Descripción de este trámite
Visa que permite una estancia en México superior a 180 días y no mayor a 4 años para participar en una actividad no remunerada en México.
¿A quién está dirigido?
Personas extranjeras que pretendan internarse a México como residentes temporales y que deben contar con solvencia económica para sufragar sus gastos de estancia en México o la organización o institución mexicana que le invita debe demostrar contar con recursos económicos para hacerse responsable de su manutención.
Esta visa no autoriza realizar trabajo remunerado en México.
Requisitos
1. Original y copia simple del pasaporte vigente.
2. Presentar el formato de solicitud de visa debidamente llenado. El formato se puede descargar dando click en este enlace.
3. Una fotografía a color tamaño pasaporte, con fondo blanco y de frente, rostro visible y sin anteojos (las medidas de la foto deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros).
4. En caso de ser una persona de nacionalidad diferente a España, deberá presentar el original y una copia simple del documento que acredite su estancia legal en este país (visa y/o tarjeta de residente). Las personas de nacionalidad española no deben presentar ningún documento relacionado con este punto.
5. Original de carta de una organización o de una institución pública o privada de reconocida probidad que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en México.
La carta deberá contener los siguientes datos:
- Nombre completo de la persona solicitante y su nacionalidad;
- Denominación o razón social de la organización que invita
- Número de registro de la organización, objeto, domicilio y sus datos de contacto;
- Información sobre la actividad que realizará la persona extranjera o el proyecto en el que participará, su duración o fecha aproximada de terminación;
- Manifestación de la responsabilidad solidaria por parte de la organización o de la institución para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia, y
- Copia de una identificación oficial con firma y fotografía de quien suscribe la carta responsiva.
6. Original y copia de los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitada.
Importante: La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución.
7. Acreditar la solvencia económica para la manutención en México con la siguiente documentación, dependiendo del caso en el que se encuentre:
La organización o institución privada que invita cubre los gastos de manutención:
Original y copia de comprobante de los últimos 12 meses de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual mínimo equivalente a 10,000 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (aproximadamente 134,556 euros).
La institución que invita no cubre los gastos de manutención:
a) Original y copia de comprobante de los últimos 12 meses de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual mínimo equivalente a 5,000 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (aproximadamente 67,278 euros mensuales).
La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada):
- Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
- Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los últimos 12 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
b) Original y copia de los documentos que demuestren que durante los últimos 6 meses cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 200 días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México* (2,691 euros mensuales, aproximadamente).
La documentación que se debe presentar para acreditar la solvencia económica de este apartado es la siguiente (se debe presentar toda la señalada):
- Informe de vida laboral con referencias electrónicas.
- Recibos de nóminas o de pensión de los últimos 6 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
- Estados de cuenta bancaria mensuales (con sello original de la institución bancaria) en donde se refleje el ingreso de las nóminas o pensión de los últimos 6 meses anteriores a la fecha en que presenta su solicitud.
* Para conocer el tipo de cambio específico que se debe aplicar, usted puede consultar una tabla orientativa de equivalencias dando click en este enlace.
Importante: las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.
Las personas ministras de culto o asociadas religiosas solicitantes de este tipo de visa deberán presentar carta responsiva emitida por una asociación religiosa. En caso de que presenten anuencia emitida por la Secretaría de Gobernación, en términos del artículo 18 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, quedarán exceptuados del cumplimiento de los requisitos establecidos los numerales VI y VII. Para ver detalle de este ultimo punto, dar click en este enlace.
Procedimiento para presentar la solicitud
1. Asegúrese de contar con la documentación señalada en los requisitos.
2. Solicite una cita para presentar su solicitud.
Este trámite es atendido exclusivamente obteniendo una cita a través del sistema electrónico MiConsulado.
Usted puede acceder al sistema de citas MiConsulado dando click en este enlace. Debe seleccionar la opción "VISAS".
Usted puede consultar la guía de usuario que se ha elaborado para apoyarle en la obtención de una cita en el sistema de citas, dando click en este enlace.
