PREGUNTAS FRECUENTES PASAPORTES

No. La documentación original que presenta se digitaliza y compulsa digitalmente, por lo cual no es necesario presentar fotocopias. La fotografía, de igual forma, se toma el día de su cita, como parte del trámite.

No. El trámite solamente se puede realizar de manera personal y presencial en la Embajada o Consulado que le corresponda, según su domicilio.  La sección consular de la Embajada de México en Roma tiene dentro de su circunscripción a Malta, Albania, San Marino y las siguientes regiones del territorio italiano: Abruzzo, Apulia, Basilicata, Calabria, Campania, Lazio, Marche, Molise, Toscana, Umbría y Sicilia.  El Consulado General de México en Milán, tiene dentro de su circunscripción las siguientes regiones: Cerdeña, Emilia-Romagna, Friuli-Venezia Giulia, Liguria, Lombardía, Piamonte, Trentino Alto Adigio, Valle d'Aosta y Véneto.  Como regla general, la sección consular de la Embajada de México ante la Santa Sede es responsable de proveer servicios a los mexicanos que forman parte de alguna congregación religiosa.

Usted puede gestionar en Italia una copia certificada de su acta de nacimiento mexicana de manera muy sencilla:

 Obtener una copia certificada de acta de nacimiento por internet (opción recomendable): más información dando click en este enlace https://embamex.sre.gob.mx/espana/index.php/ver-comunicados/780-actanacimiento

 Obtener una copia certificada de acta de nacimiento en la Embajada: más información dando click en este enlace https://embamex.sre.gob.mx/italia/index.php/es/seccion-consular/178-copias-certificadas-de-registro-civil

 Si bien su pasaporte solo puede expedírsele conforme al nombre que aparece en su acta de nacimiento, la normativa permite agregar el apellido de su cónyuge en un campo por separado.   Para ello, deberá presentar copia certificada de su acta de matrimonio mexicana o italiana, además de los requisitos señalados para obtener un pasaporte.

El costo de los servicios consulares se paga en Euros según el tipo de cambio oficial del primer día hábil del mes.  Para  verificar las tarifas actualizadas visite el siguiente enlace. Tabla de Derechos (sre.gob.mx).  Por el momento no se acepta pago con tarjeta de crédito o debito, ni con cheque.  Se solicita atentamente traer el cambio exacto.  La documentación original que presenta se digitaliza y compulsa digitalmente, por lo cual no es necesario presentar fotocopias. La fotografía, de igual forma, se toma el día de su cita, como parte del trámite.

El artículo 20 de la Ley Federal de Derechos establece los supuestos bajo los cuales el monto a pagar por la expedición de pasaportes es de únicamente el 50%:

  • Personas mayores de 60 años.
  • Personas con algún tipo de discapacidad comprobada. Se deberá presentar una constancia o certificado expedido por alguna institución pública de salud o de seguridad social, en la que se describa la discapacidad de que se trate y el impedimento que ésta provoque de forma permanente e irreversible en el desarrollo normal de la vida de la persona.

Para expedir pasaportes a las personas que no estén en posibilidad de manifestar su voluntad ya sea de manera definitiva (por enfermedad permanente) o temporal (personas que están en estado de coma o inconscientes), la voluntad deberá ser asistida por alguna de las siguientes personas:

  • El tutor, quien deberá acreditar el ejercicio de la tutela mediante copia certificada de la resolución judicial que le confiere el cargo y del auto por el que causó ejecutoria o en el que se hizo constar la protesta y discernimiento del mismo, expedidos por autoridad competente.
  • El cónyuge, quien acreditará tal vínculo mediante copia certificada del acta de matrimonio expedida por una oficina del Registro Civil o Embajada o Consulado.
  • Los padres de la persona solicitante, quienes acreditarán el parentesco mediante copia certificada del acta de nacimiento de la persona con discapacidad expedida por una oficina del Registro Civil o Embajada o Consulado.
  • Hijos mayores de edad de la persona con discapacidad, quienes acreditarán su parentesco mediante copia certificada de su acta de nacimiento expedida por una oficina del Registro Civil o Embajada o Consulado.

