REGISTRO CIVIL

Esta Representación Consular podrá registrar como mexicanos por nacimiento a toda persona:

  • Nacida en el extranjero, hijo de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, o de padre o madre mexicano nacido en territorio nacional.
  • Nacida en el extranjero, hijo de padres mexicanos por naturalización, o de padre o madre mexicano por naturalización.

De acuerdo con el artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal, se toman los apellidos paternos tanto del padre como de la madre para acreditar la filiación de los ascendientes. Los actos de registro civil que se realicen en las representaciones diplomáticas de México tienen plena validez en México.


Cuando no se acepten los preceptos jurídicos mexicanos, al registrar a sus hijos y deseen hacerlo conforme al derecho extranjero del acta local, es decir, conservando el orden de los apellidos originalmente asentados, se recomienda llevar a cabo la inserción del acta de nacimiento local en alguna de las Oficinas del Registro Civil en territorio nacional.


Este proceso es exclusivo del juez del Registro Civil correspondiente, quien esté facultado para autorizar dicha inserción.


Requisitos para el registro de nacimiento

Remitir por correo postal a la Sección Consular de esta Embajada los siguientes documentos (Favor de anotar su teléfono y correo electrónico en el mismo.):

  • Solicitud de registro de nacimiento rellenada:

  • Copia del acta de nacimiento alemana del o la menor expedida por el Registro Civil alemán ("Auszug aus dem Geburtsregister") en formato internacional disponible en varios idiomas.
  • En caso de que el acta haya sido expedida en otro país, el original deberá apostillarse o legalizarse por la autoridad correspondiente.
  • Si el acta está en idioma distinto al español, deberá ser traducida por perito traductor.
  • (2) Dos fotocopias de las actas de nacimiento de los padres.
  • (2) Dos fotocopias de los pasaportes de los padres: únicamente de las hojas donde está la foto, los datos y la firma del portador. En caso de planear presentarse con testigos, enviar también copia de las identificaciones de los mismos.
  • (2) Dos fotocopias del acta de matrimonio de los padres. Si el acta de matrimonio no está en formato internacional o un idioma diferente al español, agregar traducción simple al español.
  • En caso de no estar casados, enviar una fotocopia del reconocimiento de la paternidad con una traducción simple al idioma español.
  • En caso de que el menor cuente con alguna otra identificación, como por ejemplo el pasaporte alemán, favor de enviar (2) dos fotocopias.

Una vez que se envíe solo copias del material indicado por correo postal, favor de comunicarse a la Sección Consular de la Embajada para hacer una cita o al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. El día acordado, favor de presentarse con el menor, así como con los documentos originales de las copias que se enviaron con anterioridad. Estos materiales serán devueltos una vez que se compruebe la autenticidad de los mismos.


Anotaciones adicionales:

  • Favor de enviar la documentación en formato DIN A4 (tamaño carta alemán), ya que no se aceptan otros formatos.
  • El registro de nacimiento es gratuito.
  • El original del acta de nacimiento que los interesados firman el día que se presentan en la Sección Consular de esta Embajada no se entrega a los padres, sino que se envía a las oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en México, D. F., quien a su vez la turna junto con los documentos presentados al Archivo Central del Registro Civil. Por este motivo, a los interesados se les entrega únicamente un comprobante del registro y una copia certificada del acta que es gratuita.  En caso de solicitarlo, se expiden copias certificadas después del pago de derechos correspondiente. Favor de consultar la siguiente sección en esta página para mayor información sobre las copias certificadas.
  • La Embajada NO recibe ningún pago en efectivo. Le solicitamos atentamente realizar su pago vía transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

Titular: Mexikanische Botschaft
Banco: Commerzbank AG
Número de cuenta:
IBAN DE80 1004 0000 0266 0330 01
BIC. COBADEFFXXX


Nota:

En caso de que los interesados que después de los seis meses de haber enviado las copias de la documentación requerida para el registro de nacimiento no llamen por teléfono o escriban fechas optativas para el llevar a cabo el registro, estas serán destruidas.

