VISA DE RESIDENCIA TEMPORAL
Aplicable a personas extranjeras que pretendan ingresar a México con el objeto de permanecer por un tiempo mayor a 180 días y no mayor a 4 años. Esta visa tiene una vigencia de 180 días y es válida por 1 entrada. La persona extranjera deberá tramitar dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso a México, la tarjeta de residencia que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional.
Requisitos:
- Solicitud de visa impresa por ambos lados, debidamente llenada y firmada. Descargue el formato: español / chino
- Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho internacional y vigente, en original y copia;
- Una fotografía con el rostro visible y sin anteojos, a color, tamaño pasaporte, cuyas medidas deberán ser como mínimo de 32.0 milímetros x 26 milímetros y como máximo de 39.0 milímetros x 31.0 milímetros, con fondo blanco y de frente;
- Original y copia del documento que acredite su legal estancia, si la persona extranjera no es nacional del país donde solicita la visa (si usted es nacional de la República Popular China no deberá presentar este requisito);
- Pago de derechos por la expedición de visa de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Derechos (el equivalente en CNY a 53 USD –aproximadamente 385 CNY). La Embajada acepta pagos electrónicos vía AliPay; y
- Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
a. Solvencia económica.
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 525,000 CNY), durante los últimos doce meses; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de trescientos días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 31,500 CNY), durante los últimos seis meses.
b. Investigación científica en aguas jurisdiccionales de México.
- Copia de la comunicación mediante la cual la representación diplomática en México del país del cual sean nacionales o residentes, le notifique a la persona extranjera que la Secretaría de Relaciones Exteriores recibió las autorizaciones de las autoridades nacionales competentes, si se trata de personas extranjeras que deseen ingresar para participar en proyectos de investigación científica y/o de recolección de muestras en el territorio nacional o en aguas jurisdiccionales de México. La comunicación deberá contener la siguiente información:
- Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
- Denominación o razón social de la organización o la institución pública o privada que invita a la persona extranjera;
- Información sobre la actividad que realizará o del proyecto en el que participará la persona extranjera; y
- Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará.
c. Invitación de una organización o de una institución pública o privada.
- Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite a la persona extranjera a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener los siguientes datos:
- Nombre completo del solicitante y nacionalidad;
- Denominación o razón social de la organización;
- Número de registro oficial, según corresponda;
- Objeto de la organización o institución privada o pública;
- Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución;
- Información sobre la actividad que realizará o el proyecto en el que participará la persona extranjera. La actividad de la persona extranjera deberá estar relacionada con los fines de la organización o institución que invita;
- Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad que realizará;
- La manifestación de la responsabilidad solidaria para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia; y
- Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscribe la carta responsiva.
- A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación a que se refiere el inciso 1.8 del numeral anterior, la organización o institución privada que invita presentará original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a mil días de salario mínimo vigente (248,930 MXN), durante los últimos doce meses.
Las instituciones públicas y las instituciones privadas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica. - Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia, capacidad, habilidades o conocimientos necesarios para desarrollar la actividad para la cual es invitado, en original y copia.
- En caso de que la institución que invita no cubra los gastos de manutención:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cinco mil días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 525,000 CNY), durante los últimos doce meses; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que el solicitante de visa cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de doscientos días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 22,000 CNY), durante los últimos seis meses.
d. Unidad Familiar
Importante: de acuerdo con lo previsto en el artículo 113 del Reglamento, únicamente aplica la solicitud por unidad familiar de forma directa en la Embajada de México en China (cuando no se haya tramitado previamente la solicitud de internación ante el Instituto Nacional de Migración, el cual expedirá la autorización correspondiente y proporcionará un Número Único de Trámite -NUT-), en caso de que la persona extranjera residente temporal o residente permanente o la persona mexicana acompañe a su familiar para presentar la solicitud de visa ante la referida Embajada.
Los requisitos para solicitar este tipo de visa son:
- Vínculo con persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante:
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, deberá presentarse acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o
- Si el solicitante tiene hijo extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
- Si el solicitante tiene padre o madre extranjero titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente (menor de 18 años de edad) y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
- Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera titular de una visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente (menor de 18 años de edad) y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia;
- Visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original y copia; y
- Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país; con:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cien días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 11,000 CNY) durante los últimos doce meses; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 11,000 CNY), durante los últimos seis meses.