3. Acuda de manera personal el día y hora de la cita asignada para entregar la documentación señalada en los requisitos y realizar la entrevista consular. Deberá realizar en esa fecha el pago del trámite.
4. En caso de ser aprobado el trámite, se le darán las indicaciones para la entrega de su pasaporte y la visa.
¿Dónde se puede realizar el trámite?
Los trámites de visa mexicana en España únicamente se realizan en la Sección Consular de la Embajada de México en España y en el Consulado de México en Barcelona.
Verifique la circunscripción consular que corresponda a su domicilio para presentar correctamente su solicitud:
La Sección Consular de la Embajada de México cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Andalucía, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra, el País Vasco y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
También atiende a personas residentes en el Principado de Andorra.
El Consulado de México en Barcelona cubre las siguientes Comunidades Autónomas:
Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Valencia.
Costo del trámite y forma de pago
El pago por la recepción, estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización de la visa, se realiza el día de su cita preferentemente con tarjeta bancaria.
El costo que hay que cubrir se puede consultar dando click en este enlace.
Tiempo de respuesta y conclusión
De conformidad con la normatividad vigente en materia de expedición de visas, el tiempo establecido es de hasta 10 días hábiles como plazo máximo de resolución, siempre y cuando se haya presentado la documentación de manera completa y satisfactoria.
Hay cuatro posibilidades para la finalización del trámite y entrega de visa:
1. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y no requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entrega el mismo día.
2. La documentación presentada el día de la cita es completa, la entrevista consular es satisfactoria y según lo establecido en el procedimiento, requiere mayor verificación de la autoridad migratoria en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
3. Durante la entrevista consular se encuentra que hay falta de documentación o que se requieren mayores elementos para evaluar la solicitud. Al finalizar la entrevista se le darán indicaciones para presentar mayor documentación o información, teniendo en cuenta que el plazo máximo que la autoridad tiene para resolución de su caso (hasta 10 días hábiles).
4. Durante la entrevista consular se detecta una coincidencia en las listas de control migratorio, o que la persona está sujeta a una visita de verificación migratoria de su empleador en México: la visa se entregará dependiendo del plazo establecido en el tipo particular de visa.
Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.
El trámite concluye con la entrega de la visa que es estampada en su pasaporte.
Aspectos importantes a considerar
Hay aspectos particulares que debe tener en cuenta sobre este trámite. Revise la siguiente información de manera detallada:
- La visa que se expide tiene una vigencia máxima de 180 días para ser utilizada (contados a partir de la fecha de su emisión) para su ingreso a México.
- Una vez en México, usted debe tramitar la tarjeta de residente temporal ante el Instituto Nacional de Migración dentro de los 30 días a su entrada al territorio mexicano. Al respecto, le sugerimos consultar este enlace.
- En el caso de negativa de la visa, no procederá el reembolso del pago realizado. Se sugiere que antes de presentar su solicitud, revise que su documentación esté completa.
Toda documentación que sea diferente a la emitida por autoridades de España o México debe estar debidamente apostillada o legalizada, y en su caso, presentar traducción simple en español.
Los boletos de avión o paquetes de viaje no/no forman parte de los requisitos para el trámite de visa y no condicionan la aprobación o tiempos de expedición de la misma.
Tenga en cuenta esta información para hacer los arreglos logísticos y personales necesarios para su solicitud de visa.
Fundamento jurídico y privacidad de datos
Ley de Migración que se puede consultar dando click en este enlace.
Reglamento de la Ley de Migración, que se puede consultar dando click en este enlace.
Lineamientos generales para la expedición de visas que emiten las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, que se pueden consultar dando click en este enlace.
Conozca los avisos de privacidad sobre el tratamiento de datos personales en el siguiente enlace: https://sre.gob.mx/avisos-de-privacidad
De conformidad con el Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Gobierno de México, esta oficina consular brinda a todas las personas un trato digno, igualitario y sin distinción alguna, atendiendo a los principios, valores y reglas de integridad contenidas en ese Código, así como a las disposiciones legales aplicables.