Las copias certificadas del Registro Civil se pueden solicitar personalmente en esta Representación o por medio del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .

Al realizar la solicitud personalmente, favor de proporcionar el nombre completo de la persona registrada, además de pagar la cantidad correspondiente de acuerdo con la tarifa mensual vigente.

Si realiza la solicitud vía correo electrónico, favor de enviar el comprobante del depósito o pago vía transferencia bancaria a la cuenta de la Embajada. Los datos son los siguientes:

Titular: Mexikanische Botschaft
Banco: Commerzbank AG
Número de cuenta: 266033001, BLZ 100 400 00

Asimismo, favor de indicar el número de copias que se deseen, así como la dirección postal donde desee recibir los documentos.

Si Ud. se encuentra en México, puede obtener copias certificadas de las actas que se hayan levantado en esta Representación en la Oficina Central de Registro Civil del Distrito Federal, siempre y cuando hayan transcurrido mínimo dos años a partir de la fecha del registro.

 

Copias certificadas de nacimientos registrados en México

Desde el 15 de enero de 2015, los mexicanos registrados en México que viven fuera del país pueden solicitar copias certificadas de su acta de nacimiento en los consulados de México en el extranjero.

Para tramitar copias certificadas de su acta de nacimiento, siga los siguientes pasos:

(NOTA: Para el trámite de su copia certificada de acta de nacimiento, no es necesario presentarse personalmente en la Sección Consular de esta Embajada)

1- Enviar al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. una copia de su CURP, una identificación oficial mexicana vigente y la siguiente solicitud firmada:

  • Si no dispone de su CURP, puede buscarla e imprimirla en el siguiente link: https://consultas.curp.gob.mx/CurpSP/
  • Si en el link anterior no se puede encontrar su CURP, o no se localizan sus datos, tendrá que enviar copia de su acta de nacimiento.

2- Una vez tengamos sus documentos, procederemos a buscar su acta de nacimiento en el sistema. Cuando se haya localizado su acta en el sistema, le informaremos mediante correo electrónico para que usted realice el pago mediante transferencia bancaria (consulte la tarifa mensual vigente correspondiente a Copias Certificadas del Registro Civil)

Atención: Es muy importante que no realice el pago hasta que se le haya informado de la disponibilidad de su Acta de Nacimiento en el sistema.

3- Ya disponible su Acta de Nacimiento en el sistema, envíe por favor por correo postal:

Si usted contrajo matrimonio en Alemania, para hacerlo válido en México deberá inscribirlo directamente en una oficina del Registro Civil en nuestro país, presentando en original y copia los documentos enlistados.

Aquí encuentra una lista de los Registros Civiles en México:



1. Acta de matrimonio alemana en formato internacional (en varios idiomas) debidamente apostillada.

Algunas veces la autoridad mexicana solicita una traducción de este documento por un perito traductor juramentado en México, a pesar de que el acta de matrimonio alemana se haya expedido en varios idiomas, incluyendo el español.

2. Copia certificada del acta de nacimiento del contrayente mexicano que desea inscribir el acto.

3. Comprobante de domicilio en México, mismo que puede ser el domicilio de los padres o el lugar donde nació uno de los comparecientes.

4. Identificación oficial del compareciente.

Si usted no tiene programado un viaje a México y desea inscribir su matrimonio en nuestro país, el trámite lo puede realizar uno de sus familiares o conocidos con una carta poder simple.

Este trámite tiene un costo, mismo que deberá cubrirse en el Registro Civil donde realice la inscripción de acuerdo con los derechos vigentes.


Si contrajo matrimonio en México con un ciudadano alemán, y desea establecer su domicilio en Alemania, se recomienda apostillar el acta de matrimonio en alguna de las Secretarías de Gobernación de los Estados o en el Distrito Federal. Una vez en Alemania, se recomienda traducir el acta al alemán por perito traductor (se proporciona una lista de traductores) y registrarla ante la oficina del Registro Civil alemán ("Standesamt") donde establecerá su domicilio final. Se recomienda también traer una copia certificada del acta de nacimiento mexicana apostillada, con una fecha de expedición no mayor a seis meses de antigüedad.

