Información General

Es posible tramitar actos notariales en la embajada de México para dar fe, autenticar y protocolizar contratos de mandato y poderes, testamentos públicos abiertos y actos de repudiación de herencias, siempre y cuando dichos actos estén destinados a surtir efectos en México.

Los documentos notariales expedidos por los cónsules o embajadores mexicanos, surten efectos inmediatos, sin necesidad de legalización, apostilla o protocolización alguna.

Poderes Notariales 

Los poderes notariales pueden ser Generales o Especiales:

Poder General: sirve para para una serie indefinida de actos jurídicos y no se agota con su uso, por lo tanto, el apoderado puede realizar múltiples gestiones en representación del poderdante hasta en tanto no sea revocado el poder o fallezca una de las partes.

El poder general puede ser de tres tipos:

  • Si el poder puede servir para representar en juicios y efectuar cobros, entonces se le denomina poder general para pleitos y cobranzas.
  • Si se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del mandante se le llama poder general para actos de administración.
  • Si el poder se otorga para que se compren, se hipotequen, se donen o se vendan bienes del otorgante, se llama poder general para actos de dominio.

Si el poder general otorgado comprende los tres tipos de actos, se le llama PODER GENERAL AMPLÍSIMO.

Un poder general amplísimo sin ninguna clase de limitaciones confiere facultades al apoderado sobre la totalidad del patrimonio del poderdante. Sin embargo, esto puede ocasionar que el mandatario se exceda en funciones, actuando más allá de su encargo en perjuicio de quien otorgó el poder.

En este sentido, se recomienda que el poder incluya alguna limitación en sus alcances en cuanto a las facultades conferidas: por ejemplo, un Poder General para actos de administración y de dominio, pero limitado a la compra/venta de una propiedad.

Poder Especial: lo otorga el poderdante para algo especifico, por ejemplo, un retiro bancario. Sin embargo, el apoderado puede realizar diversas gestiones que estén relacionadas directamente con el objeto del mandato, las cuales deberán estar enunciadas en cláusulas. Este mandato se extingue automáticamente con la conclusión de lo encomendado.

El poder especial, por su mismo carácter, no tiene ningún nombre previo y tiene como ventaja sobre el general, el que proporciona mayor seguridad al mandante, puesto que el mandatario no puede intervenir en otros asuntos que no sean los específicamente determinados.

Sin embargo, se debe procurar ser lo más específico posible, por ejemplo:

  • En cuanto a un negocio determinado.
  • En cuanto a ciertos bienes (específicamente aquellos que se refieren a vender o donar inmuebles).
  • Limitados en cuanto al tiempo.

  1. Solicitud de poder notarial.
  2. Identificación oficial de la persona que otorga el poder (poderdante) y de la persona que lo recibe (apoderado). Para ciudadanos mexicanos con doble nacionalidad, deberá identificarse como mexicanos. En caso de tener otros nombres, deberá enviar también las identificaciones oficiales con cada uno de ellos, a fin de que se incluyan en el texto del poder.
  3. En caso de que el poderdante se encuentre casado, acta de matrimonio.
  4. Borrador del poder que desea (opcional). Es posible usar un modelo genérico de poder, pero siempre recomendamos consultar con un abogado o notario para que éste se ajuste a lo que en realidad se necesita. Si ya se ha expedido en México un poder similar o sobre el mismo asunto, también es útil enviarlo.
  5. Si alguna de las personas que va a otorgar el poder no entiende el idioma español, será necesario que esté acompañada de un intérprete, quien tendrá que presentar identificación vigente (original y copia). 

  1. Enviar completa la solicitud y los documentos según corresponda (identificaciones, actas de matrimonio, poderes anteriores, etc.) para su revisión. No enviar archivos superiores a 10 MB o en formato zip. En caso de que los archivos rebasen los 10 MB, se sugiere utilizar servicios como Dropbox, GoogleDrive, One Drive, etc. y enviar el vínculo para descargar los archivos.
  2. Una vez que se ha verificado que la documentación está completa, se acordará una fecha para que pueda asistir a la Embajada de México para su firma. La presencia física del poderdante es un requisito indispensable. En caso de que tenga una fecha en la que se le facilite acudir a la embajada, indíquelo cuando envíe sus documentos a fin de verificar disponibilidad de citas; de lo contrario, se le asignará una cita en la fecha disponible más próxima.
  3. El día de la cita deberá presentar en original y dos fotocopias su identificación, acta de matrimonio y demás documentos relevantes enviados por correo electrónico (con la excepción de la identificación del apoderado). También deberá incluir la solicitud original de actos notariales. Si el poderdante se encuentra casado por el régimen de sociedad conyugal y el poder incluye actos de administración y/o dominio, será necesario que el cónyuge también se presente a la cita con una identificación oficial y dos fotocopias; de lo contrario, se incluirá una cláusula en el poder indicando que podrá requerirse autorización conyugal para su ejecución.
  4. El día de la cita poder se elaborará, será revisado por usted y se realizarán las modificaciones necesarias. Cuando se haya acordado el texto definitivo del poder, usted firmará la escritura. El poder notarial completo será entregado un día hábil después de la cita. En caso de no poder recogerlo, el día de la cita podrá entregar un sobre “Registered Post” grande con su dirección, a fin de que se le envíe por correo postal (bajo su responsabilidad).