Tenga presente que la atención favorable de un trámite conlleva, por una parte, el compromiso de esta oficina consular para otorgar un servicio oportuno y eficiente, y por otra, la corresponsabilidad de cada persona solicitante de conocer y cumplir los requisitos y procedimiento que debe seguir en la gestión que requiere realizar.
Contacto con la Embajada
Consulte detalladamente la información que aquí se proporciona para que presente adecuadamente su solicitud.
El servicio que obtendrá es resultado, por una parte, de que usted cumpla de manera puntual y responsable los requisitos y procedimiento aquí señalados, y por otra, del compromiso y obligación de la Embajada por otorgar una atención de calidad y eficiente.
Sugerimos que revise la sección de preguntas frecuentes que encontrará abajo para clarificar cualquier situación.
¡Su opinión y valoración es muy importante para la Embajada! Si tiene algún comentario o sugerencia escriba al siguiente correo electrónico:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Todos los comentarios y consultas sobre tramites y servicios consulares se realizan exclusivamente a través de correo electrónico.
Preguntas frecuentes sobre este trámite
¿El formato de solicitud se llena digitalmente o a mano?
Puede llenar el formato en cualquiera de esas formas. Lo importante es que el día de la cita lo presente con toda la información requerida.
Tengo dudas sobre alguno de los campos del formato de solicitud ¿qué puedo hacer?
La información que se requiere en el formato es la básica y fundamental para presentar su solicitud de trámite. En caso de que no tenga certeza de que información colocar en algún campo, indíquelo el día de su cita para que se le brinde la asesoría que corresponde.
El sistema no me permite concluir con la programación de mi cita ¿qué puedo hacer?
Si usted sigue todos los pasos que deben cumplirse, no debe haber problema para la gestión de su cita. Se sugiere consultar la guía de usuario MiConsulado.
El catálogo de trámites no muestra el trámite que deseo realizar, ¿cómo resolver el problema?
Esta situación no es un problema del sistema; si el trámite que requiere no aparece en la lista es porque ya no hay citas disponibles para el periodo habilitado, algo poco usual pero que puede presentarse ante una alta demanda del trámite.
Tenga presente que las citas se habilitan con un mes de antelación, durante la primera semana de cada mes.
Cuando llego a la parte del calendario para seleccionar la cita, todas las fechas aparecen en blanco ¿cómo resolverlo?
Si el calendario y los días aparecen en blanco es que ya no hay citas disponibles para esas fechas o aun no han sido habilitadas.
Como se ha indicado, tenga presente que las citas se habilitan con un mes de antelación, durante la primera semana de cada mes.
Quiero presentar la solicitud de este trámite, pero al no aparece en el catálogo, he seleccionado otro diferente. ¿no tendré problemas al presentarme el día de la cita programada?
Es muy importante que seleccione el trámite que requiere. Si usted gestiona y se presenta con una cita para un trámite que no corresponde al que requiere no podrá ser atendido.
Quiero presentar la solicitud de visa para México, ¿es lo mismo la opción “VISAS” y/o “Certificados/Legalizaciones y Visados”?
No. Como ha sido señalado en el apartado de procedimiento la opción correcta es “Visas”. Si usted gestiona su cita en cualquier otro trámite que no corresponda, no podrá ser atendido.
Obtuve una cita para atención de mi trámite, pero me gustaría poder acudir antes. ¿Es posible?
Obtenga su cita y haga los arreglos personales para acudir en la fecha disponible que seleccione. No es posible adelantar o cambiar su cita una vez programada por lo que debe tener cuidado con el proceso y tomar la decisión pertinente para realizar su trámite.
¿Es necesario enviar la documentación por correo electrónico previamente a mi cita?
No. Para este trámite. la entrega, revisión y valoración de su solicitud y documentación se realiza el día de la cita.