En caso de requerir mayor asistencia sobre el caso, envíe un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. para presentar el caso y determinar la asistencia y seguimiento que corresponda.

No.  La entrega, revisión y valoración de su solicitud y documentación se realiza el día de la cita.

El pasaporte debe tener una vigencia mayor a 6 meses y encontrarse en buen estado. Sin rayaduras ni enmendaduras.

Exclusivamente para los menores de 7 años, a falta de una identificación oficial con fotografía, podrá presentar una constancia médica de su pediatra o médico de base con las siguientes características:

  • En hoja membretada de la institución médica.
  • Nombre completo del paciente.
  • Edad del paciente.
  • Fotografía del menor digitalizada en el documento, o bien, si se trata de una fotografía sobrepuesta o pegada, que sea cancelada en una orilla con el sello de la institución médica o firma del médico. El sello o firma no tiene que cancelar el rostro.
  • Fecha en que empezó a ser paciente de ese lugar.
  • Nombre, firma y puesto del médico pediatra que emite la carta o del director de la institución.
  • Datos de contacto.

Los pasaportes se entregan de lunes a viernes de 10:00 am a 13:00 am en días hábiles, sin cita previa.
Los pasaportes se imprimen en México y tardan en llegar a la Embajada entre 5 y 6 semanas.
Recuerda que en caso de renovación es obligatorio presentar el pasaporte anterior para cancelar el documento. En caso de menores de edad, puede acudir alguno de los padres con una identificación oficial y el recibo de pago.
Si su número de entrega se encuentra en la siguiente lista, su pasaporte ya se encuentra en la Sección Consular, listo para su entrega.

Los pasaportes que se tramitan en las Representaciones de México en el exterior, renuevo y/o expedición, se entregan en aproximadamente 6 semanas.

Para renovar un pasaporte o tramitarlo por primera vez, es necesario solicitar una cita a través del portal MI CONSULADO seleccionando la opción “PASAPORTES”.

Si desea tramitar su credencial para votar (INE) https://embamex.sre.gob.mx/italia/index.php/seccion-consular/183-ine junto con el pasaporte, en el mismo día, deberá seleccionar únicamente la opción “PASAPORTES”. En este último caso, no olvide consultar los requisitos específicos para la obtención de la credencial para votar.

REQUISITOS PARA RENOVACIÓN O TRÁMITE POR PRIMERA VEZ:

Original del acta de nacimiento mexicana. Las actas mexicanas no tienen caducidad, sin embargo, deben presentarse sin tachaduras, roturas o enmendaduras.

En caso de no contar con una copia certificada en buenas condiciones, puede dirigirse a esta liga: https://www.gob.mx/ActaNacimiento/

Identificación oficial vigente con fotografía en original

  • Pasaporte mexicano, o
  • credencial para votar, o
  • cédula profesional, o
  • título profesional, o
  • identificación italiana, pasaporte o carta de identidad, siempre y cuando aparezcan los nombres y apellidos igual que en el acta de nacimiento mexicana. 

Pasaporte anterior en original (en caso de ser renovación) y fotocopia de la hoja de datos con fotografía.

El pago de derechos se realiza el mismo día de su cita en el Consulado, en efectivo y con el monto exacto. (Ver tabla de derechos consulares)

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

NOTAS:

NO SE REQUIEREN FOTOGRAFÍAS

Los pasaportes que se tramitan en las Representaciones de México en el exterior, renuevo y/o expedición, se entregan en aproximadamente 6 semanas. No es posible realizar la entrega presentando cartas poder.

El día de la entrega se debe presentar el pasaporte anterior, en caso de renovación, o la identificación que presentó el día de su trámite, en caso de obtención por primera vez.

Si luego de leer detenidamente esta página subsiste alguna duda específica sobre este trámite, consulte la Sección de Preguntas Frecuentes (FAQ)

En caso de no encontrar respuesta a su pregunta por favor escriba un correo electrónico en el que detalle la información que requiere a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER)

En el caso de pasaportes para menores de edad, ambos padres deberán presentarse junto con el menor el día de la cita.