Requisitos:

1. Ambos contrayentes deben ser de nacionalidad mexicana, misma que comprobarán con su acta de nacimiento. A falta de ésta, se podrán presentar cualquiera de los siguientes documentos:

  • Certificado de nacionalidad mexicana
  • Carta de naturalización mexicana
  • Pasaporte vigente
  • Declaratoria de nacionalidad mexicana
  • Matrícula consular

2. Ambos pretendientes deberán ser mayores de edad. El hijo o la hija que no haya cumplido 18 años no pueden contraer matrimonio sin el consentimiento de su padre o de su madre, en caso de que uno o ambos vivan, o del que sobreviva. Este derecho lo tiene la madre aunque haya contraído segundas nupcias si el hijo o la hija se encuentra bajo su custodia. A falta o por imposibilidad de los padres, se necesita el consentimiento de los abuelos paternos, si uno o ambos viven, o del que sobreviva. A falta o por imposibilidad de los abuelos paternos, si los dos existen o del que sobreviva, se requiere el consentimiento de los abuelos maternos.

3. Solicitud escrita y firmada por ambos contrayentes, dirigida al titular de la representación, en la que los pretendientes señalen que no tienen impedimento legal para casarse y que es su voluntad unirse en matrimonio. Deberán asentar sus nombres, apellidos, edad, ocupación y domicilio tanto de los contrayentes como de sus padres (si éstos son conocidos).


Cuando alguno de los pretendientes o los dos hayan sido casados, se expresará el nombre de la persona con quien se celebró el matrimonio anterior, la causa de disolución del mismo y la fecha de ésta. Si no hubiere dos testigos que conozcan a ambos pretendientes, deberán presentarse dos testigos por cada uno de ellos. Los testigos se identificarán a satisfacción del titular de la representación y proporcionarán fotocopia de su identificación.

4. Presentar las capitulaciones matrimoniales con las que los pretendientes acuerdan sobre sus bienes presentes y a los que adquieran durante el matrimonio. Expresarán si contraen matrimonio bajo el régimen de  o bajo el de Si son menores de edad, los pretendientes deberán aprobar el convenio, mismo que no puede dejar de presentarse ni aún a pretexto de que carecen de bienes, pues en ese caso versará sobre los que adquieran durante el matrimonio.

En el caso de separación de bienes, los cónyuges conservarán la propiedad y la administración de los que respectivamente les pertenecen. Por consiguiente, todos los frutos y accesiones de dichos bienes no serán comunes, sino del dominio exclusivo del dueño de ellos. La separación de bienes puede comprender también los bienes que adquieran después del matrimonio. En el acta se deberá asentar el tipo de convenio celebrado.

5. Presentar certificado de salud firmado por médico titulado. Es impedimento para celebrar el contrato de matrimonio el que alguno de los pretendientes padezca alguna enfermedad crónica e incurable, y que además sea contagiosa o hereditaria.

6. Presentar una 

Si un ciudadano mexicano desea contraer matrimonio en Alemania, deberá acudir al Registro Civil alemán correspondiente ("Standesamt"). Algunos de los siguientes documentos son requisito indispensable para la celebración del matrimonio:

1. Copia certificada del acta de nacimiento mexicana expedida por el Registro Civil donde el ciudadano fue registrado. Se proporciona una lista de



2. Constancia de inexistencia de matrimonio expedida por el Registro Civil donde fue registrado en México, o en el Distrito Federal en la Dirección General del Registro Civil. Se proporciona una lista de Registros Civiles en México

Ambos documentos deberán estar apostillados en México. Los documentos deberán traducirse al alemán por perito traductor. Lista de traductores . Los Registros Civiles alemanes no aceptan documentos que tengan una fecha de expedición mayor a seis meses.

