INFORMACIÓN DE INTERÉS GENERAL:

Las respuestas a las solicitudes de visa se otorgan en un plazo de 10 días hábiles. No existen entregas “exprés”.

La visa no garantiza la internación a territorio nacional. La internación a México está condicionada a la aprobación de la autoridad migratoria en el lugar destinado al tránsito internacional de personas.

En caso de que no acuda en el día y hora señalado en su cita, tendrá que gestionar una nueva cita a través del sistema Mi Consulado. Cada solicitante tendrá un margen de 15 minutos para presentarse a la cita.

Si la visa le ha sido negada bajo la ley de migración, significa que la decisión es definitiva para su solicitud en esta ocasión; sin embargo, esto NO es un rechazo permanente. Podrá solicitar una nueva cita para proporcionar nueva información, o si sus condiciones generales han cambiado significativamente. 

NO SE LE ATENDERÁ SI USTED TIENE UNA CITA PARA UN TRÁMITE QUE NO LE CORRESPONDE.

REQUISITOS:

  • Planilla de solicitud de visa llenada en todos sus campos de forma legible. La firma deberá ser igual a la del pasaporte (descargue aquí la planilla).
  • Pasaporte vigente en original y copia.
  • Fotografía reciente, tamaño pasaporte, fondo blanco, rostro visible, sin anteojos y a color.
  • Para nacionalidades distintas a la venezolana, original y copia de su cédula y/o visa vigente.
  • Original y copia de la visa o tarjeta de residente temporal, por ambos lados con quien acredite el vínculo familiar.
  • Acreditar alguno de los siguientes supuesto:

 

 a. Unidad Familiar:

 

1. Vínculo con mexicano:

 

  • Si el solicitante tiene hijo mexicano, acreditar: en original y copia acta de nacimiento del hijo mexicano.

 

  • Si el solicitante tiene padre o madre mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no tenga derecho a la nacionalidad mexicana y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acreditar: en original y copia acta de nacimiento del solicitante.

 

  • Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario de un mexicano, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
      • Original y copia del acta de nacimiento del solicitante; y
      • Original y copia del acta de matrimonio o documento de unión estable de hecho con el mexicano.
  • Si el solicitante es hermano de mexicano, acreditar: original y copia de acta de nacimiento del solicitante y de su hermano.

 

  • En cualquier caso, además de demostrar el vínculo se debe presentar: original y copia del documento probatorio de la nacionalidad mexicana, conforme al artículo 3 de la Ley de Nacionalidad.

2. Vínculo con extranjero titular de visa de residente permanente:

 

  • Si el solicitante tiene hijo extranjero titular de visa de residente permanente, acreditar: original y copia de acta de nacimiento del hijo.

 

  • Si el solicitante tiene padre o madre extranjera titular de visa de residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acreditar: original y copia del acta de nacimiento del solicitante.

 

  • Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina, concubinario o figura equivalente de un extranjero titular de visa de residente permanente, acreditar:

 

      • Original y copia del acta de nacimiento del solicitante; y
      • Original y copia del acta de matrimonio o documento de unión estable de hecho con el mexicano.
  • Si el solicitante es hermano de un extranjero titular de visa de residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acreditar: original y copia de nacimiento del solicitante y de su hermano.

 

  • Original y copia de la visa de residente permanente con quien se esté acreditando el vínculo.

 

  • Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país a través de:

 

  • Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a $27,878.00 pesos mexicanos durante los últimos doce meses, o

 

  • Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de $27,878.00 pesos mexicanos, durante los últimos seis meses.

 

** El solicitante debe acreditar el vínculo familiar y la solvencia económica. Estos requisitos NO son ajenos uno del otro.

 

3. Vínculo con extranjero que cuente con la condición de estancia de residente permanente (tarjeta de residente permanente):

 

- Si el solicitante tiene hijo extranjero con la condición de estancia de residente permanente, acreditar: original y copia de acta de nacimiento del hijo.

- Si el solicitante tiene padre o madre extranjero con la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acreditar: original y copia de acta de nacimiento del solicitante.

- Si el solicitante es hijo del cónyuge, concubina o concubinario o figura equivalente de un extranjero con la condición de estancia de residente permanente:

 

  • Original y copia del acta de nacimiento del solicitante; y

 

  • Original y copia del acta de matrimonio o documento de unión estable de hecho con la persona extranjera con la condición de estancia de residente permanente.

 

- Si el solicitante es hermano de un extranjero que cuenta con la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, acreditar: original y copia de acta de nacimiento del solicitante y su hermano.

 

** Además del vínculo deben presentar: original y copia de tarjeta de residente permanente válida y vigente y el familiar debe estar presente durante la entrevista consular.