AVISO IMPORTANTE
Los pasaportes ordinarios se imprimen en la Ciudad de México y tardan en llegar a la Embajada entre 4 y 6 semanas. Por lo tanto, se recomienda iniciar el trámite de renovación de pasaporte al menos tres meses antes de su vencimiento.
Para realizar el trámite debe programar una cita en la plataforma de citas de la Secretaría de Relaciones Exteriores:
https://embamex.sre.gob.mx/colombia/index.php/servicios-consulares/citas
El pago del pasaporte se debe realizar en cualquier sucursal de Banco de Occidente. Si está seguro que cumple con todos los requisitos, puede hacer el pago antes del día de su cita para agilizar el trámite. En el siguiente enlace encontrará las instrucciones: https://embamex.sre.gob.mx/colombia/index.php/servicios-consulares/tarifasconsulares
Si tiene dudas sobre los requisitos, se sugiere que el día de su cita lleve efectivo. Si los requisitos están completos y correctos, se le permitirá ir a pagar el banco. Tenga en cuenta que, si opta por esta opción, la duración del trámite se retrasará considerablemente.
Si su trámite es un pasaporte de emergencia, invariablemente deberá esperar a que los funcionarios le autoricen ir a realizar el pago.
NOTA: Para el caso de las personas mexicanas por naturalización, favor de presentar la documentación para revisión antes de realizar el pago.
REQUISITOS
Cuando los pasaportes llegan a la Embajada, los números de folio de los comprobantes del trámite se publican en el siguiente enlace:
Para mayor información, a continuación encontrará los trámites en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS), de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER):
SRE-01-020-A
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de seis años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-A
SRE-01-020-B
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de tres años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-B
SRE-01-020-C
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de edad con vigencia de un año.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-C
SRE-01-020-D
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de seis años (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-D
SRE-01-020-E
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de tres años (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-E
SRE-01-020-F
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. Pasaporte para mayores sesenta años y personas con discapacidad comprobada con vigencia de un año (aplica descuento del 50%).
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-F
SRE-01-020-G.
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de seis años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-G
SRE-01-020-H
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de tres años
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-H
SRE-01-020-I
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A menores de edad con vigencia de un año.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-I
SRE-01-020-J
Pasaporte ordinario expedido en el exterior A mayores de edad con vigencia de diez años.
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-J
SRE-01-020-K
Pasaporte ordinario expedido en el exterior. A mayores de sesenta años de edad y a personas con discapacidad comprobada con vigencia de diez años (aplica descuento del 50%)
https://catalogonacional.gob.mx/FichaTramite?traHomoclave=SRE-01-020-K
Catálogo en proceso de actualización. Los derechos por la expedición del pasaporte serán los comunicados cuando la persona interesada solicite su cita al servicio MEXITEL o los proporcionados directamente por la Oficina Consular, conforme al artículo 20 de la Ley Federal de Derechos (LFD) en vigor.
Si el pasaporte se emite de emergencia se cobrará el 30% adicional del costo del pasaporte ordinario solicitado, dependiendo de su vigencia, conforme al segundo párrafo del artículo 20 de la LFD en vigor