Si el interesado se casó y se divorció en México, deberá presentar también el acta de matrimonio mexicana con la anotación del divorcio con apostilla. En algunos casos, los Tribunales Superiores en Alemania requieren la sentencia de divorcio debidamente apostillada y traducida al alemán por perito traductor en Alemania.

Si un ciudadano mexicano residente en México desea contraer matrimonio y residir en Alemania, le recomendamos ponerse en contacto con la Sección Consular de la Embajada de Alemania en México (página de internet aquí). 

En México, los registros civiles de cada Estado determinan los requisitos para que un ciudadano extranjero contraiga matrimonio con un mexicano. A continuación proporcionamos algunos requisitos, aconsejándole dirigirse al Registro Civil en México donde desee contraer matrimonio (se proporciona una lista de



1. El contrayente extranjero deberá presentar permiso vigente otorgado por la Secretaría de Gobernación, así como de su identidad y calidad migratoria (tarjeta de turista o visa dependiendo de su nacionalidad).

2. Solicitud de matrimonio debidamente llenada ante el Juez del Registro Civil de su elección.

3. Copia certificada del acta de nacimiento del contrayente mexicano.

4. Acta de nacimiento del contrayente extranjero en formato internacional disponible en varios idiomas y debidamente apostillada. En caso de que ésta se encuentre en idioma distinto al español, deberá acompañarse de su correspondiente traducción realizada por un perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del D. F. o de los Estados.

5. Cuando uno o ambos pretendientes hayan estado casados con anterioridad, mostrarán copia certificada del acta de matrimonio con la inscripción de divorcio, o copia certificada del acta respectiva, o copia certificada de la parte resolutiva de la sentencia de divorcio, o nulidad del matrimonio y del auto que la declare firme. Si alguno de los pretendientes fuese viudo, deberá presentar copia certificada del acta de defunción correspondiente. En el caso del contrayente extranjero, ambos documentos deberán estar apostillados.

6. Convenio sobre el régimen patrimonial a que se sujetarán los bienes presentes y los que se adquieran durante el matrimonio.

7. Certificado médico prenupcial. En el Distrito Federal no es requisito, pero sí en algunos Estados de la República Mexicana.

8. En caso de que el contrayente extranjero no domine el idioma español, se requerirá de un intérprete.

9. Cuatro testigos

10. Identificación oficial

11. Comprobante de domicilio: se proporciona generalmente el domicilio del contrayente mexicano.

Requisitos a presentar ante una oficina del Registro Civil (se proporciona una lista



1. Solicitud correspondiente debidamente llenada.

2. Pasaportes vigentes.

3. Tarjeta de turista o visa de acuerdo con su nacionalidad, FM2 o FM3.

4. Acta de nacimiento apostillada. En la ciudad de Cancún, y a lo largo del estado de Quintana Roo, no se pide este requisito: se puede hacer una protesta de decir verdad en un formulario que pone a disposición el Registro Civil.

5. En caso de que alguno de los pretendientes sea divorciado o viudo, presentar el documento correspondiente con apostilla y traducción al español.

6. Ser mayor de edad (18 años).

7. Llenar solicitud en el Registro Civil.

8. Certificado médico prenupcial expedido en México.

9. Cuatro testigos con identificaciones vigentes.

10. Pago de la tarifa correspondiente. 

11. Convenio matrimonial (separación de bienes o sociedad conyugal).

Los registros civiles en México requieren la documentación arriba señalada al menos dos días antes de la fecha establecida para contraer nupcias. Se recomienda solicitar copia certificada del acta de matrimonio con apostilla para inscribir posteriormente el matrimonio en un Registro Civil alemán ("Standesamt"), previa traducción por perito traductor. Se proporciona una lista de traductores 
Constancia de inexistencia de matrimonio o constancia de soltería. 
(Certificado a Petición de Parte)

