La Embajada de México en Egipto puede celebrar matrimonios únicamente cuando ambos contrayentes son mexicanos. Si las dos personas son mexicanas favor de solicitar información adicional al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Matrimonio entre persona mexicana y egipcia:

 

En Egipto, el único matrimonio válido y legal es el que se celebra ante el Ministerio de Justicia, en una ceremonia civil en la Oficina de Registro de Matrimonio Civil de El Cairo o de Alejandría. Si desea una ceremonia religiosa, puede organizarla por separado, pero la ceremonia civil es la que acredita el matrimonio legal.

 

Por su parte, el matrimonio 'Orfi' significa que un hombre y una mujer simplemente acuerdan casarse, sin otorgar ni recibir ningún derecho legal. El hombre propone y la mujer acepta su propuesta ante un mínimo de dos testigos. Es un matrimonio no oficial ni registrado; por lo tanto, la relación no brinda ninguna protección legal.

 

ALERTA

Debido a que se han presentado controversias respecto a los matrimonios entre personas mexicanas y egipcias, se le informa lo siguiente:

  • En años recientes, y debido a las redes sociales, se ha incrementado considerablemente el número de fraudes y engaños contra personas egipcias que buscan casarse con personas mexicanas a quienes sólo conocen por redes sociales y con quienes no comparten un idioma en común. La mayoría de los casos se dan en Alejandría y en El Cairo.
  • La Embajada ha tenido que intervenir en ocasiones cuando mujeres mexicanas, después de casarse, solicitan apoyo, pues han sido privadas de su libertad por sus parejas, manteniéndolas incomunicadas, sin dinero ni pasaporte y siendo víctimas de violencia doméstica.
  • Se han dado casos de parejas que contraen matrimonio con el único objetivo de salir de Egipto y, una vez en México, abandonan a su cónyuge.

 

Para conocer los requisitos para contraer matrimonio legal en Egipto con una persona egipcia, debe dirigirse directamente a las autoridades egipcias -en la Oficina de Matrimonio de Extranjeros del Ministerio de Justicia- las cuales son las únicas facultadas para proporcionar la información vigente y correcta.

 

Es relevante indicar que, entre los requisitos solicitados por la Oficina de Matrimonio de Extranjeros del Ministerio de Justicia, figura la presentación de un “Certificado de no impedimento u objeción marital” emitido por la Embajada.

 

  • El marco legal mexicano NO contempla la figura de “Certificado de impedimento u objeción marital”. No obstante, a solicitud expresa de la parte interesada, la Sección Consular de la Embajada puede expedirle una constancia que contenga la información requerida por las autoridades de este país, incluida su religión y su estado civil. Este trámite debe realizarse directamente por la persona interesada en la Sección Consular de la Embajada, NO es necesario tener un abogado y NO tiene costo.

 

  • Debido a que el artículo 39 del Código Civil Federal establece que el estado civil sólo se comprueba con las constancias relativas del Registro Civil y ningún otro documento ni medio de prueba es admisible para comprobarlo, salvo los casos expresamente exceptuados por la ley, el solicitante deberá comprobar a la Sección Consular de la Embajada su estado civil presentando forzosamente el Certificado o Constancia de soltería, de inexistencia de matrimonio o de estado civil de las oficinas de los Registros Civiles en México. Este tipo de certificados NO/NO se realiza en la Embajada.

 

NOTA: Las religiones reconocidas en Egipto son el islam, el judaísmo y el cristianismo. Los matrimonios interreligiosos están permitidos excepto cuando la novia es musulmana y el novio tiene una fe diferente. Según la ley egipcia, un hombre musulmán puede casarse con una mujer musulmana, cristiana o judía. Una mujer musulmana solo puede casarse con un hombre musulmán. 

 

PROCEDIMIENTO:

  1. La persona mexicana que desee contraer matrimonio con una persona egipcia debe solicitar una cita al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando que desea obtener un “Certificado de no impedimento u objeción marital”.
  2. El Consulado le responderá indicando la siguiente fecha y horario disponibles para su cita. No hay citas urgentes.
  3. Debe presentarse a su cita en la Embajada y mostrar original y copia de:  

 

  • Pasaporte mexicano con el sello de entrada a Egipto;
  • Documentos del Registro Civil de México que comprueben su estado civil actual, con vigencia no mayor a dos meses;
  • Fotografía reciente a color tamaño pasaporte, con la cara descubierta;
  • Documento oficial que acredite la religión de la persona mexicana;
  • Pasaporte e identificación oficial egipcia de la persona con la que se casará;
  • Comprobante de domicilio de la persona egipcia con la que se casará;
  • Original del libro de familia ("keed aily"    قيد عائلى) de la persona egipcia con la que se casará, con traducción al español;
  • En caso de que la persona mexicana que se va a casar sea hombre, debe presentar, además, una carta laboral en la que consten el lugar de trabajo y el sueldo.

 

La constancia se entrega el mismo día.

 

Una vez que obtenga el Certificado de no impedimento u objeción marital” de la Sección Consular de la Embajada, deberá dirigirse a una oficina de legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Egipto, donde se certificará el documento. Posteriormente, para casarse por lo civil deberá llevar toda la documentación a la Oficina de Matrimonio de Extranjeros del Ministerio de Justicia.

 

Se recomienda consultar el siguiente apartado de  FRAUDES INTERNACIONALES:

 

https://www.gob.mx/sre/documentos/fraudes-internacionales