DESCARGUE EL FORMULARIO DE SOLICITUD DE VISA 

Visa de Residente Temporal

Aplicable a personas extranjeras que pretendan internarse a México en la condición de estancia de residente temporal con el objeto de permanecer por un tiempo mayor a 180 días y no mayor que 4 años. 

Este tipo de visa le permite al extranjero trabajar en nuestro país, siempre y cuando salario que perciba sea pagado en el extranjero. 

En caso de contar con una oferta de empleo en México y recibir su salario en territorio nacional, la empresa o persona física deberá gestionar, de manera previa, directamente ante el Instituto Nacional de Migración la autorización para la expedición de visa del extranjero. 

Requisitos: 

  1. Formulario de solicitud de visa. 
  1. Pasaporte válido y vigente (original y fotocopia simple). No se aceptará una fotografía. 
  1. Fotografía con rostro visible, sin lentes, a color, tamaño pasaporte, fondo blanco y de frente. 
  1. Si usted NO es nacional uruguayo, debe comprobar legal estancia migratoria en Uruguay:
    • Cédula de identidad de Uruguay
    • Sello de legal ingreso estampado en su pasaporte por la Dirección Nacional de Migración (DNM); vigente sólo por 90 días a partir de su entrada al país.
    • Certificado de legal ingreso y estancia emitido por la DNM. 
  1. Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
    1. Solvencia económica (uno de los siguientes):
      1. Original comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual de 11,460 días en UMA, durante los últimos 12 meses;
      2. Documentos que demuestren que cuenta con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores a 680 días en UMA durante los últimos 6 meses.
    2. Investigación científica en aguas jurisdiccionales de México:
      1. Copia de la comunicación mediante la cual la representación diplomática en México de su país le notifique al solicitante que la SRE recibió las autorizaciones de las autoridades nacionales competentes. La comunicación deberá contener:
        1. Nombre completo de la persona solicitante y nacionalidad
        2. Denominación o razón social de la organización o la institución pública o privada que invita a la persona extranjera
        3. Información sobre la actividad que realizará o del proyecto
        4. Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad
    3. Invitación de una organización o de una institución pública o privada:
      1. Original de la carta responsiva de una organización o de una institución pública o privada que invite al solicitante a participar en alguna actividad no remunerada en territorio nacional. La carta deberá contener:
        • Nombre completo de la persona solicitante y nacionalidad
        • Denominación o razón social de la organización
        • Número de registro oficial
        • Objeto de la organización o institución privada o pública
        • Domicilio completo y datos de contacto de la organización o institución
        • Información sobre la actividad o el proyecto en el que participará
        • Duración estimada o fecha aproximada de terminación de la actividad
        • La manifestación de la responsabilidad solidaria para la manutención de la persona extranjera durante su estancia en México y de su retorno a su país de origen o de residencia
        • Copia de identificación oficial con firma y fotografía de quien suscribe la carta responsiva
      2. A efecto de acreditar que cuenta con recursos para cumplir la obligación solidaria, la institución presentará original de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 22,920 días en UMA, durante los últimos 12 meses.
        • Las instituciones públicas, así como las pertenecientes al Sistema Educativo Nacional, no requieren acreditar solvencia económica.
      3. Los documentos con los que la persona extranjera acredite que cuenta con la experiencia o conocimientos para desarrollar la actividad, en original.
      4. En caso de que la institución que invita no cubra los gastos de manutención (uno de los siguientes):
        1. Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con promedio mensual equivalente a 11,460 días en UMA, durante los últimos 12 meses
        2. Documentos que demuestren que el solicitante de visa cuenta con empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores a 450 días en UMA, durante los últimos 6 meses
    4. Unidad Familiar
      1. Vínculo con persona extranjera con visa de residencia temporal o de residente temporal estudiante:
        1. Documento que acredite parentesco:
          1. Si la persona solicitante es cónyuge o concubino, deberá presentar acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato por autoridad competente.
          2. Si la persona solicitante tiene hijo o hija extranjero en este supuesto, deberá presentar acta de nacimiento del hijo o hija.
          3. Si la persona solicitante tiene padre o madre extranjera en este supuesto, siempre y cuando sea menor de edad y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, deberá presentar su acta de nacimiento.
          4. Si la persona solicitante es hijo o hija del cónyuge o concubino extranjera en este supuesto, siempre y cuando sea menor de edad y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal: 
            •  Acta de nacimiento de la persona solicitante
            • Acta de matrimonio o documento que acredite concubinato
        2. Visa de residencia temporal o de estudiante en original o copia certificada 