Si reside en Alemania, la Sección Consular de la Embajada le puede expedir una constancia de soltería (Certificado a Petición de Parte) con base en una protesta de decir verdad. Sin embargo, recomendamos informarse ante el Registro Civil alemán ("Standesamt") si la constancia expedida por esta oficina es suficiente para cubrir dicho requisito, ya que algunos estados, tales como Baviera y Renania del Norte Westfalia no aceptan dichas constancias. En ese caso, deberá de tramitar este documento en una de las oficinas del

 

Las actas de nacimiento por reconocimiento de identidad de género podrán expedirse en las oficinas consulares de México a solicitud expresa de las personas interesadas, sin distinción de edad, sexo, expresión de género, residencia o lugar de la expedición del acta primigenia.

Para esos fines, se entiende por identidad de género la convicción personal e interna sobre el género de una persona, el cual puede corresponder o no, al sexo asignado en su acta de nacimiento primigenia.

La expedición del acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género se realizará como si se tratara de un registro nuevo de nacimiento conforme a lo establecido por el artículo 58 del Código Civil Federal. No podrán ser modificados los datos de nacimiento como lugar, fecha, hora y datos de los padres. Los únicos datos modificables serán el nombre y el sexo de la persona.

Es importante destacar que los derechos y obligaciones contraídos con anterioridad a la expedición de una nueva acta por reconocimiento de identidad de género no se modifican o extinguen con el levantamiento de la nueva acta, incluidos los provenientes de las relaciones propias del derecho de familia en todos sus órdenes y grados.

 

REQUISITOS

Para la expedición de una nueva acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género, favor de remitir por correo postal a la Sección Consular de esta Embajada los siguientes documentos (favor de anotar su teléfono y correo electrónico en el mismo.):

  • Solicitud de registro de nacimiento rellenada:
  • (2) Fotocopias del acta de nacimiento mexicana primigenia.
  • (2) Fotocopias de una identificación con fotografía que se corresponda con los datos asentados en el acta primigenia.

Una vez que se envíe solo copias del material indicado por correo postal, favor de comunicarse a la Sección Consular de la Embajada para hacer una cita o al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. El día acordado, favor de presentarse con los documentos originales de las copias que se enviaron con anterioridad. Estos materiales serán devueltos una vez concluido el procedimiento.

PROCEDIMIENTO

Al momento de la comparecencia se recabarán los siguientes datos:

  1. Nombre con el que la persona se identifica, sin modificaciones a los apellidos.
  2. Lugar y fecha de nacimiento y de contar con el dato, la hora de nacimiento;
  3. Género auto percibido; y,
  4. Datos biométricos consistentes en las huellas dactilares.

NOTA: En caso de tratarse de personas menores de edad, se requerirá la comparecencia de quien o quienes ejerzan la patria potestad plenamente identificados.


Anotaciones adicionales:

 

  • Favor de enviar la documentación en formato DIN A4 (tamaño carta alemán), ya que no se aceptan otros formatos.
  • El registro de nacimiento por reconocimiento de identidad de género es gratuito, lo mismo que la primera copia certificada del acta.  En caso de solicitarlo, se expiden copias certificadas después del pago de derechos correspondiente.
  • La Embajada NO recibe ningún pago en efectivo. Le solicitamos atentamente realizar su pago vía transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

Titular: Mexikanische Botschaft
Banco: Commerzbank AG
Número de cuenta:
IBAN DE80 1004 0000 0266 0330 01
BIC. COBADEFFXXX


Nota:

En caso de que los interesados que después de los seis meses de haber enviado las copias de la documentación requerida para el registro de nacimiento no llamen por teléfono o escriban fechas optativas para el llevar a cabo el registro, estas serán destruidas.

 

Información general

Los titulares de oficinas consulares, quienes actúan en su calidad de Juez del Registro Civil, tienen la facultad de levantar actas de nacimiento, matrimonio y defunción, así como de expedir copias certificadas de los mismos.