- Matrimonio o concubinato con persona extranjera titular de visa de residente permanente:
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia;
- Visa de residente permanente, válida y vigente en original y copia; y
- Acreditar solvencia económica para la manutención de su cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente durante su estancia en el país, con:
- Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a cien días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 11,000 CNY) durante los últimos doce meses; o
- Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente (aproximadamente 11,000 CNY), durante los últimos seis meses.
- Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante:
- Si el solicitante es cónyuge, concubina o concubinario de persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia; o
- Si el solicitante tiene hijo extranjero con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante, acta de nacimiento del hijo, en original y copia; o
- Si el solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente (menor de 18 años) y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acta de nacimiento del solicitante, en original y copia; o
- Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de una persona extranjera con la condición de estancia de residente temporal o residente temporal estudiante, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente (menor de 18 años) y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
- Acta de nacimiento del solicitante, en original y copia, y
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico en original y copia.
Adicionalmente tendrá que presentarse:
- Tarjeta de residente temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original y copia; y
- En el caso de que el solicitante tenga vínculo con extranjero que cuente con la condición de estancia de residente temporal estudiante:
- Carta o constancia emitida por la institución educativa en la que conste que el extranjero con la condición de estancia de residente temporal estudiante continúa con sus estudios.
- Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente permanente:
- Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; y
- Tarjeta de residente permanente, válida y vigente, en original y copia.
- Matrimonio, concubinato o figura equivalente con mexicano:
- 5.1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato o figura equivalente emitida por autoridad competente de conformidad con la legislación aplicable del país en donde se celebró el acto jurídico, en original y copia; y
- 5.2. Documento probatorio de la nacionalidad mexicana, de conformidad con el Artículo 3 de la Ley de Nacionalidad (pasaporte, acta de nacimiento, certificado de nacionalidad, carta de naturalización, matrícula consular), en original y copia.
e. Bienes inmuebles en territorio nacional.
Original y copia de Escritura Pública otorgada ante Fedatario Público que acredite que la persona extranjera es titular de bienes inmuebles, con un valor que exceda de cuarenta mil días de salario mínimo general vigente (9,957,200 MXN).
f. Inversionista.
- Escritura o póliza de la persona moral mexicana otorgada ante Fedatario Público, o documento debidamente certificado por el órgano de administración o funcionario competente de éste, en el que conste que la persona extranjera participa en el capital social de dicha persona moral mexicana, y que el monto de la inversión efectivamente erogado para la participación de la persona extranjera en la persona moral mexicana exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente (4,978,600 MXN), lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, mediante contrato de compraventa de acciones o partes sociales, contrato de transmisión de bienes o derechos en favor de la persona moral mexicana o documento expedido por esta última que acredite el monto aportado por concepto de la participación en el capital social, en original y copia; y
- Documento que acredite la propiedad o titularidad de bienes muebles o activos fijos en favor de la persona moral extranjera, utilizados para fines económicos o empresariales, con un valor que exceda de veinte mil días de salario mínimo general vigente (4,978,600 MXN), en original y copia; o
- Documentación que acredite el desarrollo de las actividades económicas o empresariales en México, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, con contratos, órdenes de servicio, facturas, recibos, planes de negocio, licencias o permisos, o constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguridad Social que acredite que la persona moral extranjera es empleador de al menos tres trabajadores, en original y copia.
Nota:
- El salario mínimo general vigente en México en 2024 es de $248.93 MXN, de acuerdo a la resolución de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/873886/Tabla_de_Salarios_M_nimos_2024.pdf).
- La expedición de la visa está sujeta al resultado de la entrevista consular.
- Se entiende por figura equivalente al concubinato a la relación entre un hombre y una mujer libres de matrimonio que viven en común, en forma constante y permanente por el término que establezca la legislación del país que corresponda. No será necesario que la convivencia en común cumpla con ese término, cuando hayan procreado hijos.
- En ningún caso, el promovente podrá solicitar visa para más de un cónyuge, concubina o concubinario aunque la legislación de otro país lo permita. Lo anterior salvo que acredite en su caso, con documentales emitidas ante autoridad competente, la disolución o término del vínculo previo acreditado ante la oficina consular.
Fuente:
Diario Oficial de la Federación. Lineamientos Generales para la Expedición de Visas que expiden las Secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5363603&fecha=10/10/2014#gsc.tab=0