        3. Acreditar solvencia económica para la manutención de cada uno de sus familiares durante su estancia en el país (con uno de los siguientes):
          1. Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 220 días en UMA, durante los últimos 12 meses.
          2. Documentos que demuestren empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 220 días en UMA, durante los últimos 6 meses.
      2. Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera titular de visa de residente permanente:
        1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato
        2. Visa de residente permanente, válida y vigente en original
        3. Acreditar solvencia económica para la manutención de su cónyuge o concubino con uno de los siguientes:
          1. Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a 220 días en UMA, durante los últimos 12 meses;
          2. Documentos que demuestren empleo o pensión con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de 220 días en UMA, durante los últimos 6 meses.
      3. Vínculo con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente temporal o de residente temporal estudiante:
        1. Documento que acredite parentesco:
          1. Si la persona solicitante es cónyuge o concubino de persona extranjera en este supuesto, deberá presentar acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato.
          2. Si la persona solicitante tiene hijo o hija extranjero en este supuesto, deberá presentar acta de nacimiento del hijo o hija.
          3. Si la persona solicitante tiene padre o madre extranjero en este supuesto, siempre y cuando sea menor de edad y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal, deberá presentar su acta de nacimiento.
          4. Si la persona solicitante es hijo o hija del cónyuge o concubino de persona extranjera en este supuesto, siempre y cuando sea menor de edad y no haya contraído matrimonio o se encuentre en estado de interdicción y esté bajo su representación legal:
            • Acta de nacimiento de la persona solicitante.
            • Acta de matrimonio o documento que acredite concubinato
        2. Tarjeta de residente temporal o de residente temporal estudiante, válida y vigente en original o copia certificada.
        3. En el caso de que la persona solicitante tenga vínculo con extranjero que cuente con la condición de estancia de residente temporal estudiante, deberá presentar una constancia emitida por la institución educativa en la que conste que el extranjero con la condición de estancia de residente temporal estudiante continúa con sus estudios.
      4. Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona extranjera que cuente con la condición de estancia de residente permanente:
        1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato
        2. Tarjeta de residente permanente, válida y vigente, en original
      5. Matrimonio, concubinato o figura equivalente con persona de nacionalidad mexicana:
        1. Acta de matrimonio o documento que acredite el concubinato
        2. Documento probatorio de la nacionalidad mexicana en original
    5. Bienes inmuebles en territorio nacional:
      1. Original de escritura pública otorgada ante Fedatario Público que acredite que la persona extranjera es titular de bienes inmuebles, con un valor que exceda de 91,710 días en UMA.
    6. Inversionista:
      1. Escritura o póliza de la persona moral mexicana otorgada ante Fedatario Público, o documento debidamente certificado, en el que conste que la persona extranjera participa en el capital social de dicha persona moral mexicana, y que el monto de la inversión de la persona extranjera en la persona moral mexicana exceda de 45,850 días en UMA, lo cual podrá acreditarse mediante:
        • Contrato de compraventa de acciones o partes sociales
        • Contrato de transmisión de bienes o derechos en favor de la persona moral mexicana
        • Documento expedido por esta última que acredite el monto aportado por concepto de la participación en el capital social, en original.
      2. Documento que acredite la propiedad de bienes muebles en favor de la persona moral extranjera, utilizados para fines económicos o empresariales, con un valor que exceda de 45,850 en UMA, en original; o
      3. Documentación que acredite el desarrollo de las actividades económicas o empresariales en territorio nacional, lo cual podrá acreditarse, enunciativa mas no limitativamente, con:
        • Contratos
        • Órdenes de servicio
        • Facturas
        • Recibos
        • Planes de negocio
        • Licencias o permisos
        • Constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguridad Social (IMSS) que acredite que la persona moral extranjera es empleadora de al menos tres trabajadores, en original

Información importante para el usuario

  1. La visa podrá ser utilizada exclusivamente durante el periodo de vigencia, que inicia con la fecha de su expedición y por una sola entrada.
  2. La persona extranjera deberá tramitar dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio nacional, la tarjeta de residencia que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional.
  3. Para consultas, favor de escribir al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
    • El correo se monitorea diariamente. En función del volumen de consultas recibidas, la respuesta puede tomar hasta 2 días hábiles.