Los actos del registro civil –actas de nacimiento, matrimonio y de defunción- y sus copias certificadas- efectuados en las oficinas consulares surten efecto jurídico pleno en territorio nacional sin necesidad de legalización o apostilla, ni de inscripción alguna ante autoridad en México por tratarse de documentos expedidos por autoridad federal mexicana.

Las actas del registro civil se asientan en formas especiales en papel seguridad que se denominan ―Formas del Registro Civil. De conformidad con el artículo 36 del CCF las inscripciones deben elaborarse por triplicado y el tercer tanto de la inscripción será entregado a la parte interesada, como prueba de que se efectuó el mismo.

El registro de defunción ante una oficina consular, únicamente se asienta cuando la persona fallecida es de nacionalidad mexicana y el deceso ocurre en el extranjero. Sus familiares podrán fungir tanto como declarantes o como testigos, en el levantamiento del acta.

El acta de defunción asentada en una oficina consular o diplomática mexicana surte efecto jurídico pleno en territorio nacional sin necesidad de legalización o apostilla.

 

**Nota importante: Las autoridades alemanas, para poder expedir un acta defunción, solicitan como requisitos indispensables:

  • Copia certificada del acta de nacimiento mexicana,
  • Copia certificada del acta de matrimonio, si la persona fallecida fuera casada.
  • Identificación de la persona fallecida.

Se recomienda tener todos estos documentos disponibles al realizar el registro del deceso en Alemania y poder obtener el acta de defunción alemana (que es indispensable para el trámite de acta de defunción mexicana).

 

REQUISITOS

Para la expedición de un acta de defunción, favor de remitir por correo postal o correo electrónico a la Sección Consular de esta Embajada (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) los siguientes documentos (favor de anotar su teléfono en el mismo.):

  1. .
  2. Copia certificada del acta internacional de defunción (Formule C) expedida por la autoridad competente del lugar y certificado de defunción firmado por médico titulado (Todesbescheinigung).
  • Para el documento extranjero expedido en la circunscripción consular o país en el que se encuentre la oficina consular no será necesaria su apostilla o legalización.
  • Si el documento extranjero fue expedido en otro país sí será necesaria la apostilla o legalización.
  • Si el documento extranjero está escrito en idioma inglés no se requerirá traducción. Si el documento extranjero está expedido en otro idioma diferente al español o inglés se requiere su traducción.
  1. Acreditar la nacionalidad mexicana de la persona fallecida mediante alguno de los siguientes documentos:
  • Pasaporte
  • Acta de nacimiento
  • Certificado de nacionalidad mexicana, o
  • Carta de naturalización mexicana, o
  • Declaración de nacionalidad mexicana, o
  • Cédula de identidad ciudadana
  1. Se solicitará a los familiares o a los comparecientes que hagan la declaración de la defunción, que proporcionen los siguientes datos:
  • Nombre, apellidos, edad, ocupación y domicilio que tuvo el finado
  • Su estado civil (soltero, casado o viudo y nombre de su cónyuge)
  • Nombre, apellidos, edad, ocupación y domicilio de los testigos
  • Si los testigos fueren parientes, el grado que lo sean
  • Nombre de los padres del finado, si se supieran
  • La clase de enfermedad o causa que determinó la muerte y
  • La hora de la muerte, si se supiera y todos los informes que se tengan en caso de muerte violenta.

Una vez que se envíe solo copias de los documentos indicados por correo postal, favor de comunicarse a la Sección Consular de la Embajada para hacer una cita o al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. El día acordado, favor de presentarse con los documentos originales de las copias que se enviaron con anterioridad. Éstos serán devueltos una vez concluido el procedimiento.