Para renovar un pasaporte o tramitarlo por primera vez, es necesario solicitar una cita a través del portal MI CONSULADO seleccionando la opción “PASAPORTES”.

REQUISITOS PARA RENOVACIÓN O TRÁMITE POR PRIMERA VEZ PARA MENORES DE EDAD:

Original del acta de nacimiento mexicana del menor. (NO SE ACEPTAN COPIAS SIMPLES). Las actas mexicanas no tienen caducidad, sin embargo, deben presentarse sin tachaduras, roturas o enmendaduras.

Identificación oficial vigente con fotografía en original de cada uno de los padres:

  • Pasaporte mexicano, o
  • credencial para votar, o
  • cédula profesional, o
  • título profesional, o
  • identificación italiana, pasaporte o carta de identidad, siempre y cuando aparezcan los nombres y apellidos igual que en el acta de nacimiento mexicana. 

Identificación oficial vigente del menor:

  • Credencial escolar vigente, o
  • pasaporte, o
  • credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o de seguridad social mexicana o extranjera reconocidas en la circunscripción, misma que deberá contener al menos nombre completo y fotografía del menor, o
  • exclusivamente para los menores de 7 años y a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas anteriormente, se aceptará constancia médica de una institución reconocida, la cual deberá contener los siguientes elementos:

1. Emitirse en hoja membretada de la institución médica

2. Incluir el nombre completo del menor, edad y fotografía digitalizada en el documento, o bien, si se trata de una fotografía sobrepuesta o pegada, deberá ser cancelada en una orilla con el sello de la institución médica o firma del médico. Se procurará que el sello o firma no cancele el rostro.

3. Nombre, firma y puesto del médico pediatra que emite la carta o del director de la institución.

4. Datos de contacto del médico.

Pasaporte anterior en original (en caso de ser renovación) y fotocopia de la hoja de datos con fotografía.

El pago de derechos se realiza el mismo día de su cita en el Consulado, en efectivo y con el monto exacto. (Ver tabla de derechos consulares)

Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor.

NOTAS:

NO SE REQUIEREN FOTOGRAFÍAS

El pasaporte se entrega a cualquiera de los padres de manera personal en el Consulado, en un periodo de 6 semanas a partir de su tramitación. No es posible realizar la entrega presentando cartas poder.

El día de la entrega se debe presentar el pasaporte anterior, en caso de renovación, o la identificación que presentó el día de su trámite en caso de obtención por primera vez.

Para menores de 3 años, el pasaporte se expide por 1 o 3 años.

Entre los 3 a 18 años, el pasaporte se expide por 3 o 6 años.

Si luego de leer detenidamente esta página subsiste alguna duda específica sobre este trámite, consulte la Sección de Preguntas Frecuentes (FAQ)

En caso de no encontrar respuesta a su pregunta por favor escriba un correo electrónico en el que detalle la información que requiere a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER)

Es el permiso que otorga el padre o madre, o quienes ejercen la patria potestad o tutela, para la expedición de pasaporte a personas menores de edad, cuando no residen en la misma ciudad o país.

El padre, madre o tutor que otorgará el permiso podrá solicitar una cita enviando un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y el día de su cita deberá acudir personalmente y presentar la siguiente documentación:

  1. Identificación oficial vigente en original y copia. (Los ciudadanos mexicanos deberán presentar identificación oficial mexicana).
  2. Acta de nacimiento mexicana del menor(es), en original o copia.
  3. Datos de la persona que acompañará al menor de edad a tramitar su pasaporte en la oficina de la SRE que corresponda.
  4. Datos de la Oficina (Delegación de la SRE, Embajada o Consulado de México) a la que se enviará el permiso OP7.

NOTAS:

El permiso otorgado tiene una vigencia de 90 días naturales.

Si alguno de los padres o tutores facultados para otorgar el consentimiento falleció, únicamente deberá presentar una copia certificada del acta de defunción.

El consentimiento de los padres puede ser sustituido por una resolución judicial en la que se autorice de manera expresa la emisión del pasaporte.

Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER)