Para niños recién nacidos y menores de tres años de edad, se les podrá emitir pasaporte por un año o por tres años.  Para niños mayores de tres años y menores de dieciocho años, podrán solicitar pasaporte ordinario por tres o seis años.

  1. Realizar la cita (Instrucciones para agendamiento de cita https://embamex.sre.gob.mx/colombia/index.php/servicios-consulares/citas)

  2. Comparecencia de padres o personas que ejercen la patria potestad o tutela, quienes deben acreditar su identidad con alguno de los siguientes documentos, en original y copia:

    1. Cédula de extranjería
    2. Pasaporte mexicano vigente
    3. Credencial de elector emitida por el INE o IFE
    4. Cédula profesional mexicana
    5. Pasaporte extranjero vigente
    6. Cédula de ciudadanía

      En el caso de que alguna o ambas personas que ejerzan patria potestad o tutela no puedan comparecer, podrán otorgar su consentimiento ante una oficina de pasaportes o consular mediante el formato que determine la Secretaría o ante notario público mediante escritura pública.

      Si alguna de las personas que ejercen patria potestad o tutela, la perdieran o la tengan suspendida, quien la ejerza en exclusiva entregará copia certificada de la resolución judicial correspondiente y del auto por el que cause ejecutoria.

      Cuando alguna de las personas que legalmente ejercía la patria potestad falleciera se deberá presentar copia certificada del registro de defunción

  3. Comparecencia de la persona menor de edad y pasaporte a renovar (en caso de robo o extravío, presentar el acta levantada ante el ministerio público, oficina consular o autoridad competente), y alguno de los siguientes documentos en original y copia:

    1. Para menores de 7 años: constancia del médico pediatra con fotografía reciente. Debe venir en papel membretado, la firma y sello del médico deben venir encima de la fotografía. El nombre del menor debe aparecer tal como aparece en el acta de nacimiento mexicana
    2. Para mayores de 7 años - menores de 18 años: constancia de estudios con fotografía reciente. Debe venir en papel membretado, la firma y sello de la autoridad escolar deben venir encima de la fotografía. El nombre del menor debe aparecer tal como aparece en el acta de nacimiento mexicana
    3. Certificados de estudios expedidos por la SEP

  4. Comprobante de pago (Instrucciones para pago de derechos consulares https://embamex.sre.gob.mx/colombia/index.php/servicios-consulares/tarifasconsulares)