Los costos se ajustan cada mes de acuerdo al tipo de cambio vigente. Para conocer las tarifas actuales, da click aquí.

Los pagos se realizan mediante transferencia bancaria electrónica el día de la cita. En caso de que no sea posible la transferencia electrónica, se aceptará pago en efectivo y cambio exacto, no se aceptan pagos con tarjetas.

El día de la cita, el proceso de revisión, autorización y firma del acto lleva un promedio de dos horas. El poder notarial completo está listo un día hábil después.

¿Cuál es la diferencia entre “persona física” y “persona moral”?
Las personas físicas son todos aquellos individuos que gozan de derechos y obligaciones. La persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil o una asociación civil.

¿Puedo otorgar el mismo poder a dos o más apoderados? / ¿Dos poderdantes o más pueden otorgar el mismo poder a un apoderado?
Sí. Los poderes notariales pueden tener múltiples poderdantes y/o apoderados. En caso de que haya más de un apoderado, en el poder notarial se puede indicar si los apoderados lo pueden ejercerlo de forma de forma conjunta o separada.

Para efectos del poder notarial, ¿qué pasa si cambié mi nombre en Australia, pero no en México?
Si usted no ha cambiado legalmente su nombre en México, su nombre en el país sigue siendo el mismo que el de su acta de nacimiento. Por ello, si usted ha cambiado su nombre en el extranjero, deberá acreditar plenamente todas las identidades que posea y que haya poseído mediante identificaciones oficiales con fotografía y otra documentación que permita confirmar que se trata de la misma persona. En el poder notarial se podrán incluir las identidades que usted haya tenido, siempre y cuando pueda comprobar que se trata de la misma persona.

¿Puedo tramitar el poder notarial a distancia?
No. Debido a que un poder notarial puede otorgar facultades amplísimas a un tercero, incluyendo la venta de propiedades o contratación de créditos, entre otras, el poderdante debe acreditar su identidad y otorgar su autorización y conformidad con el texto del acto notarial mediante su firma autógrafa.

Cuando fallece un familiar en México ¿es posible tramitar un poder notarial para ceder mi herencia a alguien más?
No. Usted puede tramitar un acto notarial en rechazo de la herencia; sin embargo, no se puede designar quién la recibiría en su lugar, debido a que al rechazarla se pierden los derechos que hubiera tenido sobre ella. A pesar de lo anterior, usted puede tramitar un poder notarial para que un tercero realice todos los trámites correspondientes en una sucesión testamentaria, incluyendo su aceptación y posterior traspaso/venta/cesión.

Si me casé en Australia ¿tiene que asistir mi cónyuge a la cita?
Para efectos legales, si el acta de matrimonio no especifica el régimen con el que se casaron se considerará como “sociedad conyugal”. Por lo tanto, en los poderes de actos de dominio deberá asistir su cónyuge para otorgar su consentimiento. De lo contrario, se incluirá en el poder una leyenda que indique que se podrá solicitar la autorización del cónyuge cuando se quiera ejercer el poder.

¿Qué tan específico debe ser el poder notarial?
Depende de su finalidad y uso. Los poderes notariales pueden ser tan generales o específicos como se desee. Sin embargo, cuando se trata de propiedades se sugiere incluir la mayor cantidad de información sobre la ubicación y medidas de la propiedad, de preferencia basada en documentos oficiales como escrituras. En el caso de los poderes especiales, se debe ser tan específico y claro como sea posible, pues el poder sólo servirá para lo que se mencione explícitamente en él.

¿Puedo hacer un poder notarial a distancia si no puedo desplazarme a Canberra?
Debido a la formalidad del poder notarial ante la embajada, la presencia del poderdante y la acreditación plena de su identidad son requisitos indispensables. En este sentido, no es posible hacer el trámite del poder a distancia o por medio de los Consulados Honorarios de México en Australia.

  • Sin embargo, en caso de que no pueda trasladarse a Canberra para tramitar el poder, es posible otorgarlo ante notario público australiano y tramitar en México la "protocolización" de dicho poder notarial. El proceso es el siguiente:
  • Otorgar el poder notarial requerido ante notario público australiano.
  • Apostillar con las autoridades australianas la firma del notario público en el poder (ver: https://www.smartraveller.gov.au/consular-services/notarial-services/documents.)
  • Enviar el poder a México y traducirlo con perito traductor autorizado por el gobierno estatal donde se vaya a utilizar el poder.
  • Con el poder apostillado y traducido, hacer el trámite de "protocolización" de poder extranjero con un notario público mexicano.

No obstante, no todos los notarios públicos en México realizan este trámite, por lo que, si le interesa esta opción, se recomienda ampliamente identificar primero a un notario público en México que esté dispuesto a hacer el trámite. Él mismo le podrá orientar sobre las características que deberá tener el poder extranjero.

 


 

Contacto

Sección Consular
Embajada de México en Australia

Dirección: 14 Perth Avenue, Yarralumla, ACT 2600
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Teléfono: +61 (02) 6273 3963