les ruega encarecidamente traer cambio exacto.  Solo se permite pago en efectivo.  No se aceptan cheques ni pago con tarjeta de crédito/debito.

El salario mínimo vigente en México es de $207.44 pesos. Para mayor información consulte enlace:  Tabla de Salarios Mínimos Generales y Profesionales por Áreas Geográficas | Comisión Nacional de los Salarios Mínimos | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx)

No. Si presentó una solicitud de visa en una oficina consular, deberá concluir el trámite en la misma oficina.

No, el trámite es personal. Lo debe de iniciar y concluir la persona interesada.

Le sugerimos leer atentamente el apartado de VISAS de nuestra página. Si ya leyó toda la información y tiene alguna duda puntual sobre el trámite, deberá enviarnos un correo electrónico con su duda específica a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Procuramos mantener nuestra página de internet actualizada y confiamos que esta sección de preguntas frecuentes resolverá todas sus dudas.  Si luego de leer toda la información disponible, persisten sus dudas, le invitamos a contactarnos por teléfono o por correo electrónico.

Algunos países están exentos de portar una visa al momento de presentarse en un puerto de entrada para solicitar admisión a territorio mexicano, ya sea por decisión unilateral o en virtud de un acuerdo bilateral de supresión de visas.  Si usted no esta seguro de si el país del que es nacional está exento de visa, le invitamos a consultar las siguientes ligas para verificar si por su nacionalidad requiere o no visa para viajar a México.

PAISES QUE NO REQUIEREN VISA

PAISES QUE REQUIEREN VISA

Tome en cuenta que, incluso si el país del que es nacional esta listado entre los que si requieren visa, no requerirá presentarla si cuenta con alguno de los siguientes documentos:

  1. Documento que acredite residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen.
  2. Visa válida y vigente de los Estados Unidos de América.
  3. Tarjeta de Viajero de Negocios de APEC (ABTC) aprobada por México.
  4. Certificado que lo acredite como miembro de la tripulación de la aeronave en que arriba.
  5. Libreta de mar, si es miembro de la tripulación de la embarcación que arriba a puerto mexicano en travesía internacional. Si el tripulante arriba por vía área para enrolarse en un buque surto en puerto nacional, deberá presentar además de la libreta de mar, documento que acredite su enrolamiento, los datos de la embarcación y el puerto mexicano en el que esta se encuentra.

Los ciudadanos albaneses, demuestran su legal estancia en Italia mediante un sello de entrada con vigencia menor a los tres meses.

La visa que te expida el Consulado solo te permitirá una sola entrada a México dentro de los próximos 6 meses. Una vez en México, tendrás 30 días para acudir a tu oficina más cercana del Instituto Nacional de Migración para obtener la tarjeta de residente que te permitirá entrar y salir del país, no se omite mencionar que la expedición de la tarjeta de Residente podría demorar hasta más de un mes, según la carga de trabajo de cada oficina, y durante dicho periodo no podría abandonar territorio nacional.