 


Anotaciones adicionales:

 

  • Favor de enviar la documentación en formato DIN A4 (tamaño carta alemán), ya que no se aceptan otros formatos.
  • El registro de nacimiento por reconocimiento de identidad de género es gratuito, lo mismo que la primera copia certificada del acta.  En caso de solicitarlo, se expiden copias certificadas después del pago de derechos correspondiente.
  • La Embajada NO recibe ningún pago en efectivo. Le solicitamos atentamente realizar su pago vía transferencia bancaria a la siguiente cuenta:

Titular: Mexikanische Botschaft
Banco: Commerzbank AG
Número de cuenta:
IBAN DE80 1004 0000 0266 0330 01
BIC. COBADEFFXXX


Nota:

En caso de que los interesados que después de los seis meses de haber enviado las copias de la documentación requerida para el registro de nacimiento no llamen por teléfono o escriban fechas optativas para el llevar a cabo el registro, estas serán destruidas.

 

Traslado de cadáveres

Para poder internar cadáveres o restos óseos en territorio mexicano es necesario disponer, entre otros, del permiso de tránsito de cadáveres y del certificado de embalsamamiento, estos dos documentos deben de ser visados por parte del Consulado.

 Requisitos:

Para la obtención del visado al permiso de tránsito de cadáveres y del visado al certificado de embalsamamiento, se requieren los siguientes documentos:

  1. Pasaporte mexicano vigente de la persona difunta.
  2. Permiso de tránsito de cadáver o Leichenpass, en formato internacional y apostillado.
  3. Certificado de embalsamamiento o “Bescheinigung über Einbalsamierung von Verstorbenen”, en formato internacional y apostillado.
  4. Acta de defunción extranjera en formato internacional y apostillada o acta mexicana de defunción (este último requisito es necesario para la obtención del permiso sanitario en el aeropuerto de entrada).

Copia de estos documentos, a excepción del acta de defunción mexicana que se podría presentar el día de la cita, deberá ser enviada a la dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Una vez se haya recibido copia de esta documentación, la documentación será evaluada. En caso de estar en orden y completa, se les contactará, para concertar una cita. Es recomendable, facilitar el número de teléfono y correo electrónico.

El día de la cita se deberán presentar todos los originales de los documentos enviados y una copia de cada original. En caso de no presentar todos los originales arriba mencionados, no se podrá visar los documentos, ya que carecería de valor legal.

Nota importante: El visado al permiso de tránsito de cadáveres y al certificado de embalsamamiento es gratuito.

Los familiares de la persona finada deberán contratar los servicios de una agencia funeraria para realizar los trámites arriba mencionados, con el apoyo y asesoría de esta Representación Consular.

 

Traslado de urnas (cenizas)

Para poder internar urnas en territorio mexicano es necesario disponer, entre otros, del permiso de tránsito de restos, este documento debe de ser visado por parte del Consulado.

Requisitos:

Para la obtención del visado al permiso de tránsito de restos, se requieren los siguientes documentos:

  1. Pasaporte mexicano vigente de la persona difunta.
  2. Permiso de tránsito de restos o “Leichenpass (Begleitpass für eine Urne)” en formato internacional y apostillado.
  3. Certificado o constancia de cremación o “Einäscherungsbescheinigung” apostillado.
  4. Acta de defunción extranjera en formato internacional y apostillada o acta mexicana de defunción.

Copia de estos documentos, a excepción del acta de defunción mexicana que se podría presentar el día de la cita, deberá ser enviada a la dirección de correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Una vez se haya recibido copia de esta documentación, será evaluada. En caso de estar en orden y completa, se les contactará, para concertar una cita. Es recomendable, facilitar el número de teléfono y correo electrónico.

El día de la cita se deberán presentar todos los originales de los documentos enviados y una copia de cada original. En caso de no presentar todos los originales arriba mencionados, no se podrá visar los documentos, ya que carecería de valor legal.

Notas importantes: El visado al permiso de tránsito de restos es gratuito.

Es importante que la documentación presentada sea acompañada de un Certificado de Inocuidad Sanitaria, emitido por la autoridad sanitaria alemana local (se trata de un documento que certifica que los restos no representan riesgo sanitario alguno). Esto es, porque al ingresar la urna a México, las autoridades aduaneras suelen requerir que el visado se acompañe de este documento.